La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

LA NUEVA LEY N° DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

Presentaciones similares


Presentación del tema: "LA NUEVA LEY N° DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO"— Transcripción de la presentación:

1 LA NUEVA LEY N° 26850 DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
- DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - SENCICO LA NUEVA LEY N° DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - TEXTO ÚNICO ORDENADO - Y SU REGLAMENTO APROBADO POR D.S. N° 083 y PCM

2 Registro Nacional de Proveedores

3 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO IMPORTANCIA DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES: (RNP) Constituye un elemento de apoyo para las entidades públicas en la toma de decisiones de adquisiciones y contrataciones. Facilitará la identificación y validación de los proveedores. Simplificará la presentación de documentos por parte de los proveedores IMPEDIDOS DE ACCEDER AL RNP Proveedores con sanción vigente Personas jurídicas cuyos socios o titulares formen o hayan formado parte de personas jurídicas sancionadas administrativamente, siempre que su participación sea superior al 5% del capital social y la sanción este vigente. Personas naturales que hayan sido o sean socios o titulares de personas jurídicas sancionadas.

4 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO CERTIFICADO DE INSCRIPCION Evaluado y Aprobado, CONSUCODE emite un Certificado de Inscripción con un plazo de vigencia de un (01) año. En el Primer año de operaciones del RNP la inscripción será de aprobación automática Vigencia provisional de dos años para los ejecutores y consultores inscritos Validación del Certificado de Inscripción a través de la página Web de CONSUCODE CONSTANCIA DE NO ENCONTRASE INHABILITADO Obligatoria para la suscripción del contrato Excepción: Adjudicaciones de menor cuantía Vigencia: 30 días calendario Validación a través de la página Web de CONSUCODE

5 Requisitos Generales para la inscripción
BIENES SERVICIOS EJECUTORES CONSULTORES LEGALMENTE CAPACITADAS PARA CONTRATAR CAPACIDAD TECNICA EJECUTORES

6 Requisitos Generales para la inscripción
SOLVENCIA ECONOMICA BIENES EJECUTORES CONSULTORES BIENES SERVICIOS EJECUTORES CONSULTORES ORGANIZACIÓN SUFICIENTE

7 Certificado de Inscripción
Evaluado y Aprobado Emite un Certificado de Inscripción Un año de vigencia En el primer año de operaciones del RNP la inscripción será de aprobación automática. Vigencia provisional de dos años para los ejecutores y consultores inscritos. Validación del Certificado de Inscripción a través de la página web de CONSUCODE.

8 Flujograma del Procedimiento Registral
SOLICITUD 7 DÍAS HÁBILES APROBADA OBSERVADA 30 DÍAS CALEND. SUBSANA APROBADA NO SUBSANA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN NO APROBADA 15 DÍAS HÁBILES RECURSO DE APELACIÓN

9 Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado

10 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO SISTEMA ELECTRONICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL ESTADO DEFINICION: (Art. 66° Ley) El Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las adquisiciones y contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. FUNCIONALIDAD A los proveedores Informarse de los procesos de selección convocados por las entidades Participar electrónicamente en los procesos de selección. (implementación) A las Entidades del Estado Registrar información sobre el Plan Anual, Procesos de Selección y sus Contratos Recibir con toda seguridad documentos enviados por los postores en forma electrónica (en etapa de implementación en CONSUCODE)

11 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO FUNCIONALIDAD A las Entidades de Control y Supervisión Realizar control y seguimiento oportuno de los procesos de selección A la Ciudadanía en General Tener acceso a la información relacionada con la contratación pública VALIDEZ DE ACTOS (Art. 69° Ley) Los actos realizados por medio del SEACE que cumplan con las disposiciones jurídicas vigentes poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos realizados por medios manuales pudiéndolos sustituir para todos los efectos legales OBLIGATORIEDAD - Las Entidades Estatales están obligadas a utilizar el SEACE (Art. 67° Ley) La Entidad obligatoriamente publicará el aviso de convocatoria y las bases del proceso de Selección en el SEACE (Art. 308 Reglamento) El Comité Especial no puede continuar con el proceso si no ha cumplido con publicar las bases integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar (Art. 118° Reglamento)

12 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO OBLIGATORIEDAD (Excepción) (Segunda Disposición Transitoria del Reglamento) En el caso de las Entidades que no tengan acceso a Internet: - La convocatoria de LP, CP y ADP se realizarán mediante publicación de aviso en un diario de circulación nacional o local. Las ADS y AMC se convocarán mediante invitación Las notificaciones se efectuarán mediante comunicación escrita, salvo el otorgamiento de la Buena Pro, realizado en acto público. REGLAS DE PARTICIPACION (Art. 310 Reglamento) Las Entidades deben indicar en el aviso de Convocatoria y las Bases: Forma, medio y lugar de cancelación de los derechos de participación Señalar si aceptará participación de proveedores a través del SEACE (presentación de consultas, observaciones y propuestas). COEXISTENCIA Aunque los proveedores dispongan de acceso al SEACE para dar seguimiento y obtener información de los procesos de selección en que participen, siempre podrán tomar la opción de acudir a participar físicamente a los distintos actos públicos que se lleven a cabo relacionados con el proceso de selección

13 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO REGIMEN DE NOTIFICACIONES (Art. 87° Reglamento) - Todos los Actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE A solicitud del participante, se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrase como participante. Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico. INFORMACION QUE SE REGISTRA EN EL SEACE Plan Anual Prepublicación de las Bases Convocatorias Formulación y absolución de consultas a las Bases Formulación y absolución de observaciones a las Bases Pronunciamientos del CONSUCODE a las observaciones Bases integradas Actas de Propuestas Técnicas presentadas Otorgamiento de la Buena Pro Consentimiento de la Buena Pro Resumen de Contratos Resoluciones o acuerdos de aprueban las exoneraciones Prórrogas o Postergaciones Declaración de Desierto Cancelación del Proceso de Selección Resultados de Convenios Marco Resoluciones del Tribunal

14 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO CONCLUSIONES Portal Web con toda la información sobre la contratación pública Cada Entidad decide si acepta participación electrónica (lo indica en convocatoria) Cada Proveedor decide si participa vía Web o se apersona físicamente. Las Entidades están obligadas a REGISTRAR LA INFORMACION de TODOS LOS PROCESOS DE SELECCIÓN MAYORES A 1 UIT Se reemplaza la Publicación en Diario por la publicación en el SEACE. Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE INFORMACION ADICIONAL Manuales de Usuario y Normativa en:

15 Tipos de usuario en el SEACE
Perfil Ámbito Funcionalidades Funcionario público Entidad Registro de Información Recepción de documentos electrónicos Proveedor Todo el Estado Consulta información de los Procesos (*) Participación en Procesos Contraloría General de la República Consulta de información Órganos de Control Institucional CONSUCODE Monitoreo de Información Administración del Sistema Ciudadanía en general Consulta de información (*) (*) Acceso libre y gratuito

16 Participación de la Entidad Pública
Programación y Actos Preparatorios Selección Ejecución Contractual Plan Anual Convocatoria. Pliego de absolución de consultas Pliego de absolución observaciones Bases Integradas Presentación de propuestas Cuadro comparativo Buena Pro Consentimiento Contrato

17 Participación del Proveedor
Programación y Actos Preparatorios Selección Ejecución Contractual Consulta del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de las entidades Consulta de Procesos de selección y los documentos asociados Participación en los procesos de selección que acepten participación electrónica Consulta de la información de los contratos registrados.

18 Participación Electrónica
ENTIDAD SEACE PROVEEDOR Registro de Convocatoria 1 Revisa, descarga las bases y acepta participación electrónica 2 Envío de consultas 3 Registro de Absolución de consultas 4 Revisa de Absolución de consultas 5 Envío de observaciones 6 Registro de Absolución de Observ. 7 Revisa Absolución de obs. 8 Registro de Bases integradas 9 Revisa bases integradas 10 Envío de Propuesta Electrónica 11 Registro de propuestas presenciales 12 Apertura de propuestas técnicas (PT) electrónicas 13 Acta de propuestas presentadas 14 Registro de P.T. aprobadas 15 Apertura de propuestas económicas electrónicas 16 Consulta de resultados del proceso 18 Registro del Acta del Resultado del Proceso y Cuadro Comparativo 17 Registro de Buena Pro consentida 19

19 Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones

20 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO PLAN ANUAL DE ADQUISICONES Y CONTRATACIONES MARCO LEGAL Normativa Presupuestaria Normativa de Adquisiciones y Contrataciones Pública Otras normas FASES DE LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES Programación Selección Ejecución Contractual PLANIFICACION DE NECESIDADES Plan Estratégico Institucional Plan Operativo Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Plan nual de Adquisiciones y Contrataciones

21 Planificación de Necesidades
PESEM PDRC PDLC Plan Estratégico Institucional

22 Planificación de Necesidades
Plan Estratégico Institucional Plan Operativo Presupuesto Institucional de Apertura Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones

23 Diferencias P I A PAAC 3, 5 y 7 INGRESOS GASTOS 1. REMUNERACIONES
2. OBLIGACIONES PREVISIONALES 3. BIENES Y SERVICIOS 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 5. INVERSIONES 6. INVERSIONES FINANCIERAS 7. OTROS GASTOS DE CAPITAL 8. INTERESES Y CARGA DE LA DEUDA 9. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PAAC 3, 5 y 7

24 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO MODIFICACION DEL PAAC Reprogramación de la asignación presupuestal o de metas institucionales - Incluir o Excluir procesos - Valor Estimado varíe en +/- 25% y cambie tipo de proceso. Aprobación formal Comunicación: - CONSUCODE: SEACE - Local y Web de la Entidad REMISION DE LA INFORMACION AL CONSUCODE Vía Web: SEACE Por Excepción: Medios magnéticos. Sólo Entidades autorizadas por CONSUCODE PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE LA INFORMACION A SEACE Solicitar designación de USUARIO Descargar formato del portal de CONSUCODE Publicar PAAC en SEACE

25 Elaboración y Difusión del Plan Anual
Segundo Momento (30 Días naturales después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual APROBACION Consolidación en cuadro de necesidades Difundir Dentro de los 5 días hábiles de aprobado SEACE Primer Momento LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos

26 Errores Frecuentes (1) Publicación del instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo. No publicó instrumento aprobatorio en SEACE. Aprobación en “vías de regularización”. No informó modificación a CONSUCODE. No publica en la Web de la Entidad. Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.

27 Errores Frecuentes (2) No incluye procesos de otros regímenes.
No precisa si se trata de procesos años anteriores. Se incurre en fraccionamiento. No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección. El funcionario designado como usuario no cumple con su responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.

28 Expediente del Proceso (Actos Preparatorios)

29 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO EXPEDIENTE DEL PROCESO (Actos Preparatorios) DEFINICION Constituye una etapa de actuaciones de la fase de planificación y programación, previa al desarrollo del proceso de selección, que se inicia con la decisión de adquiriri o contratar FINALIDAD Contar con la base técnica, económica y selectiva que le permita a la Entidad obtener una oferta idónea, con la calidad requerida o mejorada y a un costo o precio adecuado. CONTENIDO Inicio del expediente de contratación (Área Usuaria) Aprobación del mismo (Autoridad competente) Elaboración de Bases (Comité Especial o Dependencia Encargada)

30 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO EXPEDIENTE DE CONTRATACION CONCEPTO Documento que contiene todas las actuaciones referidas a la adquisición o contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. CONTENIDO EN SU PRIMERA FASE Características técnicas y cantidad Valor referencial Disponibilidad presupuestal FORMACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Requerimiento del área usuaria Definición de las Características Técnicas y Valor Referencial a través de: - Estudio de Mercado: Licitaciones y Concursos Públicos - Indagaciones: Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía

31 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO ESTUDIO DE MERCADO Investigación y análisis previo de las condiciones del mercado, mediante la obtención de documentos técnicos, publicaciones, investigaciones de campo, etc. Que permiten identificar y/o mejorar las características de lo requerido, conocer el mercado proveedor a través del volumen y monto ofertado. INDAGACIONES Averiguaciones previas realizadas mediante cotizaciones, compras recientes y similares al objeto del proceso, información solicitada a otras Entidades, etc. CARACTERISTICAS TECNICAS Definición: Descripción precisa de las características fundamentales de los bienes, servicios u obras objeto del proceso de selección. Devienes en las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia No constituyen factores de evaluación A tener en cuenta en su elaboración Congruentes, proporcionales y razonables en función al mercado. Responder a la función y operatividad requerida por el área usuaria Cumplir con las normas nacionales aprobadas por las autoridades competentes NO hacer referencia a marcas, diseños, etc., salvo procesos de estandarización.

32 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO VALOR REFERENCIAL Determinado sobre los precios de mercado Incluye los tributos, seguros, transporte y otros que incidan en valor total. Define el tipo de proceso de selección Antigüedad no mayor a dos meses de la convocatoria En obras, consta en el Expediente Técnico Cada item tiene su propio valor referencial TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN – PROHIBICIONES Según art. 14° de la Ley y art. 77° del Reglamento. Prohibición de fraccionamiento No se debe dividir una adquisición o contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección Ejemplos: LP = ADP + ADP ADP = ADS + AMC ADS = AMC + AMC + AMC

33 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO NO SE CONSIDERA FRACCIONAMIENTO Procesos por tramos, lotes, paquetes o etapas por razones de presupuesto o financiamiento. Mismo proveedor con objeto contractual distinto o bajo distintas circunstancias Propiciar participación de MYPES en sectores competitivos declarados por D.S. OTROS ELEMENTOS DEL EXPDIENTE: SISTEMA Y MODALIDAD DE CONTRATACION: SISTEMA: Suma Alzada monto fijo integral Precios Unitarios monto según lo ejecutado OTROS ELEMENTOS DEL EXPEDIENTE MODALIDADES: Modalidades de Selección: - Subasta Inversa - Convenio Marco de Precios Modalidades de ejecución contractual - Por su financiamiento - Por el alcance del Contrato

34 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO ADEMAS DEBE CONTENER Disponibilidad Presupuestal En Obras: - Declaración de viabilidad - Expediente Técnico - Disponibilidad de terreno. APROBACION DEL EXPEDIENTE Cada Entidad determina procedimientos y plazos para su elaboración y aprobación. Será aprobado por el funcionario competente de acuerdo a sus normas de organización interna. Una vez aprobado, es entregado al Comité Especial para la elaboración de las bases. CONCLUSIONES: El expediente de contratación aprobado es requisito para convocar a proceso de selección, bajo sanción de nulidad Los estudios de mercado o indagaciones fundamentan las características del requerimiento y su valor referencial La falta de estudio de mercado / indagaciones puede sobrevenir en observaciones y posterior causal de nulidad.

35 Comité Especial

36 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO COMITÉ ESPECIAL DEFINICION Y AMBITO Órgano colegiado encargado de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, desde la elaboración de Bases hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme PRINCIPIOS DE ACTUACION DEL COMITÉ ESPECIAL Colegialidad Especialidad Solidaridad Autonomía Confidencialidad DESIGNACION Y FORMALIZACION El Titular o la Máxima Autoridad lo designará (facultad delegable) Características: - En función a las personas - Puede ser para mas de un proceso - Por escrito La Entidad entregará al Comité Especial el expediente de la contratación con la información técnica y económica

37 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO IMPEDIMIENTOS Titular o la Máxima Autoridad Funcionarios: Control y fiscalización Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases, Comité Especial y apelaciones Funcionarios, servidores o expertos independientes sancionados. CONFORME AL ALCANCE DEL ENCARGO, EL COMITÉ ESPECIAL PUEDE SER: COMITÉ ESPECIAL: Para cada proceso de selección, se da cualquier tipo de proceso, salvo menor cuantía (opcional) COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE: Para varios procesos de selección; solo esta permitido en las Adjudicaciones Directas y las de Menor Cuantía. ¿CUANDO NO ES NECESARIO CONFORMAR COMITÉ ESPECIAL? En los procesos de menor cuantía (opcional) En las contrataciones exoneradas En las Compras Corporativas CONFORMACION DEL COMITÉ ESPECIAL I: PARA PROCESOS DE SELECCIÓN EN GENERAL Deberá estar conformado por 3 ó 5 miembros Condiciones mínimas - Un integrante deberá pertenecer a la dependencia encargada de las contrataciones - Un integrante del área usuaria NOTA: Un de los miembros deberá tener conocimiento técnico sobre el objeto de la convocatoria.

38 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO CONFORMACION DEL COMITÉ ESPECIAL II: PARA MODALIDADES ESPECIALES DE SELECCIÓN: Subasta Inversa: Integrada por 02 miembros; uno dirigirá la subasta y el otro asumirá las funciones de secretario Convenio Marco de Precios: Integrada por 03 o 05 miembros, donde 01 como mínimo, deberá ser representante de la sociedad civil. Compras Corporativas: facultativas: según el acuerdo de las partes, puede se de 03 a 05 miembros. FUNCIONES DEL COMITÉ ESPECIAL Elabora las Bases Convoca al proceso Absuelve consultas y observaciones Evalúa propuestas Otorga la Buena Pro Declara Desierto Consulta o propone las modificaciones de características técnicas o del valor referencial Otros actos necesarios.

39 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO COMITÉ ESPECIAL: NO ES COMPETENTE PARA MODIFICAR: Cantidad, plano o dimensión de bien, servicio u obra Características y especificaciones Valor referencial Financiamiento Tipo de proceso. QUE PUEDE MODIFICAR EL COMITÉ ESPECIAL Factores de Evaluación (Sólo por consultas y observaciones) Condiciones de las Bases que no constituyan requerimientos mínimos Puede realizar acciones de fiscalización, sin paralizar el proceso de selección. PARTICIPACION SUPLENTES: Sustituye al titular en caso de su ausencia. SI el titular ha sido reemplazado, éste, ya no podrá reincorporase. EXPERTO INDEPENDIENTE: Personas jurídicas o naturales, especialistas en el objeto de la convocatoria que integran o asesoran al Comité Especial no necesitan estar inscritos en el RNP y se contratan vía menor cuantía.

40 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO QUORUM PARA SESIONAR Y PARA ADOPTAR LOS ACUERDOS Para procesos en general: Para sesionar: Todos Para adoptar Acuerdos Unanimidad Mayoría Nota: Los actos deberán figurar en actas suscritas con las votaciones y la fundamentación de los votos en contra. SUSTITUCION DE LOS INTEGRANTES No pueden ser removidos, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio debidamente declarado CESE DE FUNCIONES Buena Pro consentida Cancelación del proceso No se puede renunciar al cargo de miembro del Comité Especial.

41 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO RECOMENDACIONES FINALES Las dependencias o áreas de la Entidad están obligadas a colaborar y apoyar en el ejercicio de sus funciones Los integrantes del Comité Especial deben tener conocimiento sobre la Normativa de Contrataciones Que el Comité Especial actúe con total independencia y transparencia.

42 Nuevos Mecanismos de Selección

43 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO NUEVOS MECANISMOS DE SELECCIÓN COMPRAS CORPORATIVAS DEFINICION: Es una modalidad de selección a través de la cual dos o más entidades eligen conjuntamente al proveedor de los bienes, servicios que requieren, con la finalidad de aprovechar los beneficios de la economía de escala. Para tal efecto, se utiliza la figura de Selección por Encargo. CLASIFICACION Las Compras Corporativas son: Obligatorias, o Facultativas COMPRAS CORPORATIVAS OBLIGATORIAS D.S./PCM Listado de bienes y servicios Listado de entidades participantes Unidad de Compras del Gobierno Nacional Entidades que determinan, en última instancia, las especificaciones técnicas.

44 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO UNIDAD DE COMPRAS DEL GOBIERNO NACIONAL Es el órgano designado por la PCM para cumplir las funciones inherentes al Comité Especial, incluida la consolidación de los requerimientos. Se realiza la selección por encargo obligatorio. COMPRAS CORPORATIVAS FACULTATIVAS Convenio Marco entre entidades, encargante(s) y encargada - Objeto y alcances - Obligaciones y responsabilidades - Permite adhesión de otras entidades antes de la convocatoria Selección se realiza por encargo.

45 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO SUBASTA INVERSA DEFINICION: Es la modalidad de selección a través de la cual se elige al proveedor de bienes comunes únicamente en consideración a los precios ofrecidos mas no a las características técnicas del bien requerido, dado que éstas se encuentran predeterminadas. BIENES TRANSABLES: Son bienes comunes aquellos cuyos patrones de desempeño y calidad han sido objetivamente definidos por medio de especificaciones contenidas en las fichas técnicas aprobadas por CONSUCODE, determinando que sean incluidas en el listado correspondiente y les sea asignado el código respectivo. COMITÉ ESPECIAL: Dos miembros Subastador Secretario BASES: Condiciones mínimas: Plazos, forma y lugar para la entrega Proforma del Contrato Otras que establezca la Directiva.

46 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO CLASES DE SUBASTA INVERSA Presencial Electrónica o Virtual ETAPAS Convocatoria Inscripción de participantes Presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. CONVOCATORIA A través del SEACE, sea cual fuere el monto del valor referencial Descripción y código del bien requerido Calendario y lugar de realización de las etapas. INSCRIPCION DE PARTICIPANTES: Requisitos para ser postor: - Inscrito en el RNP - No estar inhabilitado para contratar con el Estado - Pagar derecho de participación.

47 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO PRESENTACION DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE BUENA PRO En un solo acto público Se presume cumplimiento de especificaciones contenidas en la ficha Propuestas de precios en sobres cerrados. Propuestas no deben superar en más de 10% el Valor Referencial. No se aplican márgenes mínimos del Art. 33° de la Ley.

48 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO CONVENIO MARCO DE PRECIOS DEFINICION: El CMP es el instrumento que permite contratar directamente los bienes o servicios que requieran las Entidades adheridas al mismo, sobre la base del registro de precios correspondiente publicado en el SEACE. CARACTERISTICAS Obliga a las Entidades que suscriben el acta de adhesión a contratar con el proveedor elegido, salvo que, cuando lo requieran, el mercado les ofrezca condiciones más ventajosas. Es obligatorio para el proveedor elegido respecto de las entidades que participaron en el convenio marco. Su plazo de vigencia no será mayor a un año. El proveedor es elegido a través de un proceso de selección ordinario o por subasta inversa. Permite que otras entidades se adhieran después de suscrito el CMP. El Comité Especial debe tener un representante de la sociedad civil como miembro (no veedor)

49 - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -
SENCICO VENTAJAS: Acceso a mejores precios y condiciones Plazos de entrega más convenientes Posibilidad de emitir O/C u O/S en forma directa Eliminación de etapas en la cadena de abastecimiento. SUPUESTOS DE APLICACION Contrataciones frecuentes Suministro periódico de bienes Conveniente para atender a más de una Entidad Naturaleza del objeto no permite definir o cuantificar la demanda del Estado.

50 Exoneraciones

51 Exoneraciones Concepto. No es supuesto de inaplicación.
Excepcionalidad: Mecanismo extraordinario y no programable. Nueva normativa: restricciones, control y responsabilidad. Exoneraciones

52 Supuestos de Exoneración

53 1. Entre Entidades del Sector Público (Art
1.Entre Entidades del Sector Público (Art. 19° literal a) del TUO y Art. 139° del Reg.) INFORME TECNICO LEGAL Ventaja en comparación con precios de mercado. Costos de oportunidad Idoneidad y viabilidad técnica

54 1.Entre Entidades del Sector Público
Limitaciones: Condiciones del contratista No empresa del Estado No habitualidad No subcontratación, ni cesión de derechos o de posición contractual.

55 2. Servicios Públicos Sujetos a Tarifas Unicas Art
2. Servicios Públicos Sujetos a Tarifas Unicas Art. 19° literal b) del TUO y Art. 140° del Reg. Tarifas Únicas establecidas por Organismo Regulador Energía Telecomunicaciones Saneamiento Otros de naturaleza análoga Tarifas no puedan ser acordadas entre partes La presentación de servicios públicos de energía eléctrica, agua y desagüe, y otros de naturaleza análoga, se encuentran exonerados del proceso de selección que corresponda , siempre que se trate de TARIFAS ÚNICAS establecidas por el organismo regulador competente y que no sean suceptibles de pacto o acuerdo entre la Entidad Contratante y la Empresa Prestadora de los mismos. Ejemplos:

56 3. Situación de Desabastecimiento Inminente Art
3. Situación de Desabastecimiento Inminente Art. 19° literal c) y 21° del TUO Art. 141° del Reg. Configuración Ausencia extraordinaria e imprevisible: actual y urgente Compromete servicios esenciales u operaciones productivas: no cubre necesidades complementarias y administrativas

57 3. Situación de Desabastecimiento Inminente
Limitaciones: Medida temporal para atender requerimientos inmediatos Por el tiempo o cantidad necesarios para paliar la urgencia. Si se agota el requerimiento, debe sustentarse en los informes.

58 3. Situación de Desabastecimiento Inminente
No procede: En vía de regularización (Regla Gral). Para periodos consecutivos. Para cubrir necesidades anteriores. Mecanismos de control: Disponer el inicio del proced. de determinac. de responsabilidad, bajo sanción de nulidad. Intervención de oficio de Contraloría.

59 4. Situación de Emergencia Art. 19° literal c) y 22° del TUO Art
4. Situación de Emergencia Art. 19° literal c) y 22° del TUO Art.142° del Reg. Casos: Catástrofes Situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la Defensa Nacional Finalidad: Acciones necesarias para prevenir o atender desastres Aquellas necesidades sobrevinientes derivadas de la emergencia Mecanismo de control: Plazo de 10 días posteriores al evento para regularizar. Nota: Supuesto distinto al Estado de Emergencia (Const.) No es necesario comunicar al CM para emisión de DS.

60 5. Secreto, Secreto Militar u Orden Interno (Art
5. Secreto, Secreto Militar u Orden Interno (Art. 19° literal d) del TUO, Art. 143° del Reg. y D.S PCM) Adquisiciones o contrataciones de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Sist. Intelg. Nacional sobre: Opinión favorable de la Contraloría: se limita a comprobar que el objeto este incluido en lista. 15 días hábiles Participación de tres proveedores D.S PCM y D.S PCM No procede para adquirir bienes,servicios u obras de carácter administrativo y operativo. Obras de carácter administrativo: Son aquellas necesarias para el normal funcionamiento de las unidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no comprometen la seguridad nacional ni el orden interno.

61 Caso proveedor único en el mercado nacional. Sólo bienes y servicios.
6. Bienes o servicios que no admiten sustitutos (Artículo 19° literal e) del TUO y 144° del Reglamento) Caso proveedor único en el mercado nacional. Sólo bienes y servicios. La necesidad no pueda ser satisfecha con otros productos análogos.

62 Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o jurídicas
7. Servicios Personalísimos (Art. 19° literal f) del TUO y Art. 145° del Reg.) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o jurídicas Requisito: Necesidad fundamentada en la especialización para la prestación del servicio; Elementos de análisis: Destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados. Notoria especialización del proveedor; Apreciación objetiva que haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores. NOTA: No es supuesto de personalísimos la contratación del universo de proveedores. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

63 Procedimiento General de la Declaratoria de Exoneración
PUBLICACIÓN Excepto Militares RESOLUCIÓN TITULAR PLIEGO ACUERDO DIRECTORIO (Empresas) ACUERDO DE CONCEJO (Gobiernos Regionales y Locales) Facultad Indelegable (art. 20° de la Ley) 10 dias INFORME TECNICO y LEGAL (uno o más) SEACE 10 dias CONSUCODE Y CONTRALORÍA - Informe - Resolución

64 Procedimiento de Contratación o Adquisición Exonerada
Procedimiento Especial de Contratación Directa: No es una AMC A cargo de la DECA u órgano designado Acciones inmediatas: Una invitación dirigida a un proveedor Propuesta que se ajusta a las Bases Bajo cualquier medio de comunicación Exoneración del proceso, no de la programación y ejecución del contrato resultante.

65 Consideraciones Finales
El instrumento de aprobación debe contener la información a que se refiere el numeral 6 de la Directiva Nº CONSUCODE/PRE. El instrumento de aprobación debe identificar al contratista en los supuestos de personalísimos, contratos entre entidades y proveedor único. No es lícito programar en función de “eventuales supuestos de desabastecimiento inminente”.

66 Consideraciones Finales
Las declaratorias de exoneración se comunican al CONSUCODE, por escrito y a través del SEACE. Es requisito de validez de la contratación exonerada la inclusión del proceso correspondiente en el PAAC de la Entidad. Salvo el supuesto de situación de emergencia, no procede la regularización del procedimiento de declaración de exoneración de proc. de selección.

67 Procesos de Selección

68 Fases de la Contratación Estatal
Programación y Planificación Selección Ejecución Contractual Plan Operativo Determinación de necesidades Presupuesto Institucional Plan Anual de Contrataciones Expediente de contratación Designación del Comité Especial Elaboración de las Bases. Convocatoria. Registro de participantes Presentación de consultas Formulación de observaciones Presentación de propuestas Evaluación y calificación de propuestas Adjudicación de la Buena Pro Perfeccionamiento del contrato Ejecución de prestaciones Declaración de conformidad Liquidación

69 Tipos de Procesos de Selección
Se determinan sobre la base de las siguientes condiciones: a) Objeto b) Valor referencial Ejecución de obras: - Licitación Pública Nacional Internacional - Concurso Público TIPOS - Adjudicación Directa Pública - Adjudicación Directa Selectiva - Adjudicación de Menor Cuantía

70 Año Fiscal 2005 y en Nuevos Soles
TOPES (*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES Año Fiscal 2005 y en Nuevos Soles Año Fiscal 2005 y en Nuevos Soles Año Fiscal 2005 y en Nuevos Soles (*) Artículo 11º de la Ley N° 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005 (**) Decreto Supremo Nº EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el y artículo 2º numeral 2.3 g) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº PCM.

71 Procesos de Selección según Relación de Items
Se podrá convocar en un solo proceso la adquisición o contratación de bienes, servicios y obras vinculados entre sí. Cada uno de los ítems constituye un proceso menor dentro del principal.

72 Procesos de Selección por encargo
Por razones económicas o de especialidad una entidad podrá encargar a otra la realización del proceso de selección que aquella requiera. Compras Corporativas Una forma de proceso de selección por encargo son las compras corporativas.

73 Modalidades Especiales de Selección
Subasta Inversa Se adquiere bienes comunes a través de una oferta pública, resultando ganador el que ofrezca menor precio. Convenio Marco de Precios Una o más entidades, de manera individual, conjunta o encargándola a una entidad en particular, podrán desarrollar procesos públicos para constituir un CMP de un bien o servicio determinado. Consucode administra el CMP.

74 Programación de Actos Preparatorios Ejecución del Contrato
Selección por encargo Programación de Actos Preparatorios Selección Ejecución del Contrato De Convocatoria a Buena Pro (LP, CP, ADP, ADS, AMC, SI, CMP) Solución de Controversias (Apelación) PAAC Estudio de mercado Comité Especial Bases De Suscripción a Liquidación

75 Etapas de los Procesos de Selección
CONVOCATORIA REGISTRO DE PARTICIPANTES PRESENTACIÓN DE CONSULTAS ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES E INTEGRACION FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

76 Etapas de los Procesos de Selección
IMPUGNACIÓN OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO CONSENTIMIENTO PUBLICACIÓN EN EL SEACE

77 Adjudicación de Menor Cuantía
Bienes y servicios Convocatoria Otorgamiento de la Buena Pro Invitación a 1 o más proveedores y a Prompyme según sectores competitivos Registro de Participantes Presentación de la Propuesta Evaluación de la Propuesta NOTA: En el caso de AMC en la que se haya invitado a un solo proveedor no será necesario establecer etapa de evaluación.

78 Adjudicación de Menor Cuantía
Consultoría y Ejecución de Obras Otorgamiento de la Buena Pro Convocatoria Invitación a 1 o más proveedores Registro de Participantes Present. Consultas Mín. 2 días Absolución Consultas Máx. 2 días Presentación de la Propuesta Evaluación de la Propuesta NOTA: En el caso de AMC en la que se haya invitado a un solo proveedor no será necesario establecer etapa de evaluación.

79 Adjudicación Directa Selectiva
Convocatoria Contrato Invitación mín. a 3 proveedores Notificación a PROMPYME según sectores competitivos Otorgamiento de la Buena Pro Acto Privado Registro de Participantes Consultas y Observaciones Presentación de Propuestas Evaluación de Propuestas Consulta y observ. Mín. 3 días Absoluc. Max. 3 días Acto Privado

80 Adjudicación Directa Pública
Convocatoria Contrato Publicación en SEACE Otorgamiento de la Buena Pro Acto Público Registro de Participantes Consultas y Observaciones Presentación de Propuestas Evaluación de Propuestas Cons y Obser Mín. 3 días Absoluc. Máx. 3 días Acto Público NOTA: Absolución de Consultas y Observaciones se notifica y publica a través del SEACE.

81 Licitación Pública y Concurso Público
Convocatoria (Publicación en SEACE) Presentación de Propuestas Evaluación de Propuestas Registro de Participantes Otorgamiento de la Buena Pro Integración (Mínimo 5 días) Consultas (Mínimo 5 días) Consentimiento de la Buena Pro Pronunciamiento de CONSUCODE Absolución de Consultas (Máximo 5 días) Absolución de Observaciones (Máximo 5 días) Suscripción del Contrato Observaciones (Máximo 3 días)

82 Régimen de notificaciones
Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se entienden notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE. A solicitud del participante: Se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o Al correo electrónico que haya consignado al registrarse como participante.

83 Licitación Pública o Concurso Público
Convocatoria Publicación en el SEACE Por lo menos 20 días entre convocatoria y pres. propuestas Por lo menos 5 días entre integración y pres. propuestas. Licitación Pública o Concurso Público

84 Convocatoria Pública Publicación en el SEACE
Por lo menos 10 días entre convocatoria y pres. propuestas. Selectiva Invitación a 3 proveedores y comunicación a PROMPYME según sectores competitivos. Adjudicación Directa

85 Adjudicación de Menor Cuantía
Convocatoria Invitación a uno o más proveedores y Comunicación a PROMPYME según sectores competitivos. Bienes y servicios VR mayor 4UIT Obras VR mayor 10 UIT Adjudicación de Menor Cuantía

86 Convocatoria Excepción:
Las entidades que no tengan acceso a internet realizarán la convocatoria de LP, CP, ADP mediante la publicación en un diario de circulación nacional o local.

87 Convocatoria Contenido (Artículo 103 Reg.)
Nombre de la Entidad domicilio y RUC Tipo de proceso de selección Modalidad Valor referencial Descripción básica de bienes, servicios u obras Lugar y forma en que se realizará la inscripción o registro de participantes Costo del derecho de participación Calendario del proceso de selección Contenido (Artículo 103 Reg.)

88 Registro de Participantes
ACCESO A BASES: Se puede acceder a ellas a través del SEACE o directamente en la Entidad (Art. 60º Rgto). REGISTRO DE PARTICIPANTES: Todo proveedor que desee intervenir como participante en un proceso de selección deberá registrarse ante la Entidad. Dicha inscripción no podrá exceder del costo de reproducción de las Bases. Para AMC de bienes y servicios el registro será gratuito. Dicho registro se efectúa desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día después de haber quedado integradas las Bases (Art. 107º).

89 Registro de Participantes
Derechos que obtienen los participantes: Formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de los alcances de las Bases. Efectuar observaciones contra las Bases. Presentar propuestas.

90 Formulación y Absolución de Consultas a las Bases
Se solicita la aclaración de cualquiera de sus extremos. Se plantea solicitudes respecto de ellas. La absolución de consultas debe ser fundamentada y el pliego que la contiene debe ser notificado a través del SEACE, estar a disposición de los participantes en la sede de la Entidad, y en los correos electrónicos.

91 Formulación y Absolución de Observaciones
Incumplimiento de las condiciones mínimas establecidas en artículo 25º de TUO de la Ley Incumplimiento de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado (incluidos los precedentes de observancia obligatoria emitidos por Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado) La absolución de observaciones debe ser fundamentada y sustentada, debiendo notificarse a través del SEACE, estar a disposición de los participantes en la sede de la entidad y a los correos electrónicos de los participantes.

92 Efectos de la Absolución de Observaciones
El Comité Especial puede: Acoger las observaciones formuladas contra Bases No acoger las observaciones formuladas, acoger parcialmente, o cuando participante se considera afectado por acogimiento de observación de otro. Corrección de las Bases Derecho de elevar observaciones para que Consucode resuelva, previo cumplimiento de requisitos del T.U.P.A. CONSUCODE tiene 10 días para emitir su Pronunciamiento, de lo contrario deberá devolver la tasa al participante. Contra su pronunciamiento no cabe la interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.

93 DEL PROCESO QUE OBLIGAN A TODOS LOS POSTORES Y AL COMITÉ ESPECIAL
Integración de Bases Se produce una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las consultas y/u observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo fijado. REGLAS DEFINITIVAS DEL PROCESO QUE OBLIGAN A TODOS LOS POSTORES Y AL COMITÉ ESPECIAL NOTA: El Comité Especial no podrá continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicar las Bases integradas en el SEACE,bajo sanción de nulidad.

94 Presentación de Propuestas
En dos sobres cerrados (propuesta técnica y económica). Acto Público para LP, CP y ADP. Acto Privado para ADS y AMC. NOTA: En el caso de menores cuantías para bienes y servicios la propuesta podrá realizarse por correo electrónico.

95 Evaluación y Calificación
Req. Téc. mínimos Fact. Eval. Técnica Lim. Max. y Min. Fact. Eval. Econo. Bonificaciones Buena Pro

96 Declaración de desierto
De conformidad con el artículo 32° de la Ley el Comité Especial otorgará la buena pro, aun en los casos en que exista una sola propuesta válida. Sólo se declarará desierto un proceso cuando no se presente ningún postor o no quede ninguna propuesta válida. La declaratoria de desierto deberá registrarse en el SEACE dentro de los dos días de producida(Art. 85º del Reglamento).

97 Declaración de desierto
Si una LP, CP o AD es declarada desierta por la ausencia de postores hasta en dos oportunidades, se convoca a una AMC (último párrafo 32º TUO). En el caso de items declarados desiertos, el proceso de selección que corresponda para la segunda convocatoria se determinará de acuerdo al valor referencial obtenido de la sumatoria de los mismos (último párrafo del art.79º Rgto).

98 Otorgamiento de la Buena Pro
Acto Público para LP, CP y ADP Se entenderá notificado en la fecha del acto público y se entregará copia del acta y del cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, los que se publicarán en el SEACE. Acto Privado para ADS y AMC Se notifica a través de su publicación en el SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los postores, de ser el caso, el mismo día de su realización, incluyéndose copia del acta y del cuadro comparativo.

99 Otorgamiento de la Buena Pro
EMPATE: Se debe seguir el orden establecido en el art. 133° del Reg: -A favor de MYPES, sólo en AD y AMC. -A favor de postor de mejor puntaje econ. para bs y obras o mejor puntaje técnico para servicios. -A prorrata, siempre que el objeto del contrato sea divisible (no aplicable para consultoría en gral. y obras) -Por sorteo. DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO, conforme al artículo 134° del Reglamento.

100 Culminación del Proceso de Selección
SUSCRIPCIÓN CONTRATO Por escrito y conforme al Procedimiento del artículo 203 del Reglamento. En AMC para bs y servicios se formaliza a través de O/C u O/S CONVOCATORIA CANCELACIÓN DEL PROCESO La resolución cancelatoria deberá registrarse en el SEACE al día siguiente de expedida, así como comunicar a los participantes.

101 Bases de los Procesos de Selección

102 Pautas y reglas contratación
¿Qué son las Bases? Pautas y reglas contratación Requerimientos Requisitos

103 ¿Por qué es importante contar con Bases claras y precisas?
Transparencia y libre competencia Satisfacer necesidades Recursos públicos Metas

104 ¿Quién elabora las Bases?
Comité Especial / Órgano encargado ¿Qué información utiliza para elaborarlas?

105 ¿Qué deben contener las Bases?
Artículo 54º Reglamento: Valor referencial y topes (70% o 90% - 110%) Artículo 25º TUO: Especificaciones Calendario Metodología de evaluación Proforma de contrato Sistema/modalidad de contratación Fórmulas de reajuste Artículo 34º Reglamento: Antigüedad del valor referencial Contenido de las propuestas (art. 75º R): Copia certificado RNP DDJJ art. 76º Reglamento Doc para acreditar requerimientos Doc. para acreditar factores Doc. ptación. Facultativa Oferta económica Artículo 179º Reglamento: Subasta Inversa

106 Especificaciones técnicas
Por ejemplo: Especificaciones técnicas Capacidad Potencia Plazo máximo de entrega: 10 días calendario Combustible

107 S/. 60 715.22 Valor referencial Antigüedad: 20 de diciembre de 2004
Límite mínimo: S/ (70%) S/ Límite máximo: S/ (110%) S/ S/

108 Metodología de evaluación y calificación
I. Evaluación Técnica: Factor Criterio Puntaje Documento sustentatorio Plazo de entrega De 1 a 5 días calendario 10 puntos Declaración jurada De 6 a 9 días calendario 5 puntos SIEMPRE: Objetivos y congruentes con objeto de convocatoria NUNCA: Por cumplimiento de especificaciones obligatorias

109 TAMBIÉN: Puntaje técnico mínimo para acceder a la evaluación económica
II. Evaluación Económica Verificación de topes y asignación puntaje III. Costo total Aplicación de bonificaciones

110 ¿Siempre debe incluirse metodología de evaluación?
SALVO QUE SE TRATE DE AMC EN LAS QUE SE INVITE A UN SOLO PROVEEDOR

111 Aprobación de las Bases
Siempre: POR ESCRITO Titular de la Entidad o Directorio(en LP/ CP) Nunca quien elabora las Bases En AD /AMC (art. 53º del Reg.) Delegación

112 Las Bases durante el desarrollo del proceso
Se aclaran a través de Consultas Se modifican a través de Observaciones y Pronunciamiento del CONSUCODE De oficio, el Comité Especial no puede modificar las Bases. Una vez integradas, las Bases constituyen las reglas definitivas de la contratación.

113 Recordemos SIEMPRE: Todo Proceso de Selección requiere de Bases previamente aprobadas. Quien elabora las Bases no puede aprobarlas. Las Bases no pueden ser modificadas de oficio por el encargado del proceso.

114 ¡El secreto de una contratación exitosa son unas buenas Bases!

115 Evaluación y Calificación de Propuestas

116 Adquisiciones y Contrataciones
Necesidad Especificaciones Técnicas -Términos de Referencia Expediente Técnico Resultado del Proceso EVALUACION Y CALIFICACION DE PROPUESTAS Valor Referencial Tipo de Proceso Actos Preparatorios COMITE ESPECIAL ÓRGANO ENCARGADO BASES Presentación de Propuestas

117 Servicios en general y consultoría
EVALUACIÓN OBJETO Alimentos Vestuario Supervisión de Obras Bienes y suministros Software Mensajería Seguros Servicios en general y consultoría Muebles Vigilancia Limpieza Carreteras Elaboración de Exp. Técnicos Obras Colegios Puentes

118 Contenido de la Propuesta
Propuesta Técnica Requerimientos Técnicos Mínimos Documentos que otorgan puntaje Propuesta Económica Monto total de la oferta

119 Requerimientos Técnicos Mínimos
Son las características técnicas, normas reglamentarias y cualquier otro requisito establecido en las bases y en las disposiciones legales que regulan el objeto de la adquisición o contratación y que deben ser cumplidos y acreditados por los postores para que la propuesta sea admitida.

120 REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
Bienes Servicios de Consultoría Obras Especif. Técnicas Term. De Ref Expediente Técnico Impresos Puente Term.de Ref. Servicios en General Supervisor CARACTERISTICAS TECNICAS: DOCUMENTOS OBLIGATORIOS: Declaración Jurada Art. 76. Pacto de Integridad Aquellos Documentos necesarios según objeto (BPM, Registro Sanitario, Inscripción en el Ministerio de Trabajo, Certificado de RNP, Otros) ADMITIDA LA PROPUESTA REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

121 Metodología de Evaluación
Criterios FACTORES 5, 10, 15, 20, .... Puntaje Documentos Sustentatorios

122 Factores de Evaluación Técnica
Bienes y Suministros

123 Factores Técnicos para Bienes y Suministros Art. 65°
Plazo de entrega Garantía Comercial del postor y/o fabricante Disponibilidad de Servicios y Repuestos Capacitación del personal Experiencia del Postor NOTA: Pueden considerarse otros factores siempre que cumplan con los criterios del artículo 64 Determinar Puntaje Mínimo (Art.69)

124 Puntaje Mínimo en la propuesta técnica
PT 50 PLAZO ENTREGA 45 40 30 20 CAPACITACIÓN EXPERIENCIA

125 Plazo de Entrega CRITERIO DOCUMENTOS A menor plazo mayor puntaje
Al resto se califica en forma inversamente proporcional DOCUMENTOS Se sustenta mediante una declaración jurada

126 Ejemplo (1) para la Evaluación del Plazo
POSTOR A : 45 DIAS POSTOR B : 35 DIAS POSTOR C : 18 DIAS POSTOR D : 10 DIAS Puntaje Máximo : 10 Puntos Metodo de la regla de tres inversa: “A más días menor puntaje” Para dias puntos Para dias x puntos X = 10 x 10 = puntos

127 Ejemplo (2) para la Evaluación del Plazo
Rangos de Puntuación De 1 a 10 días 10 Pts. De 11 a 20 días 8 Pts. De 21 a 30 días 6 Pts. De 31 a 40 días 4 Pts. De 41 a más días 2 Pts.

128 Capacitación del Personal
POSTOR A 2 DIAS POSTOR B 8 DIAS POSTOR C 12 DIAS POSTOR D 15 DIAS Puntaje máximo: 3 puntos Criterio: Regla de Tres directa (A mas días de capacitación, mayor puntaje) Para 15 dias puntos Para dias x puntos X = 2 x 3 = puntos 15

129 Experiencia del Postor
CRITERIO A más documentos válidos mayor puntaje Al resto se califica en forma directamente proporcional DOCUMENTOS Se sustenta mediante Facturas, durante un periodo no mayor a 10 años a la fecha de presentación de propuestas hasta por un monto máx. acumulado equivalente a 5 veces el VR.

130 Factores de Evaluación Técnica
Servicios en General

131 Coeficientes de Ponderación
Servicios en General CT = C1 x PT + C2 x PE 0.40 < C1 < 0.70 0.30 < C2 < 0.60 C1 + C2 = 1.00 Factores : Art. 66 Reglamento Factores Referidos al Postor Factores Referidos al Personal Factores Referidos al Objeto de la convocatoria

132 Coeficientes de Ponderación
Servicios en General CT = C1 x PT + C2 x PE 0.40 < C1 < 0.70 0.30 < C2 < 0.60 C1 + C2 = 1.00 Ejemplos: Servicio de Limpieza CT = 0.40 x PT x PE Servicio de Mantenimiento de equipos de computo CT = 0.70 x PT x PE

133 Evaluación Técnica (Art. 72° Reglamento)
Se califica sobre 100 puntos Evaluación y Calificación de acuerdo a bases Propuestas Técnicas que no alcancen puntaje mínimo serán descalificadas (80 puntos) Ponderación por C1

134 Evaluación Técnica (Art. 72° Reglamento)
Procedimiento a seguir: Ejemplo Factores referidos al postor 35 ptos Factores referidos al personal 45 ptos Factores referidos al objeto de la convocatoria ptos TOTAL PUNTAJE P. TECNICA PTOS Verificación de puntaje mínimo 80 ptos Ponderación: CT = C1 x 90 + C2 x PE

135 Factores de Evaluación Técnica
Servicios de Consultoría

136 Coeficientes de Ponderación
Servicios de Consultoría CT = C1 x PT + C2 x PE 0.80 < C1 < 0.90 0.10 < C2 < 0.20 C1 + C2 = 1.00 Factores : Art. 67 Reglamento Factores Referidos al Postor Factores Referidos al Personal Factores Referidos al Objeto de la convocatoria

137 Coeficientes de Ponderación: Ejemplos
Servicios de Consultoría CT = C1 x PT + C2 x PE 0.80 < C1 < 0.90 0.10 < C2 < 0.20 C1 + C2 = 1.00 Ejemplos: Consultorías de obras Elaboración Expediente técnico Pavimentación Av. Gregorio Escobedo CT = 0.80 x PT x PE Elaboración de Expediente Técnico Carretera Iquitos - Nauta CT = 0.90 x PT x PE

138 Factores de Evaluación Técnica
Obras

139 Sólo se evalúa la propuesta económica.
Obras: AMC ADS ADP Evaluación Técnica : No se realiza Sólo se evalúa la propuesta económica.

140 Obras Licitaciones Públicas
Evaluación Técnica: 40 puntos > X < 60 Puntos

141 Factores de Evaluación Técnica
Ejemplo de distribución de puntajes Experiencia de obras en general Experiencia de obras similares Experiencia y Calificaciones del personal 5 Oferta de contratar trabajadores de la zona 5 TOTAL Puntos

142 Incluir factores que permitan evaluar:
Cuando además se considere contratar bajo la modalidad del numeral 2 del Art. 58 Llave en Mano Concurso Oferta Incluir factores que permitan evaluar: Calidad de soluciones técnicas de diseño Calidad de soluciones técnicas de equipamiento o similares

143 Calificación Previa Excepcional
Sólo en ejecución de obras igual o mayor a 5,000 UIT Etapa del Proceso de Selección. Opinión favorable de CONSUCODE (7 días – Silencio Positivo). Sobre adicional Determina experiencia, capacidad y solvencia técnica Indica condiciones especiales, criterios y factores de evaluación.

144 Subsanación de Propuestas Art. 125 del Reg.
Obligatorio Sólo en la Propuesta Técnica No cabe en la Propuesta Económica Defectos de forma (omisiones, error involuntario o formal) que no modifiquen el alcance de la propuesta (no otorgue puntaje). Plazo: 2 días

145 Factores de Evaluación Económica y Cálculo del Puntaje Total
Bienes y Suministros, Servicios en General, Consultorías y Obras

146 Limites Mínimos y Máximos de las Propuestas Económicas
Artículo 33 del TUO y 4ta DF del Reglamento: Bienes y Servicios 70% y 110% del VR - Obras y Consultoría de Obras 90% y 110% del VR

147 Calificación de la Propuesta Económica Art. 69º
Pi = Om x PMPE Oi Donde: Pi = Puntaje oferta económica i PMPE = Puntaje Máximo por Prop. Econ. Oi = Oferta del Postor i Om = Oferta económica menor i = Propuesta

148 Cálculo Total del Puntaje
CT = P T + P E Donde: CT = Cálculo Total PT = Puntaje de la Propuesta Técnica PE = Puntaje de la Propuesta Económica

149 Bonificaciones BIENES Y SERVICIOS
Adicionar veinte por ciento (20%) - Ley solo si presentó declaración jurada BIENES, SERVICIOS Y OBRAS (ADS y AMC) Adicionar diez por ciento (10%) - Art. 131 del Reglamento (Provincias colindantes fuera de Lima y Callao)

150 Evaluación Económica Servicios y Consultorias
Verificar. Art. 33º del TUO Aplicación de la formula Ponderación por C Resultado : Puntaje de Evaluación Económica. Costo Total = C1xPT + C2xPE Adicionar 20% bonificación Ley solo si presentó declaración jurada

151 Evaluación y Calificación
Req. Téc. mínimos Evaluación y Calificación Fact. Eval. Técnica Lim. Max. y Min. Fact. Eval. Econo. Bonificaciones PUNTAJE TOTAL Buena Pro

152 Solución de Controversias durante el Proceso de Selección

153 Desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato
APELACION: Presentado ante el Comité Especial, siendo resuelto por el Titular o funcionario que éste designe. REVISION: Presentado ante el Tribunal. Sólo procede respecto a controversias derivadas de LP y CP; excepcionalmente, procede respecto a las controversias que surjan en las AD y AMC derivadas de la denegatoria ficta del recurso de apelación.

154 Efectos de su interposición
La interposición de los medios impugnatorios tiene como efecto la suspensión del proceso de selección en la etapa en la que se encuentre. La ley expresamente declara nulos los actos posteriores a su interposición.

155 Recurso de Apelación

156 ¿Qué se puede impugnar por medio del Recurso de Apelación?
Todos los actos administrativos emitidos dentro del proceso de selección Excepciones: no se pueden Impugnar vía apelación: Resoluciones del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa. Las res. que se pronuncian sobre apelaciones Bases Administrativas. Aprobación de exoneraciones Declaratoria de nulidad (Rec. Revisión directo)

157 Plazos Plazo para interponer el recurso
Dentro de los 5 días de haber tomado conocimiento del acto que se desea impugnar, ya sea en acto público o a través de notificación o publicación en el SEACE.

158 Plazos Plazo de la Entidad para resolver
8 días para resolver y notificar la Resolución. En caso pueda afectar el derecho de un tercero, la Entidad deberá remitirle copia del recurso, pudiendo éste proponer nuevos hechos en su absolución.

159 Trámite del Recurso de Apelación sin Tercero Afectado
NO SE PRONUNCIA: DENEGATORIA FICTA SE PRONUNCIA EN CONTRA 5 DIAS 8 DÍAS DE CONOCIDO EL ACTO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR SE PRONUNCIA A FAVOR ACTO APELADO APELACION NULIDAD DEL PROCESO

160 Trámite del Recurso de Apelación con Intervención de Terceros
NO SE PRONUNCIA: DENEGATORIA FICTA ABSOLUCION: CON O SIN ELLA EMPIEZA A CORRER PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA APELACION 5 DIAS 2 DIAS 3 DIAS 3 DIAS SE PRONUNCIA EN CONTRA DENTRO DE LOS 5 DIAS DE CONOCIDO EL ACTO ENTIDAD CORRE TRASLADO AL TERCERO AFECTADO PLAZO PARA QUE EL TERCERO ABSUELVA EL TRASLADO PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA Y NOTIFIQUE SE PRONUNCIA A FAVOR Acto Impugnado NULIDAD DEL PROCESO

161 Resolución del Recurso de Apelación
Informe Técnico – Legal sustentatorio que no puede ser emitido por los miembros del Comité Especial. Contenido: Los antecedentes. Determinación, análisis y pronunciamiento respecto a cada uno de los puntos controvertidos.

162 Alcances de la Resolución
Si el acto impugnado está vinculado a la evaluación de las propuestas y/o al otorgamiento de la BP, la Entidad deberá efectuar el análisis sobre el fondo del asunto y otorgar la BP a quien corresponda.

163 Efectos de no pronunciarse dentro del plazo
Denegatoria ficta. Nulidad de Resolución notificada extemporáneamente. Responsabilidad administrativa del funcionario.

164 Recurso de Revisión

165 ¿Qué se puede impugnar mediante el Recurso de Revisión?
Las resoluciones que se pronuncian sobre los recursos de apelación, cuando derive de LP ó CP. La denegatoria ficta recaída sobre el recurso de apelación para todo tipo de proceso de selección. Las resoluciones del Titular de la Entidad o de la máxima autoridad administrativa.

166 Impugnación por Ítems En procesos de selección según relación de ítems, etapas, tramos, lotes o paquetes procede la interposición de recursos de revisión, independientemente del monto del ítem, siempre que el proceso de selección convocado sea una LP ó CP. En caso el ítem se derive de ADP, ADS ó AMC procederá el recurso en tanto se haya configurado la denegatoria ficta.

167 Trámite del Recurso de Revisión

168 Trámite del Recurso de Revisión
2 DIAS SUBSANACION DEL RECURSO DENEGATORIA FICTA 2 DIAS 3 DIAS 5 DIAS 3 DIAS ABSOLUCION DEL TRASLADO Y REMISION DEL EXPEDIENTE TRASLADO A LA ENTIDAD ENTIDAD SE PRONUNCIO EN CONTRA (LP o CP) INFORMACIÓN ADICIONAL ADMISION DEL RECURSO 5 DIAS 8 DIAS ENTIDAD SE PRONUNCIO A FAVOR Y POSTOR AFECTADO IMPUGNA (LP o CP) AUDIENCIA PÚBLICA EXPEDIENTE LISTO PARA RESOLVER 5 DIAS RESOLUCIÓN NULIDAD U OTROS 5 DIAS 5 DIAS RESOLUCION Y NOTIFICACION PLAZO PARA INTERPONER REVISION

169 Inadmisibilidad e Improcedencia
Causales de inadmisibilidad del recurso Artículo 162º Reglamento Ejm: No adjuntar tasa o garantía. Causales de improcedencia del recurso Art 163º Reglamento. Ejm: Extemporaneidad

170 Nuevas causales de Improcedencia
Falta de legitimidad procesal para impugnar. Pérdida de la calidad de postor. No haber participado en el acto impugnado. Distribución de la Buena Pro a prorrata. Recurso interpuesto por el postor ganador sin que medie un acto que perjudique su derecho (Apelación).

171 Presentación de Tasas y Garantías
Según el tipo de proceso de selección. Proceso por ítems, etapas, tramos o lotes Valor referencial reservado.

172 Ejecución de la Garantía
En caso el recurso de revisión sea declarado improcedente o infundado la garantía se ejecutará en su integridad. En caso de desistimiento se ejecutará el 30% de la garantía. Si el recurso es declarado, inadmisible, fundado, fundado en parte o si el proceso es declarado nulo, se devolverá la garantía.

173 Jurisprudencia del Tribunal
1.- Las resoluciones del Tribunal pueden constituir precedente de observancia obligatoria, en tanto así se señale en su texto de forma expresa y sea publicada. 2.- Acuerdos de Sala Plena del Tribunal.

174 Acción Contencioso Administrativa
Contra el pronunciamiento del Tribunal. Contra el pronunciamiento de la Entidad que resuelve dentro del plazo de Ley recursos de apelación respecto a actos dictados en ADP, ADS y AMC. * El Tribunal carece de facultades para declarar la nulidad de oficio de sus propias resoluciones.

175 Modalidades Especiales de Selección
Compras Corporativas: Obligatorias.- El órgano competente para resolver la apelación es el sector al que se encuentre adscrita la unidad de compras designada para dichos efectos por PCM. Facultativas.- El órgano competente para resolver la apelación es el Titular o la máxima autoridad administrativa de la Entidad encargada de las compras corporativas en el convenio respectivo.

176 Otras Modalidades Convenio Marco de Precios
Subasta inversa Únicamente procede recurso de revisión ante el Tribunal, quien resolverá en un plazo no mayor de 10 días, adjudicando la Buena Pro a quien corresponda. Convenio Marco de Precios El recurso de apelación debe ser resuelto por la Entidad encargada de desarrollar el proceso de selección, o incluso por Consucode, en caso se le designe como entidad licitante.

177 Recuerde! Controversias dentro del proceso de selección: Apelación - Revisión. Plazos perentorios. Cumplimiento obligatorio de las Resoluciones del Tribunal. Nuevas modalidades.

178 Disposiciones Generales Disposiciones BB.SS.
Contratos Disposiciones Generales Disposiciones BB.SS.

179 Ámbito de aplicación objetiva de la Ley
Regula los contratos destinados a: Adquirir bienes Contratar servicios Ejecutar obras

180 Perfeccionamiento del Contrato
Formalidad Por Escrito Mediante órdenes de compra o de servicios Suscripción del documento: Por la Entidad Por el postor ganador

181 Requisitos para suscribir el Contrato
Ganador de Buena Pro debe presentar: Constancia de no estar inhabilitado, salvo M.C. Garantías, salvo excepciones Contrato asociativo (Consorcios) Otros de acuerdo con la naturaleza del contrato

182 Procedimiento para la Suscripción
Citación: Dentro de 5 días hábiles de consentida la Buena Pro. Plazo: Dentro de 10 días hábiles desde la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato.

183 Efectos de la NO Suscripción
Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa

184 Contenido del Contrato
Documento que lo contiene Las bases integradas La oferta ganadora Modificaciones no sustanciales (art. 36 de la Ley)

185 Vigencia y plazos Vigencia del Contrato:
Desde el día siguiente de la suscripción Hasta la conformidad de la recepción (Bs. y Ss.) o consentimiento de la liquidación (Obras) Plazo de ejecución contractual: Cómputo en días naturales Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3) Obras: hasta su culminación Arrendamiento inmuebles: hasta 3 años; renovables. Locación de servicios y consultorías distintas a obras: prorrogables hasta por 1 año

186 Cláusulas Obligatorias
Garantías Solución de Controversias Resolución de Contrato

187 Salvo prohibición expresa en el
Subcontratación Salvo prohibición expresa en el Reglamento, Bases o Contrato Requisitos: - Aprobación previa por escrito - No exceder 60% de la prestación Capacitación y tecnología (extranjeros) No estar suspendido o inhabilitado Estar inscrito en el RNP. Preferencia a MYPES

188 Obligaciones y Responsabilidades
Para el Contratista: Comunicar fallas y defectos Tributos y gravamenes Obligaciones laborales y sociales Para la Entidad: Modificaciones Licencias, autorizaciones, permisos

189 Penalidades Por mora: Otras penalidades: Retrazo injustificado
Màximo 10% Aplicar formula Otras penalidades: Distintas a mora Razonables

190 Resolución del Contrato
Puede ser total o parcial, previo emplazamiento Causales: Mutuo acuerdo Caso fortuito o fuerza mayor Incumplimiento de parte

191 Causales atribuibles al contratista
Incumplimiento injustificado de Obligaciones Por acumular el monto máximo por penalidad por mora Paralización o reducción injustificada

192 Causales atribuibles a la Entidad
Incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato Falta de pago Otras según contrato

193 Procedimiento para la resolución del Contrato
Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento. Plazo: Ordinariamente : No mayor a 5 días Casos complejos y Obras: 15 días. Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje.

194 Nulidad del Contrato Sólo en caso que el contratista esté incurso dentro de los supuestos del art. 9 de la Ley. Se declara de oficio por la Entidad Se comunica mediante Carta Notarial Controversias: Plazo para someter a conciliación y/o arbitraje: 15 días hábiles

195 Normas especiales para BB. y SS.
Adelantos Adicionales y reducciones Ampliaciones de plazo Pagos Culminación del contrato

196 Adelantos Requisito para entrega: Clases:
Directos (no mayor al 30% de monto contrato) Oportunidad de entrega: Según el contrato Requisito para entrega: Presentar Garantía vigente por 3 meses (renovables) hasta la amortización total

197 Adicionales y Reducciones
Para alcanzar la finalidad del Contrato Aprobación: Entidad Asignación Presupuestal. Puede conllevar ampliación o reducción del plazo contractual. Costos (según especificaciones técnicas, precio pactado o acuerdo entre las partes).

198 Ampliaciones del plazo contractual
Procede: Por aprobación de adicional que afecte el plazo Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad Por caso fortuito o fuerza mayor Trámite: Solicitud fundamentada dentro de los 7 días de finalizado el hecho Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan

199 Pagos Oportunidad: Excepciones: Plazos:
Después de ejecutada la prestación Excepciones: Antes de la prestación (según su naturaleza) Pagos periódicos En bienes y servicios En obras (previa valorización) Plazos: Conforme al contrato Retraso = Interés Legal

200 Culminación del Contrato
Acta de Conformidad de Prestación: Conformidad u observaciones Plazo (2 a 10 días) para subsanar observaciones Efecto: Culmina el contrato Se cierra expediente respectivo Controversias: a vía conciliatoria y/o arbitral (incluye defectos o vicios ocultos) AMPLIACIÓN COMPLEMENTARIA: Sólo para bienes y servicios, dentro de 3 meses de concluido el contrato original.

201 Garantías

202 Concepto Legal Mecanismos jurídicos para asegurar la ejecución total de las prestaciones derivadas del contrato.

203 Finalidad Proteger a la Entidad del riesgo de incumplimiento contractual por parte del contratista o atenuar las consecuencias del mismo.

204 Clases de Garantías (Art. 214º del Reglamento)
Garantía de fiel cumplimiento (incluye la garantía por prestaciones accesorias). Garantía por el monto diferencial de propuesta. Garantía por adelantos.

205 Características de las Garantías (Artículo 213° del Reglamento y Circular Nº B-2101-2001 de la SBS)
Incondicionales Solidarias Irrevocables De Realización Automática

206 Tipos de garantías (Artículo 213° del Reglamento)
Carta Fianza Póliza de Caución * Deben ser emitidas por empresas que estén autorizadas y sujetas al ámbito de SBS.

207 Garantía de Fiel Cumplimiento (Art. 215° del Reglamento)
Pretende garantizar las obligaciones asumidas por el contratista. Es un mecanismo expeditivo para compensar o atenuar los efectos del incumplimiento. Debe ser emitida por una cantidad equivalente al 10% del monto del contrato (ampliación en caso de adicionales).

208 Garantía de Fiel Cumplimiento (Art. 215° Reglamento)
Debe entregarse antes de la suscripción del contrato. Vigencia: Desde la suscripción del contrato y hasta: La recepción y conformidad (bienes y servicios) o, El consentimiento de la liquidación final (obras y consultoría de obras). Inicialmente se puede emitir por un periodo menor, pero debe renovarse antes de su vencimiento. Garantía de Fiel Cumplimiento (Art. 215° Reglamento)

209 Garantía adicional por prestaciones accesorias
En adquisición de bienes o contratación de obras que requieran mantenimiento, reparación o actividades afines. Monto: 10% aplicado sobre la base del valor de las prestaciones accesorias Vigencia: Hasta liquidación final del contrato Excepciones: similares a la de Fiel Cumplimiento (Directiva CONSUCODE/PRE)

210 Excepciones para GFC (1)
Contratos que por su monto correspondan a procesos de menor cuantía. Contratos de servicios que por su monto correspondan a procesos de adjudicación directa selectiva: Pago periódico y/o contraprestaciones ejecutadas. Pago como condición necesaria para la ejecución de la prestación

211 Excepciones para GFC (2)
Adquisición de bienes inmuebles Contratación ocasional del servicio de transporte Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles Contratos derivados de procesos de selección según relación de ítems cuando el monto del ítem no supere el monto establecido para convocar a una AMC Contrataciones complementarias cuyo monto esté comprendido en el supuesto de los literales a) y b)

212 Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta
En contratación de servicios: Propuesta inferior en más del 10% del valor referencial. En adquisición o suministro de bienes: Propuesta inferior en más del 20% del valor referencial. Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

213 Garantía por Monto Diferencial de Propuesta (2)
Esta garantía tiene la misma finalidad que la Garantía de fiel cumplimiento. Presentación antes de la suscripción del contrato (indispensable). Igual vigencia que la garantía de fiel cumplimiento.

214 Garantía por adelantos
Finalidad Garantizar amortización de adelantos o entrega de materiales, insumos o servicios. Monto Equivalente al adelanto solicitado.

215 Garantía por adelantos
Oportunidad de Presentación Antes de entrega del adelanto Vigencia Mínima de tres (03) meses Renovable trimestralmente

216 Ejecución de Garantías de Fiel Cumplimiento y Adicional por Monto Diferencial de Propuesta
No renovación oportuna. Resolución de contrato queda consentida. Laudo declare procedente resolución del contrato. Contratista no haya cancelado saldo a su cargo, luego de liquidación o conformidad de prestación, según corresponda.

217 Ejecución de Garantías por Adelantos en bienes y servicios
No renovación oportuna Exista saldo pendiente de amortizar No entrega a satisfacción (materiales)

218 Régimen de Garantías para las MYPES (Art. 40 del TUO)
Alternativa a la presentación de carta fianza o póliza de caución. (Ley 28015) Sólo es aplicable a la garantía de fiel cumplimiento. Únicamente en suministro de bienes o servicios de ejecución periódica y consultoría distinta a la de obras. Retención prorrateda del 10% durante la primera mitad del numero total de pagos.

219 Consideración Final Regla General: Presentación de garantías
Excepciones: Las previstas expresamente en la Ley o Reglamento (aplicación restrictiva)


Descargar ppt "LA NUEVA LEY N° DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO"

Presentaciones similares


Anuncios Google