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GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA.

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1 GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA

2 Uno de los valores más importantes en la vida
es el compromiso. Es tan valioso que sólo con él es posible triunfar. Es un valor que practicamos cuando nos entregamos con toda el alma a una misión.

3 REFLEXIÓN “ Cada mañana, en África, una Gacela se levanta. Sabe que debe correr más rápido que el león más veloz o perecerá. Cada mañana, en África, un león se levanta. Sabe que debe correr más rápido que la Gacela más lenta o morirá de hambre. No importa si eres león o gacela: Cuando sale el sol, es mejor que corras” Anónimo

4 Sectores Económicos Empresariales
Colombianos Sector Publico Sector Privado Sector Solidario - Fundaciones - Corporaciones - J. A.C.s. - Asociaciones . - Cooperativas - Precooperativas - Fds. de Empl/dos. - Asoc. mutuales. . Ad. Pub. Coop. - Entidades oficiales - Entes territoriales - Institutos descentralizados - Empresas sociales del estado - Etc. - Sociedades anónimas - Compañías ltda. - Empresas unipersonales - Emp. en comandita - Etc. Prestan servicios Bienes y Servicios Bienes y servicios Sin Animo de Lucro Con Animo de Lucro Sin Animo de Lucro

5 Empresas de Economía Solidaria
Paralelo Empresas de Economía Solidaria Interesa la persona. Propiedad asociativa. Distribución de excedentes en proporción a servicios. Una persona un voto. Educación para elevación cultural. Empresas Capitalistas Interesa más el capital. Propiedad individual. Distribución de utilidades en proporción al capital. Una persona tantos votos como partes de capital tenga. Educación para la productividad.

6 ORIGENES DEL COOPERATIVISMO Rochdale, Inglaterra (1
ORIGENES DEL COOPERATIVISMO Rochdale, Inglaterra (1.765) PERIODO CONOCIDO COMO LA REVOLUCION INDUSTRIAL. ASPECTOS ECONOMICOS: Concentración de K bajo un mismo techo. Nacen las Empresas (Textiles) SOCIALES: Migración Campesina, Condiciones infrahumanas de Trabajo. POLITICOS: Leyes Cartesianas CULTURALES: Avances Tecnológicos, Ferrocarril y la Maquina de Vapor. Robert Owen John Becker: Precursor del Movimiento Sindical Obrero. ¿EXISTEN DIFERENCIAS O SIMILITUDES A HOY?

7 COOPERACIÓN Ayuda mutua. Solidaridad Equidad Justicia Social
Compromiso Calidad de Procesos Es Nuestra prioridad hoy y mañana.

8 Empresas de Economía Solidaria
Cooperativas Precooperativas Empresas comunitarias Empresas solidarias de salud Empresas asociativas de trabajo Fondos de empleados Asociaciones mutuales Cooperativas de administración pública Las organizaciones de 2 y 3 grado de las mismas e instituciones auxiliares

9 MARCO JURIDICO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA (Articulo 58º, Articulo 67º, Art 333º) LEY No. 079 de 1988 (Articulo 88º, Articulo 89º, Articulo 90º) LEY No. 454 de 1998 (Articulo 2º, Articulo 3º) DIRECTIVA No. 031 DE 2001 – DANSOCIAL RESOLUCIÓN No DE 2001 – DANSOCIAL (Articulo 2º)

10 NORMAS APLICABLES Dto. 1480/89 Asociaciones Mutualistas
Dto. 1481/89. Fondos de empleados Ley 1391/2010 Dto. 1482/89. Administraciones Publicas Cooperativas Dto. 1333/89 Precooperativas Dto. 4588/06 Cooperativas de Trabajo Asociado.

11 NORMAS APLICABLES Resolución 1515 de 2001 P.U.C.
Resolución 1507 de 2001 y 1152 de 2002 Evaluación , clasificación y calificación de Cartera CIRCULAR BASICA JURÍDICA 007 Octubre 27/2008 CIRCULAR BASICA CONTABLE 004 Agosto 28/2008 CIRCULARES EXTERNAS CIRCULARES EN GENERAL

12 ¿Qué es Economía Solidaria? Art. 2 de la Ley 454/98
Sistema Socioeconómico, Cultural y ambiental con- formado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por practicas Autogestionarias Solidarias, Democráticas y Humanistas, sin animo de lucro para el desarrollo integral del SER HUMANO como sujeto, actor y fin de la economía.

13 EJERCICIO DE LA SUPERVISION Art. 35 Ley 454 de 1998
“Ejercer el vigilancia, inspección y control sobre las entidades que cobija su acción para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos”

14 VIGILANCIA Acciones orientadas a observar la conducta de los administradores de los entes solidarios, sin significar ello ningún tipo de interferencia en las mismas. Comprende el análisis de los estados financieros, controles de legalidad, tramite de quejas y peticiones, entre otros.

15 INSPECCIÓN Medidas de supervisión que representan una carga para el administrado en función de las facultades exorbitantes de Supersolidaria para representar el interés general que prevalece sobre el particular. Comprende el análisis extra situ, las visitas de inspección in situ, recepción de interrogatorios, despachos comisorios, autos de archivos, traslados, autos de investigaciones administrativas, etc.

16 CONTROL Actuaciones de más alto nivel, al comprender los aspectos en los que la Superintendencia interfiere directamente sobre la autonomía de las entidades vigiladas. En este tópico se incluyen las autorizaciones previas, las investigaciones administrativas, la expedición de sanciones, remoción de directivos, las intervenciones forzosas, (Tomas de posesión), acuerdos de reestructuración, entres otros.

17 NIVELES DE SUPERVISIÓN PRIMER NIVEL DE SUPERVISION
DECRETO 2159 DE 1999 PRIMER NIVEL DE SUPERVISION Se considera como el más alto y exigente de supervisión. Se aplica para todas las cooperativas que ejercen actividad financiera y otras a juicio de la Superintendencia. La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control será MENSUAL, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores. Tasa de Contribución 0.713X1000.

18 SEGUNDO NIVEL DE SUPERVISIÓN
Se aplica a aquellas entidades de la Economía Solidaria que no adelantan la actividad de ahorro y crédito con sus asociados y posean activos superiores a >$ La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control será TRIMESTRAL, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores. Tasa de contribución es X 1000.

19 TERCER NIVEL DE SUPERVISIÓN
Se aplica a aquellas entidades de la Economía Solidaria que no se encuentran dentro de los parámetros de los dos primeros niveles, y sus activos sean inferiores a $ Su supervisión se realiza selectivamente y la remisión de los reportes será SEMESTRAL. Tasa de contribución X 1000. Entidades de activos < a $ , no pagan.

20 CIRCULAR EXTERNA No. 005 PARA: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y REVISORES FISCALES DE ORGANIZACIONES DE LA ECONOMIA SOLIDARIA ASUNTO: Modificación capítulos XII y XIV de la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008 Bogotá D.C., 7 de septiembre de 2011 Ver Circular

21 La Alianza Cooperativa Internacional (Aci) en 1995, definió a la cooperativa como
"una asociación autónoma de personas que se unen voluntariamente para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta democráticamente gestionada". Es claro que los seres humanos no tienen una única necesidad y el cooperativismo permite resolver muchas de ellas mediante sus principios, métodos y organización.

22 LEY 454 DE OBJETIVOS Determinar el marco conceptual que regula la economía solidaria Transformar el DANCOOP en DANSOCIAL. Crear la Superintendencia de la Economía Solidaria Crear el Fondo de garantías para las cooperativas financieras de ahorro y crédito. Dictar normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza Cooperativa, y Expedir otras disposiciones en correspondencia con lo previsto en los artículos 58, 333 y concordantes de la constitución política de Colombia.

23 FINES DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
Promover el desarrollo integral del ser humano Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial del pensamiento solidario, crítico y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los Pueblos. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información la gestión, y distribución sin discriminación alguna

24 CONCEPTOS FUNDAMENTALES
TRABAJO SOLIDARIO ORGANIZACIÓN SOLIDARIA ECONOMIA SOLIDARIA PROYECTO DE VIDA SIN ÁNIMO DE LUCRO DIGNIDAD HUMANA

25 PRINCIPIOS DOCTRINALES
ADHESION VOLUNTARIA Y ABIERTA. GESTION DEMOCRATICA (ASOCIADOS) PARTICIPACION ECONOMICA AUTONOMIA E INDEPENDENCIA.

26 PRINCIPIOS DOCTRINALES
EDUCACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN INTEGRACIÓN SOLIDARIA INTERÉS E IMPACTO COMUNITARIO

27 VALORES COOPERATIVOS:
Autoayuda o esfuerzo propio Responsabilidad Propia Democracia Igualdad Equidad Solidaridad VALORES ÉTICOS Honestidad y Transparencia Responsabilidad y Vocación Social

28 Requerimientos Legales:
ACUERDO SOLIDARIO Requerimientos Legales: * DOS O MÁS PERSONAS: Persona Natural y Persona Jurídica * Manifestación expresa de voluntad al contratar * Derechos y Deberes ( reciprocidad ): Generalmente, Previamente Pactados. E S T A T U T O S LIBRE ADHESIÓN: Es un Derecho de la entidad y la persona que desea vincularse, más no obliga a ninguna de las partes actuantes. DEMOCRACIA: Elegir y Participar Activamente de los Procesos Institucionales. Es estar comprometido consigo mismo y compromiso significa : COM PRO MI SO Conjunto o Grupo En favor de mi La Sociedad R E F L E X I Ó N * Participa Usted de manera activa y consciente del alcance de sus acciones? * Cómo evaluaría Usted el grado de beneficio aportado? * Qué requerimos para ser más y mejores?

29 AUSENCIA DE ANIMO DE LUCRO
Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. Que destine sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

30 PROHIBICIONES A LAS COOPERATIVAS
Establecer restricciones o llevar a cabo prácticas que impliquen discriminaciones sociales, económicas, religiosas o políticas. Conceder ventajas o privilegios a los promotores o fundadores, o preferencias a una porción cualquiera de los aportes sociales. Conceder a sus administradores, en desarrollo de las funciones propias de sus cargos, porcentajes, comisiones, prebendas, ventajas, privilegios o similares que perjudiquen el cumplimiento de su objeto social o afecten a la entidad. Desarrollar actividades distintas a las enumeradas en sus estatutos Transformarse en sociedad comercial.

31 NUESTRA ESTRUCTURA COOPERATIVA
Toda estructura es eficiente y funcional la eficacia la determina la calidad de nuestros Asociados

32 RAZON DE SER DE LAS ENTIDADES SOLIDARIAS
OBJETO SOCIAL DE LA ENTIDAD SATISFACER LAS NECESIDADES DE SUS MIEMBROS DESARROLLO DE OBRAS DE SERVICIO A LA COMUNIDAD

33 El Control Control externo Control operativo Revisor Auditoría fiscal
Control de gestión Control social Comunidad y veeduría ciudadana Junta de vigilancia

34 COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
ESTATUTO REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO REGIMEN DE COMPENSACIONES RESOLUCION MINISTERIO DEL TRABAJO REGISTRO CAMARA DE COMERCIO DIAN – RUT HACIENDA DISTRITAL O MUNICIPAL - RIT

35 ESTATUTO ARTÍCULO 10. Calidad de Asociado Las personas naturales que habiendo suscrito el Acta de Constitución, o las que posteriormente hayan sido admitidas como tales y se adhieran voluntariamente. Se encuentren debidamente inscritas en el registro social y cumplan cabalmente con sus deberes. Pueden aspirar a ser asociados de AGM SALUD C.T.A. las personas naturales que cumplan con las condiciones y requisitos que señalan el presente estatuto y el Régimen de Trabajo Asociado.

36 ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión.
ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 1. Ser mayor de edad y legalmente capaz. 2. Ser profesional, técnico, experto o idóneo en cualquiera de las actividades o trabajos a que se refiere el objeto social de la Cooperativa. 3. Estar en condiciones y tener las actitudes para vincularse a un puesto de trabajo en desarrollo del objeto social de la Cooperativa. 4. Haber diligenciado el formulario de solicitud de asociación como trabajador asociado, proporcionando toda la información que requiera la Cooperativa, así como dar las referencias exigidas y aceptar que se efectúen las averiguaciones para la debida confirmación de los datos suministrados.

37 ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión.
ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 5. Presentar las pruebas que permitan calificar sus conocimientos, aptitudes e idoneidad, así como comprometerse a asistir a los eventos de inducción previa a la vinculación que pueda establecer la Cooperativa tanto para el conocimiento de ella, su filosofía y regulación. 6. Acreditar curso básico de economía solidaria, con una intensidad no inferior a veinte (20) horas, mediante la presentación de certificado expedido por una entidad debidamente autorizada para impartirla con énfasis o aval en trabajo asociado, o comprometerse a adquirirlo por sus propios medios a más tardar en los tres (3) primeros meses posteriores a su ingreso, conforme a los programas, lineamientos y términos que establezca la Cooperativa.

38 ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión.
ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 7. Comprometerse a cumplir las obligaciones estatutarias y reglamentarias de toda índole, especialmente las que surgen de su relación de trabajador asociado. 8. Comprometerse a pagar por una sola vez, al momento del ingreso, una contribución que se destinara a un fondo social específico el cual será reglamentado por el Consejo de Administración, cuyo monto será equivalente a tres (3) días de un smmlv, aproximado al mil más cercano y no será reembolsado al asociado. El tiempo máximo que tiene el trabajador asociado para pagar será hasta de 4 meses.

39 ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión.
ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 9. Comprometerse a pagar un aporte mensual, que será una suma equivalente mínimo al dos (2%) por ciento de la compensación ordinaria. Para el caso de los asociados cesantes deberán comprometerse a pagar un aporte mensual mínimo de (2%) por ciento de un SMLMV que será reintegrado en el momento de la desvinculación como asociado a la cooperativa. 10. Los demás que exija y estipule el Régimen de Trabajo Asociado.

40 ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 1. Utilizar los servicios de AGM SALUD C.T.A. 2. Participar en las actividades generales de AGM SALUD C.T.A. y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales, así como en la planeación, organización, control y evolución de su trabajo y su área de trabajo. 3. Ser informados de la gestión de AGM SALUD C.T.A., que implica la organización administrativa, sus desarrollos técnicos, avances y perspectivas de la actividad empresarial, la situación económica y financiera y sus resultados, así como cualquier proyecto o decisión de trascendencia para el futuro de la Cooperativa. 4. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales y en los demás eventos democráticos.

41 ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 5. Presentar proyectos y recomendaciones y demás iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de AGM SALUD C.T.A. y en especial de las actividades que se relacionen con su área de trabajo. 6. Inspeccionar la gestión de AGM SALUD C.T.A. en las condiciones, oportunidad y términos previstos por el presente estatuto y los reglamentos. 7. Presentar quejas fundamentadas o solicitudes de investigación o comprobación de hechos que puedan configurar infracciones o irregularidades en AGM SALUD C.T.A., ante las personas y organismos competentes. 8. Estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y gozar de los servicios de bienestar social que a través de otras entidades o directamente tenga establecidos AGM SALUD C.T.A. para los trabajadores asociados.

42 ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 9. Tener acceso a la formación y capacitación que ofrezca AGM SALUD C.T.A., bajo los términos y condiciones que esta señale. 10. Recibir todos los beneficios que se derivan de la condición de trabajador asociado. 11. Retirarse voluntariamente de AGM SALUD C.T.A. 12. Los demás que resulten de la Ley, el estatuto, los regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones y demás reglamentos.

43 ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 1. Adquirir conocimiento sobre los Principios Básicos del Cooperativismo, características del Acuerdo Cooperativo y el trabajo asociado, el presente estatuto, los regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones y demás reglamentos. 2. Cumplir las obligaciones derivadas del Acuerdo Cooperativo y los compromisos económicos, sociales y de toda índole para el desarrollo del objeto social de AGM SALUD C.T.A. 3. Comprometerse a pagar un aporte mensual, que será una suma equivalente mínimo al dos (2%) por ciento de la compensación ordinaria. Para el caso de los asociados cesantes deberán comprometerse a pagar un aporte mensual mínimo de (2%) por ciento de un SMLMV. El valor de este aporte será devuelto en el momento en que el asociado se retire o desvincule de la cooperativa.

44 ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 4. Aceptar y cumplir las determinaciones que los órganos de administración y vigilancia que la Cooperativa adopte conforme al estatuto, los regímenes y demás reglamentos. 5. Comportarse solidariamente en sus relaciones con AGM SALUD C.T.A. y con los asociados de la misma. 6. Abstenerse de efectuar actos inapropiados o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de AGM SALUD C.T.A., sus asociados o directivos. 7. Ejecutar personalmente con oportunidad, pericia, interés, esfuerzo, eficiencia, honestidad, responsabilidad y lealtad la contribución personal de trabajo que se le asigne y someterse a las disposiciones reglamentarias del mismo.

45 ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 8. Acatar la autoridad y dirección en las relaciones de la contribución personal de trabajo conforme a los órganos de administración establecidos en el Régimen de Trabajo Asociado. 9. Guardar prudencia y discreción en materias política, racial, religiosa o de género en sus relaciones internas con AGM SALUD C.T.A. y evitar actuaciones en estos temas que la afecten. 10. Suministrar los informes que AGM SALUD C.T.A. le solicite para el buen desarrollo de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio o de residencia. 11. Asistir a las reuniones, a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias y demás eventos a los cuales sea convocado; desempeñar fielmente los cargos de dirección y control en AGM SALUD C.T.A. para los que sea elegido o nombrado.

46 ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 12. Participar en los programas de educación cooperativa, capacitación general y de trabajo. 13. Abstenerse de utilizar o hacer uso de los bienes materiales o económicos de AGM SALUD C.T.A. o de los que estén a cargo de ésta, para beneficio personal o a favor de terceros. 14. Responder económicamente por las pérdidas de dineros y demás bienes de AGM SALUD C.T.A. y los que estén bajo su manejo y responsabilidad. 15. Prestar la colaboración y solidaridad posible en casos de siniestro o riesgo inminente que afecten o amenacen a las personas o los bienes de AGM SALUD C.T.A. así como en emergencias de trabajo, siempre que exista conocimiento previo de tales situaciones.

47 ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados.
ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 16. Utilizar en todas sus relaciones con AGM SALUD C.T.A. el conducto regular, entendiéndose por éste las competencias, órganos de administración y procedimientos que para cada caso se hayan señalado. 17. Mantener buena relaciones interpersonales basadas en cordialidad, respeto calidez con compañeros y/o superiores y personal externo. 18. Mantener la adecuada presentación personal, porte y actitud para brindar un excelente servicio 19. Las demás que se deriven de la relación cooperativa-asociado.

48 ARTÍCULO 14. Pérdida de la calidad de asociado
ESTATUTO ARTÍCULO 14. Pérdida de la calidad de asociado La calidad del asociado de AGM SALUD C.T.A. se pierde por: 1. Retiro voluntario. 2. Muerte. 3. Exclusión.

49 REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO
DISPOSICIONES GENERALES CONDICIONES O REQUISITOS PARTICULARES PARA LA ASOCIACION DEL TRABAJADOR ASOCIADO JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO ASOCIADO DESCANSOS, PERMISOS Y DEMÁS AUSENCIAS PERMISOS Y LICENCIAS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES

50 REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO
PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES TERMINACION DEL VÍNCULO DEL TRABAJO ASOCIADO DERECHOS ECONÓMICOS DISPOSICIONES EN SALUD OCUPACIONAL, RIESGOS PROFESIONALES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTES DE TRABAJO SOLUCION DE CONFLICTOS

51 REGIMEN DE COMPENSACIONES
DISPOSICIONES GENERALES Tipos de Ingresos de los Trabajadores Asociados Compensaciones Ingresos que no constituyen compensación Libertad de acuerdo Forma de Pago Entrega del pago a terceras personas y por fallecimiento del asociado Jornada Ordinaria Trabajo Ordinario Diurno y Nocturno

52 REGIMEN DE COMPENSACIONES
MODALIDADES DE COMPENSACIONES Compensacion Ordinaria Compensación de descanso dominical y de días de descanso obligatorio. Compensaciones Extraordinarias Fija Variable Periodicidad Tiempo suplementario en día ordinario Trabajo en días de descanso obligatorio - Dominicales y Festivos Descanso anual compensado Recargo Nocturno

53 REGIMEN DE COMPENSACIONES
BENEFICIOS, AUXILIOS Y OTROS PAGOS QUE NO CONSTITUYEN COMPENSACIÓN Auxilio Semestral Auxilio Anual Beneficio de Transporte Beneficio de Alimentación Beneficio de Educación Beneficio de Vivienda Beneficio de Salud Beneficio de Bienestar ELEMENTOS DE TRABAJO Y UNIFORMES DEDUCCIONES Y RETENCIONES DISPOSICIONES FINALES

54 COMPARATIVO ENTRE REGIMEN DE COMPENSACIONES Y REGIMEN LABORAL LABORAL
COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO SUELDOS COMPENSACION ORDINARIA HORAS EXTRAS Y RECARGOS TIEMPO SUPLEMENTARIO COMISIONES COMPENSACION VARIABLE AUXILIO DE TRANSPORTE AYUDA PARA EL TRANSPORTE CESANTIAS COMPENSACION ANUAL DIFERIDA PRIMA DE SERVICIOS COMPENSACION SEMESTRAL VACACIONES DESCANSO ANUAL COMPENSADO PRIMAS EXTRALEGALES COMPENSACION EXTRAORDINARIA

55 ÓRGANOS DE UNA COOPERATIVA
ADMINISTRACIÓN CONTROL Y VIGILANCIA ASAMBLEA GENERAL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN JUNTA DE VIGILANCIA REVISOR FISCAL GERENTE

56 ASAMBLEA GENERAL - La asamblea general es el órgano máximo de administración de las cooperativas Sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que hayan sido adoptadas de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados elegidos por éstos.

57 ASOCIADOS HÁBILES COOPERATIVAS
Son asociado hábiles, para efectos de asistir a las asambleas, los: Inscritos en el registro social, que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con los estatutos o reglamentos.

58 Según los asuntos a tratar:
CLASES DE ASAMBLEAS De constitución Ordinarias Según los asuntos a tratar: Extraordinarias De disolución

59 ASUNTOS IMPREVISTOS URGENTES IMPOSTERGABLES
CLASES DE ASAMBLEAS ASAMBLEA EXTRAORDINARIA ASAMBLEA ORDINARIA CUALQUIER EPOCA DEL AÑO 3 PRIMEROS MESES DEL AÑO ASUNTOS IMPREVISTOS URGENTES IMPOSTERGABLES FUNCIONES REGULARES

60 ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS
ASAMBLEA DE DELEGADOS Debe preverse en los estatutos No. de asociados Domicilios difer. Onerosa ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS Consejo reglamenta elección de delegados El número mínimo de delegados será de veinte. Se eligen para el período que determine el estatuto

61 CLASES DE ASAMBLEAS De asociados Según los asistentes: De delegados Universales

62 Según el medio de celebración
CLASES DE ASAMBLEAS Presenciales Según el medio de celebración No presenciales En las asambleas de cooperativas no es posible la representación mediante poderes.

63 Funciones de la Asamblea General
1. Establecer las políticas y directrices generales de la Cooperativa para el cumplimiento del objeto social. 2. Aprobar y reformar el régimen de trabajo asociado y compensaciones. 3. Reformar los estatutos. 4. Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia. 5. Aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio. 6. Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en la ley y el presente estatuto. 7. Fijar aportes extraordinarios o cuotas especiales para fines determinados y que obliguen a todos los trabajadores asociados.

64 Funciones de la Asamblea General
8. Elegir y remover los miembros del Consejo de Administración y de la Junta de Vigilancia, conforme el presente estatuto. 9. Conocer la responsabilidad de los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia, y si es el caso, decidir en única instancia las sanciones a que haya lugar. 10. Dirimir los conflictos que puedan presentarse entre el Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia y tomar las medidas del caso. 11. Nombrar a los miembros del Comité de Apelaciones.

65 Funciones de la Asamblea General
12. Decidir sobre la amortización total o parcial de las aportaciones hechas por los trabajadores asociados. 13. Acordar la fusión o incorporación a otras entidades de igual naturaleza, la escisión o la transformación en una nueva entidad de naturaleza similar. 14. Aprobar su propio reglamento. 15. Disolver y ordenar la liquidación de la Cooperativa. 16. Las demás que le señale la ley y el presente estatuto.

66 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Integrado por tres (3) miembros principales y un (1) miembro suplente. Elegidos para periodos de dos (2) años contados a partir del momento en que sean elegidos por la asamblea y no podrán ser reelegidos por más de dos (2) periodos consecutivos. Requisitos para la elección de los miembros del Consejo de Administración 1. Ser asociado hábil de AGM SALUD C.T.A. con una antigüedad no menor a dos (2) años ininterrumpidos o ser socio fundador.

67 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Requisitos para la elección de los miembros del Consejo de Administración 2. Acreditar haber recibido educación cooperativa y de economía solidaria básica, con énfasis en trabajo asociado y tener conocimientos en administración cooperativa, bien sea mediante formación profesional o por la participación en cursos o seminarios especializados mínimo de ochenta (80) horas, debidamente certificados por una institución autorizada para impartirlos 3. Tener experiencia en el desempeño de cargos de dirección, por haber hecho parte de órganos de administración o de control social ya sea en otras empresas solidarias o de carácter privado.

68 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Requisitos para la elección de los miembros del Consejo de Administración 4. No haber sido sancionado durante el año anterior, por incumplimiento a sus deberes de trabajo asociado, o suspendido de servicios o derechos, por la cooperativa o sancionado por alguno de los órganos que ejercen vigilancia y control sobre la misma. 5. No estar incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas por el presente estatuto o la ley. 6. Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delitos comunes, ni encontrarse bajo declaratoria de inhabilidad para el desempeño de cargos en entidades del Sector Cooperativo. 7. Gozar de buena honorabilidad, en el manejo de fondos y bienes de entidades cooperativas o de otra índole.

69 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 1. Adoptar su propio reglamento y elegir a sus dignatarios. 2. Cumplir y hacer cumplir el estatuto, los reglamentos y mandatos de la Asamblea General. 3. Implementar los planes y programas de desarrollo de la Cooperativa, buscando que se preste el mayor servicio posible a los asociados y el desarrollo armónico de la misma. 4. Estudiar y adoptar el proyecto de presupuesto del ejercicio económico que presente a su consideración la Gerencia y velar por su adecuada ejecución. 5. Expedir las normas que considere convenientes y necesarias para la dirección y organización de AGM SALUD C.T.A. y el cabal logro de sus fines.

70 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 6. Expedir las reglamentaciones de los diferentes servicios, así como los plazos, cuantías de pago y gastos de administración de las obligaciones que surjan de la prestación de los mismos. 7. Aprobar la estructura administrativa, la planta de cargos de AGM SALUD C.T.A. 8. Establecer las políticas y procedimientos particulares que se requieran para la debida aplicación de los Regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones. 9. Revisar la escala de compensaciones para retribuir el trabajo de los trabajadores asociados. 10. Elegir el comité de apelaciones, elaborar y aprobar su reglamento con número de integrantes y periodo.

71 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 11. Convocar a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria y presentar el proyecto de orden del día y reglamento de la misma. 12. Nombrar y remover al Gerente y a su suplente. 13. Autorizar al Gerente en cada caso cuando deba realizar operaciones para comprar, vender, permutar, gravar, arrendar, o tomar en arriendo bienes inmuebles a nombre de AGM SALUD C.T.A. 14. Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales y autorizar al Gerente para transigir cualquier litigio que tenga la Cooperativa.

72 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 15. Examinar los informes que le presente la Gerencia, pronunciarse sobre ellos y sobre los demás informes que solicite de otros asociados directivos que considere convenientes; así como conocer las mociones, medidas requeridas y pronunciamientos de la Revisoría Fiscal y la Junta de Vigilancia. 16. Aprobar o improbar el ingreso de los asociados; imponerles las sanciones que le corresponden de acuerdo al presente estatuto y los reglamentos y decretar su exclusión. 17. Aprobar o improbar los estados financieros intermedios que se sometan a su consideración. 18. Resolver sobre la afiliación a otras entidades, o sobre la participación en la constitución de nuevas.

73 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 19. Organizar los comités permanentes y comisiones transitorias que sean de su competencia, reglamentar su funcionamiento y designar los miembros de los mismos. 20. Señalar las características de los seguros que deben amparar los bienes y las actividades de AGM SALUD C.T.A. y fijar cuantía y condiciones de las pólizas de manejo que deben constituir el Gerente y quienes desempeñan cargos de responsabilidad y manejo. 21. Informar a los asociados de manera periódica sobre su gestión administrativa, financiera, económica y social.

74 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Funciones 22. Rendir en forma independiente o en asocio con el Gerente informes a la Asamblea General sobre las actividades realizadas durante el ejercicio y presentar un proyecto de destinación de los excedentes si los hubiere. 23. Aprobar el ascenso de trabajadores asociados. 24. Autorizar al gerente para celebrar contratos y en general para efectuar acciones financieras cuando pasen de 20 SMMLV. 25. En general ejercer todas aquellas funciones que le correspondan y que tengan relación con la dirección permanente sobre AGM SALUD C.T.A., no asignadas expresamente a otros órganos por la ley o el presente estatuto.

75 GERENTE Es el representante legal de la Cooperativa, principal ejecutor de las decisiones de la Asamblea General y del Consejo de Administración. Ejecutará sus funciones bajo la supervisión inmediata del Consejo de Administración y es responsable ante éste y ante la Asamblea General por la marcha de la Cooperativa. Será elegido por el Consejo de Administración, sin perjuicio de poder ser removido libremente en cualquier tiempo por dicho organismo; en concordancia con las normas legales vigentes.

76 GERENTE Funciones 1. Ejecutar las decisiones, acuerdos y orientaciones de la Asamblea General y del Consejo de Administración, así como supervisar el funcionamiento de AGM SALUD C.T.A., la prestación de los servicios, el desarrollo de los programas, cuidar de la debida y oportuna ejecución de las operaciones y su contabilización y velar porque los bienes y valores se hallen adecuadamente protegidos. 2. Proponer las políticas administrativas de la Cooperativa, los planes y programas para el desarrollo empresarial y preparar los proyectos y presupuestos que serán sometidos a consideración del Consejo de Administración.

77 GERENTE Funciones 2. Proponer las políticas administrativas de la Cooperativa, los planes y programas para el desarrollo empresarial y preparar los proyectos y presupuestos que serán sometidos a consideración del Consejo de Administración. 3. Rendir periódicamente al Consejo de Administración, por lo menos una vez al mes, los informes relativos al funcionamiento general de la Cooperativa, su situación económica y financiera; así como presentarle periódicamente informes sobre la ejecución de los diferentes proyectos que integran el plan de desarrollo de la entidad. 4. Gestionar y realizar negociaciones de financiamiento y de asistencia técnica cuando éstas se requieran en el cumplimiento del objetivo social y para la ejecución del plan de desarrollo de AGM SALUD C.T.A.

78 GERENTE Funciones 5. Realizar la dirección general de las relaciones de trabajo con los asociados y demás personal que trabaje en AGM SALUD C.T.A. 6. Coordinar la información general que deben recibir los trabajadores asociados, así como la relativa a los servicios complementarios del trabajo asociado y demás asuntos de interés. 7. Celebrar contratos y todo tipo de negocios dentro del giro ordinario de las actividades de AGM SALUD C.T.A. y cuya cuantía individual no exceda al equivalente a 500 SMLMV. 8. Celebrar, previa autorización expresa del Consejo de Administración, los contratos relacionados con la adquisición, venta y constitución de garantías reales sobre inmuebles o específicas sobre otros bienes y cuando el monto de otros contratos exceda la cuantía de sus facultades.

79 GERENTE Funciones 9. Ordenar los gastos ordinarios y extraordinarios de acuerdo con el presupuesto y las facultades especiales que para el efecto se le otorguen por parte del Consejo de Administración. 10. Celebrar previa autorización del Consejo de Administración, convenios con diferentes entidades que permitan brindar en las mejores condiciones servicios complementarios a los asociados. 11. Ejercer por sí mismo o mediante apoderado especial la representación judicial o extrajudicial de AGM SALUD C.T.A. 12. Dirigir las relaciones públicas de AGM SALUD C.T.A., en especial con las organizaciones del Sector Cooperativo y de Economía Solidaria y propiciar la comunicación permanente con los trabajadores asociados.

80 GERENTE Funciones 12. Dirigir las relaciones públicas de AGM SALUD C.T.A., en especial con las organizaciones del Sector Cooperativo y de Economía Solidaria y propiciar la comunicación permanente con los trabajadores asociados. 13. Velar por el cumplimiento de los deberes de los trabajadores asociados y no asociados y aplicar las sanciones disciplinarias que expresamente le determinen los reglamentos. 14. Preparar el informe anual sobre la gestión de la administración y los resultados financieros para ser presentado a la asamblea general conjunta o separadamente con el consejo de administración.

81 JUNTA DE VIGILANCIA Organo de Control Social La Junta de Vigilancia es el órgano que tiene a su cargo velar por el correcto funcionamiento y eficiente administración de AGM SALUD C.T.A., referido al control social. Estará integrada por dos (2) asociados hábiles con sus respectivos suplentes, para un periodo de dos (2) años contados a partir del momento en que sean elegidos por la asamblea general, sin perjuicio que puedan ser reelegidos o removidos libremente y responderán ante ella por el cumplimiento de sus deberes, dentro de los límites de la Ley y del presente Estatuto.

82 JUNTA DE VIGILANCIA Funciones
1. Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias y en especial a los principios y valores cooperativos. 2. Informar a los órganos de Administración, al Revisor Fiscal y a la Entidad Estatal de inspección y vigilancia sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento de AGM SALUD C.T.A. y presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deben adoptarse. 3. Conocer los reclamos que por escrito presenten los asociados en relación con la prestación de los servicios, transmitirlos y solicitar los correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad.

83 JUNTA DE VIGILANCIA Funciones
4. Hacer llamados de atención a los asociados cuando incumplan los deberes consagrados en la ley, los estatutos, regímenes, reglamentos y velar porque el órgano competente se ajuste al procedimiento establecido para el efecto. 5. Llevar adecuadamente el libro de actas correspondientes a sus reuniones y actuaciones. 6. Adelantar las investigaciones disciplinarias a los asociados, garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa. 7. Hacer seguimiento semestral a las quejas presentadas por los asociados ante el consejo de administración o el representante legal, con el fin de verificar la atención de las mismas.

84 JUNTA DE VIGILANCIA Funciones
8. Revisar mínimo una vez en el semestre, los libros de actas de los órganos de administración, con el objeto de verificar que las decisiones tomadas por estos se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias. 9. Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles para poder participar en las Asambleas o para elegir delegados. 10. Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General Ordinaria. 11. Convocar a la Asamblea General en los casos establecidos en el presente estatuto. 12. Verificar la correcta aplicación de los recursos destinados a los fondos sociales legales de Educación y Solidaridad. 13. Expedir su propio reglamento

85 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 60. INCOMPATIBILIDADES DE LOS MIEMBROS DE JUNTAS DE VIGILANCIA Y CONSEJOS DE ADMINISTRACION. Los miembros de las Juntas de Vigilancia no podrán ser simultáneamente miembros del Consejo de Administración de la misma cooperativa, ni llevar asuntos de la entidad en calidad de empleado o de asesor. Los miembros del Consejo de Administración no podrán celebrar contratos de prestación de servicios o de asesoría con la entidad.

86 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 60. INCOMPATIBILIDADES DE LOS MIEMBROS DE JUNTAS DE VIGILANCIA Y CONSEJOS DE ADMINISTRACION. PARAGRAFO 1o. Los cónyuges, compañeros permanentes, y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad y primero civil de los miembros de la Junta de Vigilancia, del consejo de administración, del representante legal o del secretario general de una cooperativa tampoco, podrán celebrar contratos de prestación de servicios o de asesoría con esa cooperativa. PARAGRAFO 2o. Lo dispuesto en el primer inciso de este artículo no rige para las cooperativas de trabajo asociado.

87 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 61. OPERACIONES CON ASOCIADOS, ADMINISTRADORES, MIEMBROS DE LAS JUNTAS DE VIGILANCIA Y SUS PARIENTES. Las operaciones de crédito realizadas con las siguientes personas o entidades requerirán de un número de votos favorables, que en ningún caso resulte inferior a las cuatro quintas (4/5) partes de la composición del respectivo Consejo de Administración de las cooperativas con actividad financiera: 1. Asociados titulares del cinco por ciento (5%) o más de los aportes sociales. 2. Miembros de los consejos de administración. 3. Miembros de la junta de vigilancia.

88 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 61. OPERACIONES CON ASOCIADOS, ADMINISTRADORES, MIEMBROS DE LAS JUNTAS DE VIGILANCIA Y SUS PARIENTES. 4. Representantes Legales. 5. Las personas jurídicas de las cuales los anteriores sean administradores o miembros de junta de vigilancia. 6. Los cónyuges y parientes hasta segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de las personas señaladas en los numerales anteriores. En el acta de la correspondiente reunión se dejará constancia, además, de haberse verificado el cumplimiento de las normas sobre límites al otorgamiento de crédito o cupos máximos de endeudamiento o de concentración de riesgos vigentes en la fecha de aprobación de la operación, en aquellas entidades obligadas a cumplir estas exigencias.

89 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
ARTICULO 61. OPERACIONES CON ASOCIADOS, ADMINISTRADORES, MIEMBROS DE LAS JUNTAS DE VIGILANCIA Y SUS PARIENTES. En estas operaciones no podrán convenirse condiciones diferentes a las que generalmente utiliza la entidad para con los asociados, según el tipo de operación, salvo las que celebren para atender las necesidades de salud, educación, vivienda y transporte de acuerdo con los reglamentos que para tal efecto previamente determine el consejo de administración. Serán personal y administrativamente responsables los miembros del Consejo de Administración que aprueben operaciones en condiciones contrarias a las disposiciones legales y estatutarias sobre la materia.

90 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Artículo 148. Las cooperativas, los titulares de sus órganos de administración y vigilancia y los liquidadores, serán responsables por los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento de las normas legales y estatutarias y se harán acreedores a las sanciones que más adelante se determinan, sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones. Artículo 149. Los miembros del consejo de administración y el gerente serán responsables por violación de la ley, los estatutos o los reglamentos. Los miembros del consejo serán eximidos de responsabilidad mediante la prueba de no haber participado en la reunión o de haber salvado expresamente su voto.

91 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Artículo 150. Los terceros serán igualmente responsables y se les aplicarán las sanciones previstas en la ley, por el uso indebido de la denominación "Cooperativa", "Cooperativo" o la abreviatura "Coop". o por actos que impliquen aprovechamiento de derechos y exenciones concedidas a las cooperativas.

92 DIRECCION, CONTROL Y COMITES DE APOYO
Consejo de Administración Junta de vigilancia Revisoría Fiscal Gerencia Comité de Educación Comité de Solidaridad

93 EL PESEMS ES: Es el proyecto transversal, que soporta, como proceso permanente la ejecución del plan de desarrollo desde sus diversos, entrelazados e interdependientes procesos, procedimientos, actividades y ámbitos: Administrativa Contable Financiera Técnica Tecnológica Formación Promoción Capacitación Investigación Asistencia Técnica

94 EL PESEMS ES PARA: Soportar el plan de desarrollo desde la alimentación, retroalimentación y reorientación de procesos, de manera dinámica, permanente, progresiva, oportuna y pertinente.

95 EL PLAN DE DESARROLLO ES PARA:
Potencionar talentos, recursos y esfuerzos; guiados por la visión, principios y políticas, en pro de lograr la misión o razón de ser social, económica y cultural de la empresa.

96 EL PLAN DE DESARROLLO Y EL PESEM SE HACEN:
Con y para la comunidad empresarial, en procesos permanentes, oportunos, pertinentes y progresivos de investigación, planeación, gestión y evaluación participativos.

97 Régimen Económico Individuales Aportes sociales Amortizados Reservas
Patrimonio Fondos de destinación especifica Superavit Resultado del ejercicio Resultado de ejercicios anteriores

98 Régimen Económico Patrimonio Aportes sociales individuales
Aportes Extraordinarios Revalorización de aportes Amortización de aportes sociales Monto mínimo de aportes sociales irreducibles Devolución de aportes por retiro del asociado Reservas Fondos Límite de aportes sociales individuales Participación en las Pérdidas

99 Destinación de Excedentes
Reserva proteccion de aportes minimo 20% Fondo de educacion minimo 20% Fondo de solidaridad minimo 10% Remanente segun decision de Asamblea 1. Destinándolo para la revalorización de aportes, teniendo en cuenta las alteraciones en su valor real. 2. Destinándolo para servicios comunes y seguridad social. 3. Retornándolo a los trabajadores asociados en relación con el uso de los servicios o la participación en el trabajo. 4. Destinándolo a un fondo para amortización de aportes sociales de los trabajadores asociados. El excedente de AGM SALUD C.T.A.se aplicará en primer término a compensar pérdidas de ejercicios anteriores y a restablecer el nivel de la reserva de protección de aportes sociales cuando ésta se hubiere empleado para compensar pérdidas.

100 SITUACION TRIBUTARIA RETEFUENTE CONTRIBUYENTES - RÉGIMEN ESPECIAL
- Ley 223/ Ley 788/ / Dec.124/97 RENTA - NO contribuye, si distribuye excedentes operacionales, según Art. 54 Ley 79/88, Art. 10 Ley 788/02 y Ley 863/03 RETEFUENTE - No son Sujetos Pasivos SI Agentes Retenedores - Internamente se aplica = que a los trabajadores dependientes

101 SITUACION TRIBUTARIA I.C.A. I.V.A. Impuesto múltiple
X (x) 1000 sobre Ingresos Brutos I.V.A. Aplica al consumo de Bs o Ss gravados Salvo el componente destinado a compensación por el trabajo (compensación) aplica igual que a las demás empresas. Ley en tarifa del 1,6%

102 Principios Generales de Administración
EMPRESA Unidad productiva Recibe recursos o insumos Gestionándolos y transformándolos en bienes y/o servicios de mayor valor para satisfacer necesidades. Fuente de riqueza

103 FUNDAMENTOS DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN ESTRATÉGICA
Corresponde principalmente en responder las siguientes preguntas: ¿Dónde queremos ir? ¿Dónde estamos? ¿A dónde debemos ir? ¿A donde podemos ir? ¿A dónde iremos? ¿Cómo estamos llegando a nuestras metas?

104 Proceso Administrativo
PLANEACIÓN Previsión del futuro ORGANIZACIÓN Estructuración de la empresa y su gestión DIRECCIÓN Orientación de la Gestión CONTROL Evaluación, verificación y ajuste EJECUCIÓN Implementación de las decisiones

105 Proyección Empresarial
Manuel Ricardo Rodríguez B. Noviembre 24 de 2012

106 “No se trata sólo de darle a la gente pescado, ni de sólo enseñarle a pescar, se trata de apoyarla para que convierta el pescado en su empresa y lo ponga en el mercado, o sea en volver a la gente empresarios del pescado”

107 El Espíritu Empresarial es el combustible del crecimiento económico, del empleo y de la prosperidad

108 “En una forma u otra debemos empezar a preparar la gente joven para el trabajo, el cual es abundante - bien sea en una nueva organización creada por él o dentro de una organización existente - y no para el empleo, el cual siempre será escaso”. Malvin Feldman

109 Más y mejores empresas Líder empresarial Circunstancia Ser humano
Ambiente

110 LIDERES EMPRESARIALES
TRANSFORMACION CULTURAL EMPRESARIAL CULTURA EMPRESARIAL

111 Funcionarios Empresariales
Modelo Siglo XX Líderes Empresariales Modelo Siglo XXI

112 EDUCACION TRADICIONAL EDUCACION EMPRESARIAL
Ejecutivos, funcionarios, burócratas Lideres Empresariales Organizaciones en sus diversas etapas de desarrollo y en sus variados tamaños Organizaciones grandes y adultas. Empresas establecidas Crear empresas Adeptos y seguidores dependientes Lideres e innovadores independientes Buscadores de seguridad. Capaces de correr riesgos moderados.

113 EDUCACION TRADICIONAL EDUCACION EMPRESARIAL
Conocimientos Competencias empresariales Trabajo Empleo Dependientes Independientes Consumidores de Empleo Productores de empleo Productores de riqueza Productores de satisfacción Productores de valor Parte del problema. Parte de la solución.

114 ¿Por qué quieres emprender un negocio?
¿Por qué decidiste iniciar un negocio? “Por que me quedé sin trabajo y no tengo otra alternativa” “Porque no me gusta que me manden”. Porque he visto que otra persona empezó su negocio y gana mucho dinero. Porque mis padres siempre me han criado en el mundo de los negocios. Porque no quiero que otros se lleven el fruto de mi trabajo, sino yo mismo.

115 Cómo empiezan sus negocios la mayoría
Ven que otras personas tienen éxito en un negocio y se copian y se lanzan… No planifican. Improvisan Todo lo tienen en la cabeza y se “lanzan a la piscina” Por prueba y error: Prueban, se equivocan, corrigen. Así una y muchas veces más.

116 Consecuencias de improvisar un negocio
Estancamiento del negocio. Fracaso del negocio. El 75% de los nuevos negocios cierran antes de 2 años. El 20% cierran antes de los 5 años. Tienen éxito el 5%.

117 Cómo iniciar un negocio:
Escalera del emprendedor Hacer crecer Arrancar negocio Organizar negocio Conseguir los recursos Elaborar el Plan de negocio Tomar la Decisión Identificar Oportunidad de negocio Tener Vocación/ Gusto/Ganas

118 PROCESO EMPRESARIAL IDEAS IDEA DE EMPRESA OPORTUNIDAD DE EMPRESA
PLAN DE EMPRESA ARRANQUE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

119 Recursos financieros Recursos naturales Recursos humanos
Concepto/Modelo de Empresa Empresario Redes empresariales Tecnología Información entorno Oportunidad Clientes con pedido CDEE – Centro de Desarrollo del Espíritu Empresarial

120 3. ¿Cómo llegar hasta allí?
LA VISIÓN Y LA MISIÓN DE LA EMPRESA. OBJETIVOS Y METAS ESTRATEGIA 3. ¿Cómo llegar hasta allí? EMPRESA MAÑANA EMPRESA HOY 1. ¿Dónde estamos? 2. ¿Hacia dónde va la empresa? MISIÓN ¿A qué mercado nos vamos a dirigir? ¿Qué producto vamos a ofrecer? Tipo de consumidores Área geográfica Necesidad que satisface Tecnología a utilizar

121 MODELO DE PENSAMIENTO ESTRATÉGICO
VISIÓN Modelo de Pensamiento Estratégico ACCIÓN MISIÓN OBJETIVO

122 LA VISIÓN Y LA MISIÓN DE LA EMPRESA. OBJETIVOS Y METAS
Representa el propósito estratégico, la proyección mental en el presente de las expectativas de la empresa, sobre lo que quiere ser y hacer la organización. LA MISIÓN Representa la finalidad y función que conceptualiza a la organización, la naturaleza del negocio, por qué existe éste, a quién sirve y los principios y valores bajo los que se intenta funcionar. En el origen de la empresa, la misión es la forma de concretar la visión del emprendedor.

123 LA VISIÓN Y LA MISIÓN DE LA EMPRESA. OBJETIVOS Y METAS
Es la expresión concreta y operativa de lo que la empresa pretende alcanzar. Es “la guía en la consecución de los propósitos de la organización” (Bueno, 1996) ACCIÓN Es la concreción final de los objetivos, es decir, cualquier propósito a alcanzar en un horizonte determinado, definido en un momento y un espacio específicos

124 RELACIÓN MISIÓN-VISIÓN EN LOS DISTINTOS ESTADOS DE LA
ORGANIZACIÓN Creación Cambio VISIÓN MISIÓN Madurez Crisis

125 LA ESTRATEGIA BÁSICA Y SU REVISIÓN
En todo negocio existe una idea clave, un concepto central que está en la génesis del mismo y que condiciona su éxito o fracaso posterior. DEFINIR: A qué MERCADO nos vamos a dirigir (tipo de consumidores y área geográfica) Qué PRODUCTO se va a ofrecer (en función de la necesidad a satisfacer y la tecnología empleada) La misión corporativa es la definición de la propia empresa y de su(s) negocio(s), que debe perfilar tanto la línea del negocio (limitada o amplia) como la extensión del mismo (geográfica, productos, mercados).

126 “Hacer un plan de negocios
no garantiza el éxito, pero no hacerlo casi siempre asegura el fracaso”

127 MUCHAS GRACIAS


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