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Vivienda y Desarrollo Urbano

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Presentación del tema: "Vivienda y Desarrollo Urbano"— Transcripción de la presentación:

1 Vivienda y Desarrollo Urbano
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades (Fair Housing & Equal Opportunity)

2 Ley de Vivienda Equitativa
Título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968, según enmendada por la Ley de Vivienda Equitativa de 1988: Prohíbe el discrimen en la venta, alquiler, financiamiento o servicios de vivienda para garantizar un disfrute equitativo de la vivienda. Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973: Prohíbe se discrimine contra discapacitados en programas y servicios que reciban fondos federales.

3 Vivienda equitativa y Derechos civiles
La Ley de Vivienda Equitativa (Fair Housing Act) de prohibió el discrimen en el alquiler o venta de viviendas por razón de raza, color, religión y nacionalidad. En 1974, se añadió el discrimen por razón de género. La enmienda de 1988 añadió discapacidad y composición familiar a los grupos protegidos contra el discrimen. También estableció requisitos de diseño y construcción para asegurar que los discapacitados puedan acceder y disfrutar de su vivienda, pero sin imponerle requisitos irrazonables a los constructores, arrendadores o dueños de viviendas.

4 Ley de Vivienda Equitativa
Prohíbe discriminar en los términos, condiciones o servicios de venta o alquiler de vivienda por: Discapacidad; Raza o color; Origen nacional; Religión; Género; Composición familiar (menores de 18 años o mujeres embarazadas). No ampara a personas que sean una amenaza a la salud o seguridad ni a usuarios de sustancias controladas.

5 Discapacidad es... Cualquier condición física, mental o emocional que resulte de una enfermedad, lesión, condición congénita o desorden funcional que limite sustancialmente una o varias de las actividades del diario vivir. La discapacidad no se relaciona con la capacidad de una persona para adquirir, alquilar o mantener una propiedad. Implica tener un historial de clasificaciones de discapacidad o ser considerado como si tuviera una discapacidad.

6 La discapacidad física...
Problemas de movilidad Personas que usen silla de rueda, bastón o andador Problemas físicos que afecten el diario vivir Respiratorios, cardiovasculares, pulmonares, etc. Infección por VIH Visión o audición limitada Distrofia muscular

7 La discapacidad mental o emocional...
Retardación mental Enfermedad emocional o mental Depresión severa Discapacidad específica de aprendizaje Adicción a alcohol o drogas No incluye las drogas ilegales

8 ¿Qué vivienda protege la ley?
¡Protege a la MAYOR parte de las viviendas! Viviendas unifamiliares y multifamiliares Exime a viviendas de menos de 4 unidades en las que resida el dueño, vendidas o alquiladas sin un corredor de bienes raíces y operadas por organizaciones o clubes privados que limiten la ocupación a sus miembros. “Time shares” Dormitorios de estudiantes Solares destinados para la construcción de vivienda ¡Ampara a inquilinos y propietarios por igual!

9 La ley le aplica a... Proveedores de vivienda que reciban fondos de HUD o fondos federales Proveedores de vivienda privada Compañías administradoras de propiedades Corredores de bienes raíces Propietarios Asociaciones de residentes o titulares

10 También le aplica a... Gobierno estatal y municipal
Prestamistas hipotecarios Tasadores Compañías de construcción Aseguradoras de vivienda Desarrolladores, ingenieros y arquitectos Personas privadas que interfieran con los derechos civiles de otros

11 La ley no le aplica a... Viviendas individuales cuyo dueño es propietario de no más de 3 viviendas unifamiliares, que no usa corredor de bienes raíces ni publica anuncios discriminatorios y que no está en el negocio de venta y alquiler de vivienda. Habitaciones o unidades de vivienda a ser ocupadas por no más de 4 familias, si el dueño mantiene u ocupa una de esas habitaciones o unidades.

12 Tampoco le aplica a... Casas adquiridas u operadas por organizaciones religiosas con fines religiosos. Eximidas de la discriminación por motivos religiosos. Viviendas no comerciales de clubes privados. Casas en hileras de dos o más niveles sin elevador (“townhouse”).

13 ¿Qué prácticas prohíbe la ley?
Negarse a vender, alquilar o negociar sobre una vivienda. Hacer parecer que cierta vivienda no está disponible. Establecer términos, condiciones o privilegios diferentes para la venta o alquiler de una vivienda. Negar falsamente la existencia de viviendas en alquiler o venta.

14 La ley también prohíbe que…
Se persuada, con fines de lucro, a propietarios para que vendan o alquilen sus casas sugiriéndoles que personas de cierta raza, etc., se han mudado o se están mudando al vecindario (“blockbusting”). Se discrimine en los términos o condiciones o prohibirle acceso a membrecía o participación en una instalación o servicio relacionado al alquiler o venta de vivienda.

15 Se le puede preguntar a los solicitantes...
Su historial de empleo y salario actual Su historial de alquiler Pago de alquiler y de servicios de luz y agua Cuidado de la unidad y áreas aledañas Conducta pasada que haya afectado adversamente a los vecinos Sus antecedentes penales Acomodos razonables y modificaciones razonables que la persona necesita para disfrutar de su vivienda

16 Acomodo Razonable … …es un cambio a un reglamento, política o práctica para ofrecerle a un residente con discapacidad igual oportunidad para usar y disfrutar de su vivienda o área común. Es contra la ley el negarse a hacer un acomodo razonable, cuando el mismo es necesario.

17 Acomodo Razonable … Ejemplos de
Permitir animales de servicio o animales de asistencia emocional. Asignar un estacionamiento de impedidos. Proveer noticias en Braille, letras grandes, cinta auditiva o servicios de un intérprete. Proveer el acuerdo de renta y otros avisos en términos claros y simples. Proveer un recordatorio al principio del mes de que debe pagar la renta, si es pedido.

18 Modificación Razonable …
...es hacer cambios físicos a un apartamento o proyecto para el uso, disfrute y acceso de una persona con discapacidad. -Cuando se recibe subsidio de HUD, la modificación razonable la paga el proyecto.

19 Proveedores de viviendas NO necesitan
Modificación Razonable … Proveedores de viviendas NO necesitan …Hacer cambios que resulten en una alteración fundamental al programa o incurrir en responsabilidad financiera y administrativa excesiva. …Hacer cambios que requiera quitar o alterar paredes con carga.

20 Modificación Razonable …
Ejemplos de Modificación Razonable … -Timbre visual. -Ampliar entradas. -Construir una rampas. -Instalar barras en los baños. -Alzar la silla del inodoro. -Crear buzones accesibles. -Crear estacionamientos para impedidos. -Zafacones accesibles, etc.

21 Construcción de viviendas y el FHAct
Edificios ocupados después del 13 de marzo de 1991: Las áreas publicas y comunes tienen que ser accesibles; Las puertas y pasillos tienen que ser lo suficientemente anchos para las sillas de ruedas; Edificios con elevador de 4 o más unidades, ocupados después del 13 de marzo de 1991, las viviendas tienen que tener: Interruptores de luz, enchufes y otros controles accesibles; Cocinas y baños accesibles a personas en silla de ruedas; Paredes de baños reforzadas para instalar agarraderas. Excepción: En los edificios sin elevador, se limita a las unidades del primer piso.

22 Una vivienda accesible...
Tiene áreas públicas y comunes accesibles. Ejemplo: Estacionamientos para impedidos, amplios (96” ancho), asignados y cerca del apartamento. Provee puertas y pasillos lo suficientemente anchos como para pasar en silla de rueda. Modifica las políticas. Ejemplo: Permite que personas discapacitadas tengan animales de servicio o de asistencia emocional. Provee unidades: Adaptables; Accesibles.

23 Hostigamiento sexual en la vivienda Discrimen por sexo:
La Ley de Vivienda Equitativa no menciona el hostigamiento sexual. Pero, el discrimen por sexo sí incluye al hostigamiento sexual. No se puede hostigar sexualmente en la venta, alquiler o servicios relacionados a la vivienda, 42 USC § 3604.

24 Hostigamiento sexual en la vivienda Discrimen por sexo:
El dueño, arrendador o administrador de vivienda no puede interferir, coaccionar, amenazar o intimidar a los residentes que ejerzan sus derechos al amparo de la Ley de Vivienda Equitativa. En otras palabras, un dueño, arrendador o administrador no puede amenazar o intimidar a un residente que no desea recibir acercamientos sexuales, 42 USC § 3617.

25 Por ejemplo . . . Arturo, Administrador de un residencial público, insiste en invitar a Elena, una inquilina, a cenar. En todas las ocasiones ella se niega a salir con él y le ha pedido que deje de invitarla. ¿Puede interpretarse el comportamiento de Arturo como hostigamiento sexual, a pesar que entre Arturo y Elena no existe una relación supervisor-subordinada?

26 Por ejemplo . . . Manuel, el Administrador, frecuentemente hace chistes “coloraos” sobre la inquilina Ivette en reuniones de residentes. Ivette los encuentra graciosos y no le molestan, pero su mejor amiga y vecina, Arlene, los encuentra ofensivos. ¿Puede el comportamiento de Manuel constituir hostigamiento sexual, aunque él hace los chistes por diversión y su intención no es hostigar a nadie? ¿Puede Arlene, la vecina, sentirse hostigada aunque los chistes no iban dirigidos.a ella?

27 ¿Qué es hostigamiento sexual?
El requerimiento de favores sexuales o cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado. Una conducta verbal o física de naturaleza sexual cuando: El someterse a dicha conducta se convierte, de forma implícita o explícita, en un término o condición del arrendamiento de una vivienda.

28 ¿Qué es hostigamiento sexual?
El sometimiento o rechazo de la conducta del casero o administrador por parte del inquilino se convierte en el fundamento para la toma de decisiones adversas sobre su residencia. Esa conducta tiene el efecto o propósito de interferir de manera irrazonable con la permanencia en la vivienda cuando crea un ambiente intimidante, hostil u ofensivo.

29 Yo lo dije, pero mi intención no era ofender a nadie . . .

30 ¿Quién puede hostigar sexualmente? Dueños o arrendadores
Administradores, sus agentes o empleados Subordinados Suplidores Inspectores de vivienda Empleados de seguridad y mantenimiento

31 ¿Quién puede ser víctima?
La persona a quien se dirige la conducta Otros residentes de la misma unidad de vivienda Otros vecinos-residentes del complejo de vivienda No importa el sexo de hostigador ni de la víctima. El casero tiene la obligación de mantener un ambiente libre de hostigamiento y acoso.

32 Tipos de hostigamiento sexual
Quid pro quo Algo por algo. Dando y dando. El arrendador puede cumplir su amenaza o promesa de desalojo o de aumentar la renta. Incluye las manifestaciones simples como piropos y guiñadas; las expresiones sexuales más directas como los pellizcos y roces corporales; y los casos extremos de violencia física y emocional, como la violación.

33 Tipos de hostigamiento sexual
Ambiente hostil Conducta de naturaleza sexual no deseada que interfiere irrazonablemente con el alquiler o la permanencia de un residente en su vivienda. La creación de un ambiente intimidante, hostil u ofensivo depende de la frecuencia y severidad. Criterio: si la conducta es físicamente amenazante, humillante o interfiere irrazonablemente con el arrendamiento o la permanencia del inquilino.

34 Ejemplos . . . Comentarios sexuales o referencias inapropiadas al género. Preguntas, bromas o anécdotas relacionadas a la sexualidad o con la conducta sexual. Indagar o hacer comentarios sobre la actividad sexual o las experiencias sexuales. Despliegue, exhibición o comentarios sobre materiales de contenido sexual (calendarios, revistas pornográficas, etc.).

35 Responsabilidad del dueño
Responde el dueño por sus actuaciones y las actuaciones de sus agentes si sabía o debió haber sabido de la conducta de sus agentes y falló en tomar acción correctiva.

36 Recomendaciones a la víctima
Si ha sufrido acoso: Escriba qué sucedió, cuando, donde y el nombre del hostigador. Anote los nombres, las direcciones y los números de teléfono de todos los testigos y de otros inquilinos que hayan sido acosados. Guarde cualquier evidencia relacionada con el acoso sexual (notas, regalos, notificaciones sobre el aumento de renta, notificaciones de desalojo, etc.).

37 Recomendaciones a la víctima
Remedios: Demandar por hostigamiento sexual en el tribunal federal dentro de los dos (2) años de haber ocurrido el acto discriminatorio. Acudir a HUD y radicar una querella por discrimen dentro del año de haber ocurrido el evento.

38 Leyes de HUD . . . El Congreso ha delegado en HUD el deber de:
responder a las necesidades e intereses de las comunidades de la nación y de las personas que viven y trabajan en ellas, 42 USC § 3531. lograr que toda familia americana tenga un hogar decente y un entorno adecuado para la vivienda, 42 USC § 1441 y 12 USC § 1701t. proveerle a todo americano una vivienda decente, segura y sana, 42 USC § 1441.

39 Regla de Igualdad de Acceso
La regla garantiza que los programas de vivienda de HUD estén disponible a todas las personas y familias, irrespectivo de la orientación sexual, identidad de género o estado civil de cualquiera de los miembros de una familia.

40 Algunas definiciones . . . LGBT: lesbiana, gay, bisexual y transgénero
Orientación sexual: heterosexual, homosexual o bisexual, 24 CFR § Identidad de género: las características relacionadas al género, sean reales o percibidas, 24 CFR §

41 Cuatro cambios principales bajo la Regla de Igualdad de Acceso

42 Regla de Igualdad de Acceso
Prohíbe el discrimen por orientación sexual, identidad de género o estado civil en viviendas que reciben fondos o están aseguradas por HUD, 24 CFR § (a)(2)(i).

43 Por ejemplo . . . Una persona homosexual solicita para residir en un apartamento renovado con fondos de HUD. La persona lista a su pareja de su mismo sexo, como co-arrendatario. Ambos son elegibles, por ingreso y por no tener historial criminal. El administrador del edificio les dice que no los podrá aceptar, pues allí residen familias con niños.

44 Regla de Igualdad de Acceso
#2: Prohíbe inquirir sobre la orientación sexual o identidad de género Los dueños o administradores de vivienda que recibe fondos o está asegurada por HUD no pueden preguntar sobre la orientación sexual o identidad de género ni negar vivienda en base a ello, 24 CFR § (a)(2)(ii).

45 Excepciones a la regla #2: Prohíbe inquirir sobre la orientación sexual o identidad de género, PERO El solicitante puede ofrecer esta información de forma voluntaria y se puede preguntar en casos de vivienda temporera y/o de emergencia donde se comparten baños o dormitorios (i.e., albergues y refugios) o para determinar cuántos cuartos debe tener una familia.

46 Por ejemplo . . . Una mujer grande y fuerte entra a un albergue de mujeres buscando hospedaje y dice que es transgénero. El personal del albergue le dice que no pueden recibir a personas transgénero. Los albergues pueden segregar por sexo, pero no por orientación sexual o identidad de género. Al determinar cómo ubicar a la persona, hay que considerar su seguridad y comodidad.

47 Regla de Igualdad de Acceso
#3: Aclara la definición de familia y unidad familiar (household) Familia incluye, pero no se limita a: una persona sola; un grupo de personas que residan juntos, con o sin hijos o con menores temporeramente fuera por haber sido ubicados en un hogar o albergue, 24 CFR § La orientación sexual, identidad de género y/o estado civil es irrelevante.

48 Regla de Igualdad de Acceso
#3: Aclara la definición de familia y unidad familiar (household) Unidad familiar incluye: todas las personas que ocupan o conviven en una unidad de vivienda, sean una, dos o más familias y estén o no emparentadas entre sí, 24 CFR § La orientación sexual, identidad de género y/o estado civil es irrelevante.

49 Regla de Igualdad de Acceso
#4: Ingresos y pagos hipotecarios Las determinaciones de eligibilidad de ingreso: se tienen que hacer de forma uniforme; no pueden considerar a la composición familiar, el estado civil, la orientación sexual, la Identidad de género, la fuente de ingreso del deudor o ubicación de la propiedad, 24 CFR §

50 Regla vs. Ley de Vivienda Equitativa
Algunas violaciones a la regla también podrían violar a la Ley de Vivienda Equitativa: Si se discrimina contra alguien porque tiene o se piensa que tiene un estado civil, una orientación sexual o identidad de género distinta, se está discriminando contra la persona por no conformarse al estereotipo de su género. Al hacerlo, se discrimina por sexo y se viola a la regla y Ley de Vivienda Equitativa a la vez.

51 Uniform Federal Accessibility Standards (UFAS)
Establece estándares de construcción para las unidades de personas con impedimentos. Los estándares son para ser aplicados durante el momento del diseño, construcción y alteración de edificios y facilidades.

52 Estacionamiento para Personas Discapacitadas
-Debe medir 156”: El ancho del estacionamiento debe ser de 96” y la isleta de 60”. -Se puede colocar una sola Isleta en el medio de dos Estacionamientos de impedidos. El letrero del estacionamiento debe tener un alto de 60” del piso. Debe tener una rampa.

53 Puertas Tiradores, cerraduras, candados y otros dispositivos que funcionen en las puertas de acceso deben tener una forma que sea fácil de agarrar con una mano y que no requiera apretarse, torcerse o agarrarse. La fuerza máxima para empujar o tirar de la puerta será de 5 libras.

54 Baños Públicos Los cubículos de los inodoros serán de al menos 59” de profundidad y 60" a los lados. La barra ubicada en la parte de atrás del inodoro será de 36 “ de largo. Inodoros ubicados en cubículos tendrán una barra ubicada a los lados de al menos 40” de largo. Inodoros que no estén ubicados en cubículos tendrán una barra a los lados de la menos 42” de largo.

55 Baños Públicos Barras de apoyo deben montarse entre 33 "y 36" por encima del piso. Urinales tendrán un borde alargado de un máximo de 17 pulgadas sobre el espacio libre en el piso. Un espacio libre en el piso de 30” por 48” estará siempre delante de los urinales para permitir acceso hacia adelante.

56 Baños Públicos Lavamanos y espejos:
Un espacio libre en el piso 30” por 48” se dejará al frente del lavamanos para permitir acceso de frente. Tuberías de desagüe en los lavamanos serán aisladas o de otra manera cubiertas. Los espejos se montarán con el borde inferior de la superficie del mismo a no más de 40“ por encima del suelo. Gabinete se montará a no mas de 44” por encima del piso.

57 Baños de la Unidad Barras de Agarre en el inodoro: Barras laterales deberá ser de 42 "de largo. Barras ubicadas en la parte de atrás del inodoro será de al menos 36“. Las barras deben montarse entre 33" y 36” por encima del piso.

58 Baños de la Unidad El asiento del inodoro debe tener una altura máxima de 17” del piso. El dispensador de papel debe estar colocado 19“ del piso. El lavamanos debe ser no más de 34" por encima del piso y debe tener un espacio libre para las rodillas de 27” de alto.

59 Baños en la Unidad Duchas de transferencia: Debe tener una medida de 36 "x 36“. Debe tener silla de impedido colocada en la pared al frente de los controles y debe estar montada entre 17" y 19“ por encima del piso.

60 Baños en la Unidad “Roll in Showers”:
Deben tener una medida de 30"x 60“. Debe tener barras de apoyo en las tres paredes (laterales, espalda y la pared de control). Tuberías de desagüe en lavamanos deben estar aisladas o cubiertas. Espejos se montarás con el borde inferior de la superficie del mismo a una altura no superior a 40” del piso. Gabinete debe estar montado a una altura de no más de 44 "por encima del piso.

61 Baños en la Unidad Los grifos deben poder abrirse con una mano y sin tener que apretarse. Frente al lavamanos debe haber un espacio libre en el piso de 30"por 48“ para permitir acceso de frente.

62 Cocina Fregadero y “counters “ deben estar a una altura máxima de 34” por encima del piso. Los gabinetes deben estar colocados a una altura máxima será de 48”.

63 Cocina Área de trabajo: Debe ser una sección del “counter” de 30” mínimas con espacio libre para las rodillas de por lo menos 27“. Un espacio libre en el piso 30 pulgadas por 48 pulgadas permitirá enfoque hacia delante o hacia el lado del fregadero, estufa y refrigerador.

64 Proceso de querella De aceptar la querella, HUD le notifica al demandante y a los demandados. HUD investiga y determina si hay causa razonable para creer que se violó el FHAct. Si la investigación no se completa en 100 días, HUD explica las razones de dicha demora. Acuerdo de Conciliación. Oportunidad para que el demandante y demandado resuelvan voluntariamente la querella. HUD debe ser informado si el demandado viola el Acuerdo.

65 Informe Final Al concluir la investigación, HUD prepara un Informe Final donde resume los hechos. Si determina que hay causa razonable para creer que hubo discriminación, emitirá una Determinación de Causa Razonable y un Cargo de Discriminación contra la parte demandada. En 20 días, el demandante y los demandados deberán decidir si llevarán el caso ante un Juez Administrativo de HUD ó ante el Tribunal Federal de Distrito. Si no se deciden, HUD fijará una audiencia ante un Juez Administrativo .

66 Informe Final Si HUD determina que no hubo causa razonable para creer que se violó el FHAct, declarará la querella sin lugar y emitirá una Determinación de Inexistencia de Causa Razonable. El demandante podrá presentar una petición, por escrito, para que se haga una reconsideración del caso . También podrá instar una acción civil privada ante un Tribunal Federal de Distrito. Se debe instar dentro de los 2 años de haber ocurrido el alegado acto discriminatorio. No se cuenta en el período de 2 años

67 irma.g.perez-pillot@hud.gov ó
Alegato de discrimen en la vivienda Si un solicitante o participante alega que fue discriminado por razón de discapacidad, raza o color, origen nacional, género, composición familiar o religión... Refiéralo al X – 2034 y ó ó ó

68 La igualdad de oportunidades en la vivienda es un derecho.
235 Federico Costa St. Suite 200 San Juan, PR


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