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INTRODUCCION.

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1 INTRODUCCION

2 CONCEPTO Y ANTECEDENTES DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES

3 Antecedentes Ante la ocurrencia de los desastres provocados por la naturaleza, la respuesta del Gobierno Federal, así como de los Gobiernos Estatales y Municipales, obligaba a la reorientación del gasto para destinar recursos indispensables para reparar los daños sufridos y para atender a la población damnificada. Lo anterior ocasionaba que los programas normales de obras públicas no se cumplieran o sufrieran importantes disminuciones por falta de recursos, ya que éstos se destinaban a la reconstrucción de la infraestructura dañada o destruida por un fenómeno natural.

4 Antecedentes A partir de 1996 se constituyó dentro del Ramo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), con el propósito de atender de manera eficaz y oportuna los daños ocasionados a la infraestructura física pública no asegurable de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal. Inicialmente se trataba exclusivamente de un instrumento presupuestario manejado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que le proporcionaba recursos a las Dependencias Federales para la atención de los daños ocurridos a causa de un fenómeno natural. Fue hasta 1999 cuando se emitieron las primeras Reglas de Operación del FONDEN, las cuales han tenido a lo largo de los años diversas modificaciones para lograr que los procesos para acceder a los recursos del FONDEN sean realizados con la mayor eficiencia y oportunidad posible.

5 Evolución del FONDEN 1996 Se constituye dentro del Ramo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), con el propósito de atender la infraestructura física pública de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal afectada por un desastre natural. 2000 Las ROF de febrero de 2000 y sus reformas establecen la figura de la Declaratoria de Emergencia, los Comités Sectoriales de Evaluación de Daños y la constitución de los Fondos Estatales con los remanentes de los programas concluidos. 2002 1999 Las modificaciones durante los años 2001 y 2002, sólo precisaron algunas lagunas de sus predecesoras, sin existir una variación sustantiva. Con las primeras ROF se incorpora a la SEGOB en la atención de los desastres naturales, se regula el procedimiento de cuantificación y evaluación de los daños, así como de solicitud de recursos ante la CIGF.

6 Evolución del FONDEN 2003 2010 Las ROF de mayo de 2003 incorporan los anticipos de hasta un 40% de la coparticipación federal, sin necesidad de coparticipación estatal. Se elimina la coparticipación, las Dependencias y Entidades Federales ejecutarán hasta el 50% de obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal, previa celebración de convenios de coordinación. Se apoya y privilegia la EGIR. 2004 Con las ROF 2004 se transita de una centralización de funciones en la Federación a un fortalecimiento del Federalismo, corresponsabilizando a las entidades federativas que requieran recursos del FONDEN. 2009 En las ROF 2009 se da una simplificación de procesos, creación de nuevo mecanismo de apoyo inmediato (APIN), se fortalecen los esquemas de aseguramiento, se ajustan las coparticipaciones, se incrementa la cobertura en los sectores. 2006 Con las ROF 2006 se eliminan algunas etapas del proceso, a fin de que los recursos se autoricen en forma más expedita.

7 Principios Complementariedad Corresponsabilidad Oportunidad
Complementariedad: La primera instancia (municipio) y después la segunda (Estado) si se ven rebasados en su capacidad, entonces viene el apoyo del Fondo. Complementariedad Corresponsabilidad Corresponsabilidad: De los tres órdenes de gobierno, participando con recursos. Oportunidad: Principio de inmediatez, sin descuidar mecanismos de control y transparencia. Oportunidad Transparencia: Control de la ejecución de los recursos del FONDEN, a través de las instancias fiscalizadoras, promoviendo la participación de testigos sociales. Transparencia

8 Respuesta Fondo Revolvente FONDEN FONDEN Reconstrucción
EN PRESENCIA DEL FENÓMENO PERTURBADOR – DEFINIR NECESIDADES Fondo Revolvente FONDEN FONDEN Reconstrucción Salvaguardar a la población afectada. Atender daños materiales. DECLARATORIA DE EMERGENCIA DECLARATORIA DE DESASTRE RECURSOS PARA LA RECONSTRUCCION INSUMOS A LA POBLACIÓN Total erogado con cargo a cada instrumento, periodo

9 Recursos con cargo al FONDEN Autorizados por año
Estadísticas 2010 Recursos con cargo al FONDEN Autorizados por año Millones de pesos

10 $ 23,566.72 MDP* $ 9,462 MDP* Estadísticas 2010 Promedio de recursos
Autorizado durante el 2010 $ 23, MDP* $ 9,462 MDP* *es la suma de Fondo Revolvente y de FONDEN reconstrucción

11 Conclusión Resulta necesario e impostergable asegurar que se asignen a este programa federal los recursos suficientes que permitan concebir al mismo como un verdadero fondo de reservas, sustentable por si mismo y bondadoso con las finanzas públicas, que dé congruencia y solidez a los mecanismos con los que el Gobierno Federal enfrenta los daños sufridos a la infraestructura pública y la vivienda popular por la ocurrencia de los fenómenos naturales perturbadores.

12 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Reordenamiento del Documento REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS Las reglas de Operación del FONDEN se encuentran organizadas determinando cada una de las etapas del proceso, las definiciones normativas y mecanismos de control. Se definen los parámetros y alcances a través de las Reglas Generales del FONDEN y los procesos en los Lineamientos de operación Específicos del FONDEN que detallan la atención de cada uno de los sectores mediante sus Anexos debidamente actualizados y adecuados conforme a la nueva normatividad. Mayor orden y coherencia en el documento que faciliten su entendimiento y aplicación.

13 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Corroboración de Desastre Natural REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS La corroboración de desastre natural es emitida a más tardar dentro de los cuatro días hábiles siguientes de haberse recibido por parte de la Entidad Federativa. Una vez recibida la solicitud por parte de la Entidad Federativa, la Instancia Técnica Facultada emitirá su dictamen a más tardar en tres días hábiles. Se reduce el tiempo de respuesta a la instancia Técnica Facultada, garantizando una atención mas pronta a la Entidad Federativa para la atención del desastre natural.

14 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Inmediatez en la entrega de los recursos para la atención de los daños REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS No existía plazo para la autorización de los Apoyos Parciales Inmediatos. Lo cual generaba un retraso en la atención de las obras urgentes durante la etapa más crítica del desastre. Los Apoyos Parciales Inmediatos serán autorizados por la Unidad de Política en un término no mayor a 24 horas hábiles a partir del día siguiente de su recepción, y deberán ser ejecutados en un plazo no mayor a treinta días naturales. Con la definición de los plazos para la autorización y ejecución de los APIN, se atenderá de manera más oportuna las acciones prioritarias y urgentes derivadas por un fenómeno natural perturbador.

15 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Aseguramiento de los bienes públicos REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS Se prevé un esquema de apoyos técnico-económicos y asesoría para el diseño de un adecuado esquema de aseguramiento de los bienes de las entidades federativas. Se prevén tareas orientadas al desarrollo de una Estrategia Integral de Riesgos, que estarán relacionadas con la realización de inventarios, identificación de riesgos y vulnerabilidad y definición de administración y transferencia de los mismos, incluyendo medidas de prevención y mitigación. Las entidades federativas que aseguren sus bienes, podrán disponer de los recursos que reciban de parte de las aseguradoras para obras de reconstrucción, a fin de prevenir, reducir y controlar priorizada y permanentemente el riesgo en la Sociedad.

16 Apoyos para la Transferencia de Riesgos
Se Incrementan los porcentajes de apoyo para desarrollar un estrategia de Gestión Integral de Riesgos, disminuyendo la carga financiera a las Entidades Federativas: Porcentaje anterior Porcentaje nuevo Incremento Global Acciones para la Estrategia Identificación de Bienes 60% 70% Estudios de Riesgo 50% 70% 20% Definición del Esquema 40% 70% B. Se definen de manera mas clara los procesos tendientes al desarrollo de dicha estrategia.

17 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Coparticipación y Ejecución REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS Se homologan casi todos los apoyos del FONDEN para bienes a cargo de entidades federativas y municipios a un 50%, salvo infraestructura urbana que se apoya en un 40%, debiendo manifestar la Entidad Federativa su acuerdo para observar lo dispuesto por las reglas sobre todo a las formulas de coparticipación establecidas. La Federación ejecutara hasta el 50% de las obras de reconstrucción estatales y la Entidad Federativa será responsable del porcentaje de reconstrucción restante. Eliminación de la figura de coparticipación, tanto la Federación como la Entidad Federativa ejecutaran sus partes correspondientes, sin ninguna condicionante a que los recursos federales se ejerzan de manera concurrente con los recursos locales, lo anterior disminuye la carga financiera para entidades federativas y municipios.

18 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Apoyo a la infraestructura por segunda vez REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS Se aplica una disminución gradual de acuerdo al porcentaje de coparticipación y a las veces en que haya sido apoyada la infraestructura afectada ya sea de competencia federal o estatal. Estatal: En la primera ocasión en que solicite apoyo, se asignara hasta el 50% del monto total de reconstrucción, disminuyéndose en un 25% en la segunda solicitud. Federal: En la primera ocasión en que solicite apoyo, se asignara hasta el 100% del monto total de reconstrucción, disminuyéndose en un 50% en la segunda solicitud. En ambos casos, lo anterior no será aplicable siempre y cuando la infraestructura se encuentre asegurada. Se incentiva a las instancias responsables de los sectores afectados a que aseguren sus bienes, obteniendo benéficos por ello.

19 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Testigos Sociales REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS No previsto. Las Dependencias Federales encargadas de la ejecución de obras de reconstrucción de competencia estatal promoverán la participación de testigos sociales especializados, lo anterior debido a la ejecución por parte de las instancias federales. Se garantiza un mejor control y seguimiento respecto de la ejecución de los recursos del FONDEN.

20 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Mayor claridad en los catálogos de bienes que puede reconstruirse con cargo al FONDEN REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS Se detallan y precisan todas las acciones y procesos de cada sector susceptible de ser apoyado con cargo al FONDEN. Se establecen Anexos mejor distribuidos por cada sector susceptible de ser apoyado con recursos del FONDEN, a través de los cuales se detallan aun mas las acciones y procesos de evaluación que por sector afectado pueden ser llevadas a cabo a fin de acceder a los recursos de este instrumento. Evitar cualquier tipo de discrecionalidad respecto a las obras y acciones que puedan ser sujetas de apoyo del FONDEN

21 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS
Terceros Especializados REGLAS 2009 REGLAS GENERALES Y LINEAMIENTOS No previsto. Se podrá contratar a un tercero especializado para el análisis de los resultados de daños presentados en los comités de evaluación de daños y por las Dependencias Federales para la reconstrucción. Se garantiza una mayor veracidad respecto de los resultados obtenidos en la evaluación de daños.

22 Apoyo de Fondo a la población
Se Incrementan los montos de apoyos en el sector vivienda: Modalidad de Obra Monto anterior Monto nuevo Incremento Daños Mínimos 5,120.00 - 15% Daños Menores $ 8,738.00 $ 5,500.00 Daños Parciales $ 27,687.00 $ 28,000.00 Reconstrucción en mismo sitio $ 95,904.00 $ 120,000.00 Reubicación $ 95,904.00 $ 120,000.00 B. Se brinda una mejor calidad de vida a los damnificados.

23 Entidades Federativas - Federación
Unión de esfuerzos FONDEN FONDO DE RECONSTRUCCION Firma de Convenios Entidades Federativas - Federación

24 ¿Cuáles son los grandes retos del FONDEN?
¿Hacia donde vamos? ¿Cuáles son los grandes retos del FONDEN? La Acción Preventiva y la Gestión Integral de los riesgos en México como eje central. Fortalecimiento de la inmediatez, control y transparencia en la autorización y uso de los recursos.

25 Retos y Prioridades ¿Cuanto hemos invertido en materia de prevención? En el periodo de 2004 al 2010, existe una contundente asimetría entre la inversión preventiva y la reactiva a cargo del FONDEN. $ FONDEN $67, MDP FOPREDEN Y FIPREDEN $1, MDP El no invertir en la prevención conduce a onerosos costos materiales y sociales que comprometen el desarrollo sustentable.

26 $ Retos y Prioridades Balance: Atención Y Prevención Reconstrucción.
MAÑANA FOPREDEN FONDEN ... disminuir Pérdidas promedio / año: $ mínimas y 0 muertes Balance: La prevención, entendida como una inversión, representará a la postre para la sociedad un sustantivo ahorro, monto que se deberá destinar al crecimiento y el desarrollo .

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28 Con el paso del tiempo hemos sido testigos de los embates de la naturaleza la cual a su vez nos ha enseñado que tenemos que continuar preparados ante su fuerza, por ello el objetivo principal de esta Dirección General del FONDEN es la de evolucionar día con día en cada uno de sus procesos. Es por ello el instrumento financiero del Fondo Revolvente FONDEN está aún más comprometido con su evolución todo ello con el firme propósito de garantizar la entrega de insumos para la población vulnerable afectada con la inmediatez que requiere el Sistema Nacional de Protección Civil. Razón que nos lleva a estar aún mas preparados y conocer un poco más de este instrumento financiero con el objeto de sensibilizarnos y estar capacitados para la atención de una emergencia.

29 El Fondo Revolvente es un Instrumento financiero que tiene a cargo la Secretaría de Gobernación para la adquisición de suministros de auxilio para responder de manera inmediata a las necesidades urgentes para la protección a la vida y la salud de la población afectada ante situaciones de emergencia ocasionadas por fenómenos naturales perturbadores; este instrumento se encuentra regulado por los Lineamientos para emitir las Declaratorias de Emergencia y la utilización del Fondo Revolvente FONDEN, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008.

30 = Procedimiento de Acceso a los recursos del Fondo Revolvente FONDEN
Rebasada la Capacidad de Respuesta de la Entidad Federativa situación ANORMAL generada por un fenómeno natural perturbador Emergencia Fondo Revolvente Insumos Respuesta Inmediata PROTECCION SALUD y VIDA Población afectada = PRESENCIA INMINENCIA Necesidades de la Población

31 PRODUCTOS CONSUMIBLES
Insumos Fonden emergencias Despensas alimenticias Agua para beber Medicamentos, materiales de curación, insumos para el control de vectores y otros relacionados con la atención y protección de la salud de la población afectada o en riesgo. PRODUCTOS CONSUMIBLES PRODUCTOS DURADEROS SERVICIOS Artículos de abrigo y protección: Cobertores, colchonetas, impermeables, láminas, bolsa para cadáveres, guantes, costales. Herramientas: Pala, pico, cincel, carretilla, machete, hacha, martillo, azadón, etc. Artículos de limpieza: Artículos de aseo personal: Kit de aseo personal, pañales, tollas sanitarias, bañeras para bebé. Mochilas aspersores para la atención de incendios forestales. Arrendamiento de letrinas y regaderas: Únicamente destinados a la habilitación de refugios temporales. Fletes: Exclusivamente para el traslado de insumos y población damnificada Combustible (Justificación, incluir bitácora de origen destino y Kms. aproximados)

32 Fenómenos Geológicos Sismo Erupción volcánica Alud Maremoto| Ola extrema Movimiento de ladera Subsidencia Hundimiento Fenómenos Meteorológicos e Hidrometeorológicos Ciclón tropical Precipitación Lluvia Nevada Granizada Helada Inundación Tornado Otros Incendio Forestal

33 Complementario Los apoyos del Fondo Revolvente son parciales ante una situación de Emergencia Transparencia Tiene que prevalecer la transparencia en el uso adecuado de insumos Logística La Entidad Federativa debe de prever todos los aspectos ante una situación de emergencia Equitativo Atención a las necesidades mas urgentes de la población vulnerable---- sin tomar en cuenta partidos políticos, color, ubicación, ni creencias . FONDEN El FONDEN somos todos

34 Número de Declaratorias de Emergencia

35 Costo Aproximado de las Declaratorias de Emergencia.
-Cifras en Millones de Pesos-

36 Entidad solicita Declaratoria de Emergencia FONDEN autoriza
RACIONALIDAD y PROPORCIONALIDAD DGRMSG SEGOB contrata y compra Entidad solicita Insumos ANEXO IV Importante ANEXO VII CGPC recibe solicitud de Declaratoria Proveedor entrega a la Entidad CGPC emite Declaratoria de Emergencia Entidad recibe y entrega a la Población Vulnerable/Afectada Instancia Técnica corrobora fenómeno (2 días) 1 día para la emisión del boletín 6 días para la emisión en el DOF

37 Mientras la solicitud de Declaratoria de Emergencia es valorada por la instancia técnica facultada es importante estar preparados y preveer los siguientes puntos: Contar con bodegas o lugares aptos para descargar los insumos así como sus direcciones precisas a fin de que el acceso de los insumos autorizados sea fácil y rápido. Contar con funcionarios que estén listos las 24 horas del día para designarlos como responsables de la recepción de los mismos. Contar con el personal necesario para realizar las maniobras de descarga de los insumos autorizados. Evaluación de necesidades ¿Cuales son los insumos que necesito en un periodo no mayor de 24 a 48 hrs.?

38 Bienes remanentes en algunas Entidades

39 Proyecto de Nuevos Lineamientos
La Dirección General del FONDEN consciente de evolucionar y obtener una visión de calidad se encuentra en la etapa final del proyecto de nuevos Lineamientos a fin de crear mecanismos que le permitan actuar de manera inmediata, transparente y eficaz. Puntos mas destacados del Proyecto de Nuevos Lineamientos: Una despensa mas completa que brinde mas nutrientes a la población vulnerable afectada ante una situación de emergencia. Apoyo complementario para cocinas comunitarias y albergues administrados por las Fuerzas Armadas. Procesos más claros y mejor definidos dentro de los Lineamientos. Renovación en los Formatos de ANEXOS de los Lineamientos más prácticos.

40 PROCESO DE ACCESO A LOS RECURSOS DEL FONDEN

41 ¿Qué es el FONDEN reconstrucción?
El Fondo de Desastres Naturales en su área de recuperación de desastres (reconstrucción), es un instrumento financiero del Gobierno Federal que tiene como propósito apoyar a las Entidades Federativas y Dependencias y Entidades Federales ejecutando acciones, y autorizando y aplicando recursos para mitigar los efectos que produzca un desastre natural, disminuyendo la carga financiera a la que se ven expuestas una vez que su capacidad de respuesta se vea rebasada, con el objeto de dejar los bienes afectados en condiciones operativas similares o mejores a las que prevalecían antes de la ocurrencia del desastre natural.

42 ¿Qué no atiende el FONDEN reconstrucción?
¿Qué atiende el FONDEN reconstrucción? Restaura la infraestructura pública y las viviendas de la población de bajos ingresos que resulten afectadas como consecuencia de un desastre natural. ¿Qué no atiende el FONDEN reconstrucción? Acciones preventivas (Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, -FOPREDEN-) Atención de la población afectada a consecuencia de un desastre natural (Fondo Revolvente) Atención de obras nuevas que no existían antes de la ocurrencia del desastre natural. Daños ocasionados al sector agropecuario ( Componente de Atención a Desastres Naturales -CADENA-). Reposición de enceres domésticos y bienes particulares (Programa Hábitat).

43 CORROBORACION E INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE DAÑOS

44 ¿Que tipo de infraestructura apoya el FONDEN?
Vivienda; Infraestructura urbana; Infraestructura carretera; Infraestructura hidráulica, hidroagrícola y causes de ríos; Infraestructura educativa y deportiva; Infraestructura de salud; Monumentos históricos, artísticos y arqueológicos; Áreas naturales protegidas; Infraestructura pesquera y acuícola, Infraestructura forestal y de viveros; Infraestructura militar; Infraestructura naval; Infraestructura eléctrica; Infraestructura Turística; Zonas costeras; y Disposición final de residuos sólidos.

45 Solicitud de corroboración
Cuando una Entidad Federativa se encuentre en desastre natural, deberá solicitar a la Instancia Técnica Facultada según corresponda dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia del mismo, la corroboración de su ocurrencia.

46 Formato solicitud de corroboración
DIRECTOR GENERAL DE __________________________________________________ P R E S E N T E De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7 del Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, me permito solicitarle en su carácter de instancia técnica facultada, corrobore la ocurrencia del fenómeno natural perturbador, que acaeció en esta Entidad Federativa, conforme a lo siguiente: a) Descripción y Fecha de ocurrencia del fenómeno natural perturbador. ________________________________________________________________________________ b) Nombre oficial de los municipios o delegaciones políticas afectadas a causa del fenómeno natural perturbador. c) Servidor público designado para cualquier duda o requerimiento específico: a. Nombre. _____________________________________________________________ b. Cargo. _______________________________________________________________ c. Dirección. ____________________________________________________________ d. Teléfono. ____________________________________________________________ e. Correo electrónico. ____________________________________________________ Sin más por el momento, en espera de que pueda ser contestada la presente solicitud a la brevedad posible, quedo de Usted. Atentamente. ___________________________________________________________________________________________________________________________ El Titular del Ejecutivo de la Entidad Federativa CONAGUA o´ CENAPRED o´ CONAFOR DIRIGIDO AL TITULAR DE LA INSTANCIA TÉCNICA FACULTADA CORRESPONDIENTE, SEGÚN EL DESASTRE NATURAL CONTENER CLARAMENTE LA DESCRIPCIÓN DEL FENOMENO NATURAL Y LA FECHA DE OCURRENCIA LLUVIAS SEVERAS OCURRIDAS LOS DÍAS 26 Y 27 DE JULIO DE 2011 NOMBRE DE LOS MUNICIPIOS QUE DEBERAN COINCIDIR CON EL INEGI MOTOZINTLA, COPAINALA Y TUXTLA GUTIÉRREZ LIC. JUAN ERNESTO LOPÉZ DATOS GENERALES DE UN SERVIDOR PÚBLICO CON QUIEN LA INSTANCIA TÉCNICA PUEDA ESTABLECER COMUNICACIÓN PARA EL DESAHOGO DE DUDAS DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL CALLE FERNANDO MONTES DE OCA No. 41 COL LINDAVISTA (993) Y PAGINA 1 DEL CUADERNILLO

47 ¿Que tipo fenómenos podrán corroborarse?
Los Fenómenos naturales perturbadores por los cuales las Instancias Técnicas Facultadas podrán emitir su corroboración son los siguientes: I. Geológicos: a) Alud; b) Erupción volcánica; c) Hundimiento; d) Maremoto; e) Movimiento de ladera; f) Ola extrema; g) Sismo, y h) Subsidencia II. Hidrometeorológicos: a) Granizada severa; b) Huracán; c) Inundación fluvial; d) Inundación pluvial; e) Lluvia severa; f) Nevada severa; g) Sequía severa; h) Tormenta tropical, y i) Tornado Incendio Forestal. Otros

48 Corroboración La Instancia Técnica Facultada emitirá su dictamen a más tardar a los tres días hábiles de haber recibido la solicitud de corroboración por parte de la Entidad Federativa, notificando a esta ultima su procedencia. Dicho dictamen de corroboración deberá precisar el nombre del evento además de los municipios o delegaciones políticas afectadas por el desastre natural.

49 Instalación del comité de evaluación de daños
Una vez recibida la corroboración por parte de la Instancia Técnica Facultada, a mas tardar al día hábil siguiente se deberá instalar el Comité de Evaluación de Daños (CED), convocando a todas las instancias competentes en la atención del desastre natural de que se trate tanto federales como estatales. En la presente sesión se acordara la fecha para llevar a cabo la sesión de Entrega de Resultados, dicha sesión de entrega de resultados, misma que podrá ser prorrogable hasta por diez días mas, previa autorización de este mismo Comité En dicha sesión se deberá solicitar la emisión de la Declaratoria de Desastre Natural, misma que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a mas tardar a los cuatro días hábiles posteriores a esta misma.

50 Testigos sociales Al momento de llevar a cabo la evaluación de daños, las Dependencias Federales y Estatales podrán apoyarse de testigos sociales, mismos que se encargaran de fortalecer la transparencia, eficacia y eficiencia en dicho proceso, a fin de garantizar la veracidad de los datos que se obtengan del mismo.

51 APOYOS PARCIALES INMEDIATOS
(APIN)

52 Apoyos parciales inmediatos (APIN)
Los APIN, son recursos que son autorizados con cargo al FONDEN para la ejecución de acciones emergentes, así como para la realización de trabajos y obras de carácter prioritario y urgente dirigidas a solventar la situación critica generada por un desastre natural. Dichas acciones pueden ser el restablecimiento de las comunicaciones, los servicios básicos, la limpieza inmediata, remoción de escombros y todo aquello que coadyuve a la normalización de la actividad de la zona afectada, mismas que no podrán ser ejecutadas en un periodo mayor a 30 días naturales. En la sesión de Instalación del Comité de Evaluación de Daños de ser el caso la Entidad Federativa podrá solicitar se le autoricen recursos en carácter de APIN.

53 A P I N Las acciones realizadas con los APIN deberán ser incluidas en los diagnósticos de obras y acciones preliminares y definitivos que deriven de la sesión de entrega de resultados del CED, a fin de regularizar su ejecución y gasto correspondiente. INSTALACIÓN DEL CED ENTIDAD FEDERATIVA SOLICITA APIN. SECRETARIO TÉCNICO DEL CED PRESENTA LISTADOS DE OBRAS Y ACCIONES EMERGENTES. UNIDAD DE POLÍTICA (UPCP) REVISA LOS LISTADOS E INSTRUYE AL FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO FONDEN FEDERAL A QUE RADIQUE EL RECURSO AUTORIZADO EN CARÁCTER DE APIN. ENTIDAD FEDERATIVA SECTORES EJECUTAN LAS OBRAS Y ACCIONES URGENTES. EL ÓRGANO LOCAL DE CONTROL VERIFICA EL CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LAS OBRAS. Asimismo, dichas acciones formaran parte del porcentaje que le corresponde a la federación y será descontado del monto total al momento de la distribución del total de las obras.

54 EVALUACION DE DAÑOS

55 Evaluación de daños Durante los diez días hábiles posteriores a la instalación del CED, las instancias responsables de los sectores afectados llevaran a cabo la evaluación de los daños ocasionados por el desastre natural, dichas instancias funcionaran en subcomités y se encargaran de elaborar el diagnostico de daños respectivo por cada sector afectado. Cada una de las acciones de reconstrucción que deriven de dicha evaluación por cada sector afectado, deberá contar con soporte fotográfico que incluya la Georeferenciación Satelital, dicha información deberá ser capturada en la pagina Web designada para tal efecto.

56 Firman: Normativa y Ejecutora PAGINA 7 DEL CUADERNILLO
Diagnóstico preliminar anexo 1 CARRETERO LLUVIAS SEVERAS 26 Y 27 DE JULIO DE 2011 CHIAPAS Destrucción de cuerpo de terraplén y superficie de rodamiento de acceso al poblado. Reconstrucción del cuerpo de terraplén y superficie de rodamiento con material de banco. Tuxtla Gutiérrez CD CUAUHTEMOC 1000 2,400,000 SCT/SRÍA DE OBRAS 30 DÍAS SI/NO 2,400,000 DESTRUCCION DE 56M DE BADO, CORTE DE ALCANTARILLA EN EL KM AL KM ASOLVES, DESLAVES Y DERRUMBES EN TODASU LONGITUD RECONSTRUCCIÓN DE 56M DE BADO Y ALCANTARILLA DEL KM AL KM 13+50, RETIRO DE ASOLVES, DESLAVES Y DERRUMBES EN TODA SU LONGITUD Tuxtla Gutiérrez CD CUAUHTEMOC 1000 SCT/SRÍA DE OBRAS 5,000,000 90 DÍAS SI/NO 5,000,000 Tuxtla Gutiérrez CD CUAUHTEMOC DESTRUCCIÓN DE CUERPO DE TERRAPLÉN DE ACCESO A POBLADO DEL KM AL 8+864 REPARACIÓN DE CUERPO DE TERRAPLÉN DE ACCESO AL POBLADO CON CONCRETO HIDRÁULICO DEL KM AL KM 8+864 1000 2,000,000 SCT/SRÍA DE OBRAS 90 DÍAS SI/NO 2,000,000 3000 DEBERÁN SEPARARSE LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A LOS GASTOS DE OPERACIÓN Y SUPERVISON Y SUPERVISIÓN EXTERNA, LOS CUALES SERÁN HASTA POR EL 2% DEL TOTAL DE LOS RECURSOS POR CADA CONCEPTO. 9,400,000 188,000 188,000 9,776,000 Firman: Normativa y Ejecutora PAGINA 7 DEL CUADERNILLO

57 Diagnóstico preliminar anexo 1
CARRETERO LLUVIAS SEVERAS 26 Y 27 DE JULIO DE 2011 CHIAPAS RED CARRETERA ESTATAL 1 2,400,000 2,400,000 OBRAS Y ACCIONES GENERALES 1 5,000,000 5,000,000 OBRAS Y ACCIONES GENERALES 1 2,000,000 2,000,000 3 9,400,000 HASTA EL 2% 188,000 188,000 9,776,000 Firman: Normativa y Ejecutora PAGINA 8 DEL CUADERNILLO

58 Mejoras y adiciones Dentro de los diagnósticos de daños preliminares que por sector se elaboren, se podrán considerar obras de mejoras y adiciones para la infraestructura dañada, para lo cual, se deberá identificar plenamente dentro dicho diagnostico el monto correspondiente a estas obras, además de su tiempo estimado de realización. Una vez que las obras de mejoras sean validadas y entregadas dentro del diagnostico definitivo a la Dirección General del FONDEN con la justificación correspondiente respecto de dichas acciones, la Unidad de Política analizara dicha documentación, pudiendo solicitar la opinión y análisis técnico de tercero independiente especializado, a fin de determinar la procedencia de las mismas conforme a las disposiciones financieras existentes.

59 Paso 1 Paso 2 Paso 3 Georeferencia
CAPTURA: Levantamiento de Información Paso 1 levantamiento de la información (fotografías georeferenciadas) Paso 2 Captura en línea Paso 3 Almacenamiento en la base de datos del FONDEN La información se obtendrá en el lugar de la infraestructura dañada y comprenderá esencialmente dos tipos de dato: Fotografías/Imágenes. Captura de Coordenadas . Análisis de daños por áreas creando polígonos de análisis de afectación. Una vez obtenida la información (GPS o equipo autorizado), está se capturará en línea para su almacenamiento y explotación en las bases de datos del FONDEN.

60 Explotación: uso de la información.
Una vez que la información esté disponible en las bases de datos, herramientas como el SICPROC podrán utilizarla para: Consulta de información. Construcción de gráficas y estadísticas. Calibración de modelos de pérdida. Validación de apoyos otorgados por FONDEN: Infraestructura apoyada con anterioridad por fenómenos similares (Validación con coordenadas e imágenes). Identificación de infraestructura con esquema de aseguramiento vigente. Correspondencia de la solicitud con el tipo y ubicación del daño (Validación con coordenadas e imágenes). Bases de Datos de Diagnóstico Definitivo de Daños. Bases de Datos Históricas (Apoyos Previos). Bases de Datos de Infraestructura asegurada.

61 ENTREGA DE RESULTADOS DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE DAÑOS

62 Entrega de resultados del CED
Una vez cumplidos los diez días hábiles, se deberá llevar a cabo la sesión de entrega de resultados del Comité de Evaluación de Daños (CED), en la cual se llevaran a cabo las siguientes acciones: Cada Subcomité presentara los documentos que integran los resultados de la cuantificación y evaluación de los daños (Diagnostico Preliminar). Dentro de los cuatro días hábiles siguientes a dicha sesión de entrega de resultados, las Dependencias normativas y ejecutoras llevaran reuniones de trabajo a efecto de definir las acciones que les corresponderá ejecutar a cada una de ellas.

63 Entrega de Resultados del CED
Con la finalidad de dar mayor veracidad a los datos obtenidos en la evaluación de los daños ocasionados a la infraestructura dañada por un desastre natural, se podrá llevar a cabo la contratación de un Tercero Especializado independiente, quien analizara los resultados de los daños presentados por los subcomités y las obras de reconstrucción presentadas por las Dependencias Federales. Los Anticipos contribuirán a la realización de trabajos y obras prioritarias según se haya acordado mediante el Anexo del Convenio. Asimismo, a partir de esta sesión, las Dependencias Federales podrán solicitar se les autoricen recursos en carácter de Anticipos para la realizar acciones de competencia federal y local, únicamente tratándose de aquellas obras y acciones que se haya acordado su ejecución por las Dependencias Federales de conformidad con el Anexo del Convenio.

64 Terceros especializados
Se podrá contratar a un tercero especializado para el análisis de los resultados de daños presentados en los comités de evaluación de daños y por las Dependencias Federales para la reconstrucción, con la finalidad de coadyuvar a la distribución de las obras y acciones a ejecutar por cada una de las partes involucradas. Con lo anterior, se garantiza una mayor veracidad respecto de los resultados obtenidos en la evaluación de daños.

65 Anticipos A partir de la sesión de entrega de resultados del CED, las Dependencias y Entidades Federales correspondientes al sector de que se trate, podrán solicitar recursos en carácter de ANTICIPOS para realizar acciones de competencia 100% federal y local, tratándose únicamente de aquellas que hayan sido acordadas en el anexo del Convenio de Coordinación Dichos ANTICIPOS, contribuirán a la realización de trabajos y obras prioritarias, por lo que deberán ser ejercidos con base en los programas de obras y acciones autorizados por el CED, mismos que una vez que se encuentren autorizados, dentro de los tres días siguientes las Dependencias y Entidades Federales deberán enviar a la Dirección General del FONDEN los programas de obras y acciones a ejecutarse con los ANTICIPOS.

66 Gastos de operación Dentro del costo integral de las obras a ejecutar que se presenten en la sesión de Entrega de Resultados del CED, se podrán considerar Gastos de Operación y Supervisión, los cuales en ninguna caso podrán ser mayores al dos por ciento del costo total de las obras y acciones de reparación. Así mismo, se podrán considerar recursos indispensables has por un dos por ciento del costo total de las obras y acciones, para los servicios de supervisión externa relacionados con las obras publicas de reconstrucción.

67 Dictamen y solicitud global
A más tardar en siete días hábiles después de la entrega de resultados, las Dependencias y Entidades Federales deberán presentar a la SEGOB, la solicitud de recursos con su respectivo diagnóstico definitivo de obras y acciones, señalando expresamente las obras y acciones estatales que serán atendidas por la Federación a través de estas Una vez recibida por parte de la Dependencia o Entidad Federal la solicitud de recursos, la Dirección General del FONDEN elaborara la solicitud global de recursos y la presentara a la Unidad de Política ( UPCP), quien determinara si los recursos serán autorizados con cargo al Programa FONDEN o al Fideicomiso FONDEN, debiendo para este ultimo caso, convocar a Sesión de Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN Federal.

68 FIRMA DEL ANEXO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN
(ART. 22)

69 Convenio de coordinación
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y Gobernación, suscribirán un convenio de coordinación con cada una de las Entidades Federativas a mas tardar dentro de los 30 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de los Lineamientos de Operación, en el que se acordaran los términos generales para la ejecución de las obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal que resulte afectada por un desastre natural. Dicha ejecución se llevara a cabo por las Dependencias y Entidades Federales por si o a través de un tercero, hasta por el cincuenta por ciento con cargo al FONDEN y la Entidad Federativa por el porcentaje restante.

70 Convenio de coordinación
La ejecución de las obras y acciones de reconstrucción que se lleven a cabo por las Dependencias Federales a consecuencia de un fenómeno natural perturbador, no estarán sujetas a que los recursos del FONDEN se ejerzan de manera concurrente con recursos de los otro órdenes de gobierno, y deberán apegarse a lo acordado en el Anexo del Convenio que para caso se establezca

71 ¿Qué hacer para una rapida distribucion y ejecución?
Las Entidades Federativas deberán contar con el Convenio de Coordinación formalizado tal y como se establece en las Reglas Generales del FONDEN, a fin de garantizar que las solicitudes que en su caso se presenten sean procedentes, a fin de que se asignen recursos del FONDEN para la restauración de los daños. Una vez hecho lo anterior, deberá suscribirse el ANEXO del Convenio de Coordinación correspondiente por cada solicitud de recursos, en el entendido de que el cumplimiento de lo que se establezca en el mismo, determinara la rapidez de la reparación de los daños.

72 Anexo del Convenio de coordinación
Las obras a cargo de cada uno de los órdenes de gobierno, así como el tiempo estimado de ejecución, serán acordados en un ANEXO del Convenio de Coordinación, dicho anexo será suscrito exclusivamente por las Dependencias y Entidades Federales responsables de la ejecución y la Entidad Federativa dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la sesión de entrega de resultados del CED. En dicho anexo, intervendrá el testigo social que en su caso corresponda, mismo que será designado por el Gobierno Federal.

73 PAGINA 13 DEL CUADERNILLO
El encabezado del Anexo del Convenio de Coordinación deberá contener la fecha en que se formalizo dicho convenio, y el nombre de la Entidad Federativa de que se trate, además del nombre del evento, municipios y sector afectado 1 DE MARZO DE 2011 CHIAPAS LLUVIAS SEVERAS OCURRIDAS LOS DÍAS 26 Y 27 DE JULIO DE 2011 CARRETERO MOTOZINTLA, COPAINALA Y TUXTLA GUTIÉRREZ Tuxtla Gutiérrez CD CUAUHTEMOC DESTRUCCION DE 56M DE BADO, CORTE DE ALCANTARILLA EN EL KM AL KM ASOLVES, DESLAVES Y DERRUMBES EN TODA SU LONGITUD RECONSTRUCCIÓN DE 56M DE BADO, RECONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLA DEL KM AL KM 13+50, RETIRO DE ASOLVES, DESLAVES Y DERRUMBES EN TODA SU LONGITUD 2,400,000 SCT/SRÍA DE OBRAS SEPT 2011 DIC 2011 1000 100 SI/NO Tuxtla Gutiérrez CD CUAUHTEMOC DESTRUCCIÓN DE CUERPO DE TERRAPLÉN DE ACCESO A POBLADO DEL KM AL 8+864 REPARACIÓN DE CUERPO DE TERRAPLÉN DE ACCESO AL POBLADO CON CONCRETO HIDRÁULICO DEL KM AL KM 8+864 1000 100 2,000,000 SCT/SRÍA DE OBRAS SEPT 2011 DIC 2011 SI/NO Se deberán precisar los municipios y localidades en que se llevaran a cabo las acciones de reconstrucción, así como la población afectada. 4,400,000 Las acciones deberán contar con el tiempo estimado de ejecución, así como la situación de aseguramiento y los apoyos recibidos anteriormente. 88,000 88,000 4,576,000 Se deberá establecer el diagnostico de daños y las acciones de restauración a ejecutarse, incluyendo por separado las mejoras y el costo total de reconstrucción, además de la instancia responsable de la ejecución Una vez que se tenga la distribución de las obras y acciones de reconstrucción con el costo total, se deberá establecer por separado el monto correspondiente a los gastos de operación y gastos de supervisión externa. PAGINA 13 DEL CUADERNILLO

74 PAGINA 14 DEL CUADERNILLO
4,400,000 88,000 88,000 4,576,000 Una ves que se tenga el monto por cada concepto de las Dependencias Federales y las Entidades Federativas, se deberá establecer el gran total del Anexo del Convenio, para que finalmente sea suscrito por ambas instancias. PAGINA 14 DEL CUADERNILLO

75 ¿Que pasa con el anexo despues de formalizarlo?
Una vez que se tenga debidamente integrado y suscrito el Anexo del Convenio de Coordinación, este será presentado a la Dirección General del FONDEN por las Dependencias Federales responsables de cada sector afectado junto con su diagnostico definitivo de obras y acciones de reconstrucción, dentro de los siete días posteriores a la Sesión de Entrega de Resultados del Comité de Evaluación de Daños. Hecho lo anterior, la Dirección General del FONDEN someterá a la revisión correspondiente la información proporcionada, elaborando en su caso, la solicitud global de recursos y la presentara a la Unidad de Política y Control Presupuestario de la SHCP, con el objeto de que esta ultima determine la manera en que serán autorizados los recursos.

76 EJECUCIÓN DE OBRAS Y ACCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS DE EJECUCIÓN Y DISMINUCIÓN DE APOYOS

77 Notificación de recursos y ejecución
En la misma sesión en que se autoricen los recursos por el Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN Federal, se deberán levantar las constancias de acuerdos respectivas, a fin de que el Fiduciario lleve las acciones necesarias para tal efecto y notifique a las Entidades Federativas y las Dependencias Federales a mas tardar a los dos días hábiles a partir de dicha sesión. Una vez hecho lo anterior, la ejecución de las obras para infraestructura local se realizara de acuerdo a la distribución de obras y acciones que resulte del anexo del Convenio previamente formalizado, hasta por el 50% del total con cargo al FONDEN, para lo cual a mas tardar a los siete días hábiles de haber recibido la notificación las Dependencias Federales deberán enviar su respectivo programa de obras, a fin de este inicie en un plazo no mayor a tres meses. Asimismo, el porcentaje restante será responsabilidad de la Entidad Federativa respecto de su ejecución y pago

78 Seguimiento Las Dependencias y Entidades Federales, informaran trimestralmente por escrito a la Dirección General del FONDEN y ante el Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN Federal, sobre los avances físicos y financieros por obra y acción relacionados con su ejecución y ejercicio del porcentaje correspondiente de acuerdo con el Anexo. Igualmente, las Entidades Federativas deberán informar trimestralmente a la Dirección General del FONDEN y a las Instancias Federales normativas, respecto del porcentaje restante.

79 Modificaciones a los programas de reconstrucción
En el caso de que las Dependencias y Entidades Federales ejecutoras requieran modificar su programa de obras y acciones autorizado, deberán hacerlo del conocimiento de sus respectivos órganos internos de control, así como enviar su propuesta a la Dirección General del FONDEN, con los argumentos y razonamientos que justifiquen y motiven la necesidad de la modificación, a fin de que sea sometido al Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN y este decida su procedencia. Una vez hecho lo anterior, y de ser procedente, se deberán ajustar los gastos de operación y supervisión originalmente autorizados, con la finalidad de que siempre se refleje hasta el dos por ciento del total del monto de reconstrucción ejercido.

80 Modificaciones a los programas de reconstrucción
Asimismo, el Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN podrá autorizar las modificaciones que requiera el programa, siempre y cuando estas sean dentro de los municipios declarados en desastre natural. Del mismo modo no serán procedentes aquellas obras adicionales que no hayan sido contempladas originalmente en las solicitudes definitivas de recursos. Dicho Comité podrá autorizar también la utilización de los Ahorros generados durante la ejecución de los programas, según se requiera, presentando la justificación correspondiente.

81 Disminución en los porcentajes de apoyo
Para la entrega de los recursos asignados para la ejecución de obras y acciones para la reconstrucción de infraestructura estatal con cargo al FONDEN de bienes no asegurados, en la primera vez que se soliciten apoyos se podrá otorgar hasta el 50% del monto total de reconstrucción, y en la segunda ocasión se otorgara hasta el 25% del total. No se otorgara apoyo a la infraestructura que pretenda atenderse por tercera vez, tanto de competencia Federal como Estatal Asimismo, para la infraestructura federal, en la primera vez que se soliciten apoyos con cargo al FONDEN, se podrá otorgar hasta el 100% del monto total, siendo hasta el 50% para la segunda ocasión.

82 CONSTITUCIÓN DE FONDOS ESTATALES

83 Fondos estatales La Dirección General del FONDEN, continuara promoviendo la constitución de Fondos Estatales para la prevención y atención de emergencias y desastres naturales de acuerdo con lo dispuesto por la Fracción X del Artículo 12 de la Ley General de Protección Civil, por lo que se podrán autorizar en términos de las disposiciones aplicables los ahorros de aquellos programas de reconstrucción que resulten de los eventos atendidos ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor de las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales.

84 ¿QUE SE REQUIERE PARA CONSTITUIR UN FONDO ESTATAL?
Las Entidades Federativas que estén interesadas en constituir un Fondo Estatal, deberán cumplir con los siguientes requisitos: Que el programa de obras y acciones se encuentra concluido al 100% Que se haya entregado el Libro Blanco correspondiente, por cada sector apoyado Que se cuente con la respectiva cantidad del ahorro en recursos estatales

85 Lic. José María Quijano Torres Director General Adjunto del FONDEN
“GRACIAS” Lic. José María Quijano Torres Director General Adjunto del FONDEN Teléfono. (52 55) Fax. (52 55) ext


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