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MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL República de Colombia

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Presentación del tema: "MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL República de Colombia"— Transcripción de la presentación:

1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL República de Colombia

2 ASPECTOS ESPECIALES DEL SGP
MAYO DE 2008

3 CONTENIDO RECURSOS DEL BALANCE 2008 RECURSOS SIN SITUACION DE FONDOS
DEUDAS POR HOMOLOGACIONES PRIMAS TERRITORIALES OTRAS DEUDAS ASCENSOS ESCALAFON 5. REGLAMENTO AL SEGUIMIENTO

4 DETERMINACION DE LOS RECURSOS DEL BALANCE

5 _____EJECUCION 2007______
RECURSOS DEL BALANCE PRESUPUESTO 2007 ( – ) _____EJECUCION 2007______ = RECURSOS DEL BALANCE 2007 Este debe conciliar con el saldo de tesorería a diciembre 2007.

6 EL PRESUPUESTO 2007 CORRESPONDE A:
ASIGNACIONES DE LOS CONPES : ULTIMA DOCEAVA 2006 CONPES 103 ONCE DOCEAVAS 2007 CONPES 104 AJUSTE ONCE DOCEAVAS CONPES 107 AJUSTE ONCE DOCEAVAS DE LA VIGENCIA 2007 Y RECURSOS POR CRECIMIENTO DEL PIB SUPERIORES AL 4% SGP 2007 CONPES 110 2. RECURSOS DEL BALANCE 2006 3. VALORES NO INCORPORADOS VIGENCIAS ANTERIORES NOTA: El recurso del balance deberá incorporarse en el presupuesto 2008 y acoger las destinaciones a pago de deudas laborales salvo las destinaciones especificas

7 RECURSOS SIN SITUACION DE FONDOS

8 A LA ENTIDAD TERRITORIAL
RECURSOS S . S . F . SUPUESTO: los ingresos que gira el CONPES solo se destinan al pago de la nómina. PAGO $65 INGRESOS POR CONPES $100 DEVENGADOS $70 DESCUENTO DOCENTE $5 PARAFISCALES $20 PATRONALES $10 NACIÓN GIRA $100 A LA ENTIDAD TERRITORIAL $85 A LA FIDUPREVISORA $15 Si bien los ingresos son $100 igual a los gastos, la entidad territorial recibe solo $85 y LOS PAGA todos. Por lo tanto, el descuento al docente en la liquidación de la nómina NO puede ser recursos disponible para la entidad porque ésta nunca lo recibe.

9 PRESUPUESTO INGRESOS Iguales a la carta de la Oficina de Planeación MEN Prestación del servicio $85 Recursos sin situación de fondos $15

10 PRESUPUESTO GASTOS (Como proyectos de Inversión)
Nómina y prestaciones Sociales con sus componentes: 1. Sueldos y demás devengos: $70 Con situación de fondos $65 Sin situación de fondos $ 5 2. Contribuciones inherentes a la nómina: patronales sin situación de fondos $10 parafiscales $20 IMPORTANTE: La Entidad deberá conciliar con Fiduprevisora el Estimativo de descuento al docente y aporte patronal al inicio del año

11 EJECUCION DEL INGRESO INGRESOS Cuando llegue el giro y con la carta de informe del PAC Prestación del servicio $85 Recursos sin situación de fondos $15

12 EJECUCION DEL GASTO Según la liquidación real de la Nómina y prestaciones Sociales y sus componentes: 1. Sueldos y demás devengos: $70 Con situación de fondos $65 Sin situación de fondos $ 5 2. Contribuciones inherentes a la nómina: patronales sin situación de fondos $10 parafiscales $20 IMPORTANTE: Cuando la liquidación real presente valores diferentes, la ejecución se hace por el valor real y la diferencia deberá conciliarla con Fiduprevisora.

13 DEUDAS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CON DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS POR SALARIOS Y PRESTACIONES

14 FUNDAMENTO LEGAL LEY 812 DE 2003 Art. 80 Saneamiento de deudas
LEY 917 DE 2004, Art 13. Presupuesto Nacional 2005 LEY 998 DE 2005, Art 64. Presupuesto Nacional 2006 LEY 1110 de 2006, Art 69. Presupuesto Nacional 2007 DIRECTIVAS MINISTERIALES 10 Y 21 DE 2005 CIRCULAR MINISTERIAL O8 DE 2006 LEY 1151 DE 2007, Art 37 Plan desarrollo. LEY 1169 DE 2007, Art 65 Presupuesto Nacional 2008

15 SANEAMIENTO DE DEUDAS FUNDAMENTO LEGAL
LEY 812 DE 2003 Art. 80 Deudas con docentes y administrativos por salarios y prestaciones, financiadas con los recursos del situado fiscal, que estuvieren vigentes al 31 de diciembre de 2001 que a la fecha de expedición de la presente ley no hayan sido canceladas que estén debidamente soportadas y certificadas por el MEN

16 LEY 917 DE 2004, Art 13 FUNDAMENTO LEGAL
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 41 de la Ley 715 de 2001 y 80 de la Ley 812 de 2003, se pagarán con los excedentes del SGP los saldos que resulten del reconocimiento de los costos del servicio educativo ordenados por la Constitución y la ley. El MEN revisará las liquidaciones presentadas y certificará el monto por reconocer. El plazo para firmar los acuerdos de pago del saneamiento de la deuda se ampliará hasta diciembre del 2005.

17 LEY 998 DE 2005, Art 64 FUNDAMENTO LEGAL
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 41 de la Ley 715 de 2001 y 80 de la Ley 812 de 2003, se pagarán con los excedentes del SGP los saldos que resulten del reconocimiento de los costos del servicio educativo ordenados por la Constitución y la ley y las deudas por concepto de homologaciones. El MEN revisará las liquidaciones presentadas y certificará el monto por reconocer. El plazo para firmar los acuerdos de pago del saneamiento de la deuda se ampliará hasta el 2006.

18 DIRECTIVA MINISTERIAL 21 DE 2005
FUNDAMENTO LEGAL DIRECTIVA MINISTERIAL 21 DE 2005 Con cargo al SGP, podrán pagarse las primas Extralegales reportadas con corte al 1 de Noviembre de 2000 y que sirvieron para el cálculo de la base del SGP, con destino al pago del personal docente y administrativo, las contribuciones inherentes a la nomina y sus prestaciones sociales. Las primas Extralegales y otros beneficios no reportados en su oportunidad, no podrán ser asumidos con recursos del SGP y serán pagados con cargo a los recursos propios de la entidad territorial, cuando esto haya lugar.

19 DIRECTIVA MINISTERIAL 21 DE 2005
FUNDAMENTO LEGAL DIRECTIVA MINISTERIAL 21 DE 2005 La entidad territorial deberá realizar el respectivo análisis de legalidad con el fin de determinar si es procedente el pago y/o el ejercicio de la acción de nulidad.

20 DIRECTIVA MINISTERIAL 08 DE 2006
FUNDAMENTO LEGAL DIRECTIVA MINISTERIAL 08 DE 2006 Aplicación artículo 64, Ley 998 de 2005 (Presupuesto de la nación vigencia 2006). Con los excedentes de las entidades territoriales del SGP se debe cancelar: prioritariamente deudas del proceso de homologación y nivelación (Directiva ), después otras obligaciones pendientes del personal como ascensos, primas extralegales u otras relacionadas con salarios y prestaciones.

21 DIRECTIVA MINISTERIAL 08 DE 2006
FUNDAMENTO LEGAL DIRECTIVA MINISTERIAL 08 DE 2006 Los excedentes de ascensos en el escalafón mantiene su destinación especifica Las entidades podrán certificar al MEN durante 2006 las deudas de Situado Fiscal vigentes a 31 de dic de 2001.

22 LEY 1110 DE 2006, Art 69 Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 41 de la Ley 715 de 2001 y 80 de la Ley 812 de 2003, se pagarán contra las apropiaciones y excedentes de los recursos del Sistema General de Participaciones, los saldos que resulten del reconocimiento de los costos del servicio educativo ordenados por la Constitución y la Ley, y las deudas por concepto de las homologaciones de cargos administrativos del sector. El Ministerio de Educación Nacional revisará las liquidaciones presentadas por las entidades territoriales y certificará el monto por reconocer. El plazo para firmar los acuerdos de pago del saneamiento de que habla el artículo 80 de la Ley 812 de 2003 se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2007.El MEN revisará las liquidaciones presentadas y certificará el monto por reconocer. El plazo para firmar los acuerdos de pago del saneamiento de la deuda se ampliará hasta el 2006.

23 Artículo 37. Ley 1151 de 2007 Plan de Desarrollo.
Saneamiento de deudas. Las deudas vigentes con personal docente y administrativo, por concepto de salarios y prestaciones sociales financiados con recursos del situado fiscal y/o del Sistema General de Participaciones, podrán ser pagadas por las Entidades Territoriales, siempre y cuando estén debidamente soportadas, y certificadas por el Ministerio de Educación Nacional. La Nación, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, subsidiariamente, concurrirá con recursos adicionales para cubrir el monto que resulte del cruce de cuentas entre las deudas de las entidades territoriales y la Nación. En caso de no ser posible efectuar el cruce de cuentas, o, si después de efectuado, resulta un saldo a favor de la entidad territorial, el Gobierno Nacional podrá celebrar acuerdos de pago con estas, en las dos vigencias fiscales subsiguientes. Autorícese a la Nación para efectuar cruce de cuentas y para celebrar las operaciones de crédito público que sean necesarias para el cumplimiento de este artículo.

24 Artículo 65. Ley 1169 diciembre 5, 2007. Presupuesto Nación 2008
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 41 de la Ley 715 de 2001 y 37 de la Ley 1151 de 2007, se pagarán contra las apropiaciones y excedentes de los recursos del Sistema General de Participaciones, los saldos que resulten del reconocimiento de los costos del servicio educativo ordenados por la Constitución y la ley, y las deudas por concepto de los costos acumulados en el Escalafón Nacional Docente, las homologaciones de cargos administrativos del sector y el incentivo regulado en el Decreto 1171 de 2004. El Ministerio de Educación Nacional revisará las liquidaciones presentadas por las entidades territoriales y certificará el monto por reconocer.

25 HOMOLOGACIÓN Equivalencia entre funciones y requisitos de un empleo existente en determinada planta de personal con uno de la planta de personal de la entidad receptora, como resultado del proceso de descentralización de la educación (Ley 60 de 1993 y Ley 715 de 2001) y de los cambios en la normatividad de carrera administrativa (Ley 443 de 1998, Decreto 1569 de 1998, Ley 909 de 2004 y Decreto 785 de 2005).

26 EQUIVALENCIAS NUEVOS NOMBRES DE CARGOS RESOLUCIONES ACTA DE POSESION PAGO DEL NUEVO SUELDO ESTUDIO TECNICO HOMOLOGACIÓN PRESCRIPCION LIQUIDACION MAYOR VALOR INDEXACION DETERMINAN FUENTES DE FINANCIACION LIQUIDACIÓN COSTOS RETROACTIVOS

27 HOMOLOGACIÓN - ESTUDIO TÉCNICO
Soporte de los criterios utilizados por la entidad territorial para establecer las equivalencias de los cargos administrativos recibidos con las funciones, responsabilidades, denominaciones y remuneración de los cargos existentes en su planta.

28 HOMOLOGACIÓN - ESTUDIO TÉCNICO
Verificar que la totalidad de cargos se ajusten a la nueva reglamentación en cuanto a clasificación, nomenclatura, funciones y requisitos de los empleos del nivel territorial. Establecer si hay lugar o no a nivelar salarialmente el personal comparándolo con los sueldos de la planta receptora.

29 CONTENIDO ESTUDIO DE HOMOLOGACIÓN
Propuesta de la planta homologada de administrativos Incorporados que contenga el número de cargos por nivel, denominación y grado. Tablas de homologación, funciones y responsabilidades. Tabla de costos de la nivelación.

30 CONTENIDO ESTUDIO DE HOMOLOGACIÓN
Cuadros resumen de los costos anuales de todos los años comparados. Tabla de reclamaciones laborales, indicando fechas y ocurrencia de prescripción. Relación del personal: transferido de la Nación al departamento en virtud de la Ley 60 de 1993, del personal incorporado de los departamentos a los municipios certificados y del personal incorporado de los municipios no certificados a la planta departamental por disposición de la Ley 715 de 2001.

31 APROBADAS

32 APROBADAS

33 PENDIENTES

34 MODIFICACIONES Y AJUSTES

35 PRIMAS O BENEFICIOS TERRITORIALES
Prestaciones establecidos por las entidades territoriales distintas a las fijadas en el régimen nacional, vigentes a la fecha. OTRAS DEUDAS Decreto 707de 1996 y Decreto 1171 de 2004.Zonas difícil acceso. Ascensos escalafón anteriores a 2002 Intereses de mora. No se reconocen.

36 SOPORTES REQUERIDOS PARA ANALISIS MEN
Certificación de la existencia de la prima extralegal a 1 de nov. de 2000 y de su reporte a la Oficina de Planeación del MEN, con el fin de hacer parte del cálculo de la bolsa de los recursos del SGP, con copia de la liquidación de la nómina de dicha fecha. Certificación o acta por parte de la Secretaría de Educación, del personal entregado por el departamento al municipio en virtud de la Ley 715 de 2001.

37 SOPORTES REQUERIDOS PARA ANALISIS MEN
PRIMAS TERRITORIALES Informes de ejecución presupuestal anual al 2006 desglosando los gastos de personal de acuerdo a la guía No 8 del MEN, en especial las primas .

38 SOPORTES REQUERIDOS PARA ANALISIS MEN
ASCENSOS Y MEJORAMIENTO ACADEMICO: Resolución de reconocimiento BONIFICACION REMUNERATIVA ESPECIAL DECRETO 707 y 1171: Actos administrativos sobre zonas de difícil acceso y reglamentación cuantías. HORAS EXTRAS: Resoluciones de reconocimiento APORTES PARAFISCALES: Acto administrativo de la entidad respectiva certificando la deuda

39 SOPORTES REQUERIDOS PARA ANALISIS MEN PRIMAS TERRITORIALES
Estado consolidado de la deuda de prima territorial de cada uno de los años y del monto total del valor de la deuda del personal docente trasladado del departamento al municipio en virtud de la Ley 715 de 2001, que no haya sido pagada por la entidad, certificada por parte del ordenado del gasto, el Tesorero o Pagador y el Contador General o Contador departamental por delegación.

40 ANALISIS DIRECCION DE DESCENTRALIZACION
Análisis de vigencia de la reglamentación y del reconocimiento. Revisión soportes y solicitud de aclaraciones de ser necesario Análisis financiero para verificar la consistencia de las cifras y cuantificar el valor de las deudas.

41 ANALISIS DIRECCION DE DESCENTRALIZACION
Análisis de la situación financiera de la entidad territorial para establecer las fuentes de financiación de las deudas. Remisión del concepto técnico a la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas

42 RELACION DE OTRAS DEUDAS
PRIMAS Y OTRAS DEUDAS RELACION DE OTRAS DEUDAS AJUSTE EN LA ENTIDAD Entidad Territorial Deuda Reportada Millones $ Observación 1 Sucre Ascensos en el escalafón * 1490,9 (2001 ) Pendiente enviar información del soporte del primer pago que reconoció el Gobierno Nacional por valor de $ 3,404,7 millones para verificar con la nueva solicitud. Decreto 1171/04 zona de difícil acceso. * 1121 Pendiente acto administrativo-2006. Diferencia salarial * 213 Envíar los actos administrativos correspondientes para soportar la demora en el pago. 2 Maicao Deuda bonificación decreto 707 * Envíar soporte de la deuda y los actos administrativos correspondientes 3 Guajira Bonificación y 2001 * 4046 Pendiente enviar información con los soportes

43 Deuda Bonificación Decreto 1171/2004*
Entidad Territorial Deuda Reportada Millones $ Observación 4 Cesar Indexación prima técnica * 3902 Pendiente soporte de pago por $704 millones no incluidos en el acto de reconocimiento y prescripción de todo. Mejoramiento académico y +parafiscales * 1451,8 Solicitud de soporte para cruzar esta pretensión frente a los pagos que se hicieron y de revisión de su criterio para aplicar prescripción. Bonificación Decreto 707 +Indexación * 3915,9 Saldo Indexación Bonificación Decreto 707 +Indexación * 137,1 Se está cruzando con el personal que se incluyó en la Indexación en el CONPES 101. 5 Cali Deuda Bonificación Decreto 1171/2004* 279 ( ) Pendiente enviar soportes de prescripción. Horas Extras ( )** 185,4 Pendiente enviar medio magnético con la formulación del cálculo y el análisis de la prescripción.

44 Entidad Territorial Deuda Reportada Millones $ Observación 6 Guainia Deuda Bonificación Decreto 707/96* 1129 La Entidad reglamentó en 1997 y pagó parcialmente . Los docentes demandaron y hay fallos incluyendo indexación. Se solicitó (i) Verificar que sean valores no pagados (ii) Explicar razón del no pago existiendo excedentes históricamente. 7 Nariño Decreto 1171/04 zona de difícil acceso. * 2426 Pendiente información. Dotación 438 8 Norte de Santander Decreto 707/96 difícil acceso ** 4900 ( ). Se envió concepto del MEN a la Entidad Territorial sobre la PRESCRIPCION y se solicitó hacer la liquidación de acuerdo con este concepto. SUBTOTAL 25635,1

45 EN ESTUDIO EN MEN Entidad Territorial Deuda Reportada Millones $ Observación 1 Chocó Bachilleres Pedagógicos, Cesantías Administrativos, Ascensos en el escalafón, horas Extras, Docentes Departamentales incorporados FER, Bonificación por alfabetización, Dotación, prima de navidad, parafiscales, aportes salud y pensión * 27418 Enviada carta referente a la información remitida por el Departamento SUBTOTAL TOTAL EN ESTUDIO 53053,1 * Docentes ** Administrativos

46 PRIMAS EXTRALEGALES AJUSTE EN LA ENTIDAD Entidad Territorial Deuda Reportada PRIMAS Millones$ Observación 1 Maicao Prima de antigüedad ** Enviar soporte de la deuda y los actos administrativos correspondientes 2 Guajira Parafiscales primas extralegales * 15.922 Pendiente enviar información con los soportes 3 Amazo-nas Primas extralegales 1.255 Se solicitó los actos administrativos de soporte de la prima extralegal 4 Huila Prima de servicio ** 1.687 Pendiente enviar soportes 5 Itagui Prima vida cara, incentivo prima antigüedad de administrativos.** 113 Pendiente remitir información que sea consistente en CD y en físico. 6 CALI Prima de servicios y bonificación por servicios prestados para docentes * 5.115 Pendiente ajuste información soporte con respecto al concepto jurídico del MEN para su certificación. SUBTOTAL 24.092

47 Deuda Reportada PRIMAS
EN ESTUDIO EN MEN Entidad Territorial Deuda Reportada PRIMAS Millones$ Observación 1 San Andres Prima de antigüedad ** 733 Con radicado 2008ER260 remitieron nuevamente solicitud en estudio. 2 SUCRE Indexación prima semestral * 1.642 En elaboración carta solicitando información complementaria (soportes de la prescripción) Indexación prima semestral * 6.783 Indexación prima semestral y prima de antigüedad * 3.501 Prima semestral 2006 * 2.063 Pendiente análisis para aprobación. SUBTOTAL 14.722

48 Deuda Reportada PRIMAS
SIN SOPORTES Entidad Territorial Deuda Reportada PRIMAS Millones Observación 1 Huila Primas académica, rural y rural de grado * Con radicado 2006ER60144,2006ER60170 remitieron solicitud sin soporte, a la fecha no han remitido los soportes correspondientes.2006 2 Magdalena Prima extraordinaria de navidad * 3.368 ( )Se le envió carta solicitando los soportes correspondientes: actos de creación de las primas, certificación de reconocimiento a dic de 2001, detallado de beneficiarios y aplicación de prescripción.2006 SUBTOTAL TOTAL EN ESTUDIO 42.183 * Docentes ** Administrativos

49 ASCENSOS EN ESCALAFON DESDE 2002
DECRETO 1095 DE ABRIL 2005 DECRETO 241 DE ENERO 2008 (cambio efecto fiscales del costo acumulado) RECURSOS ASIGNADOS DESDE CONPES 75: DESTINACION ESPECIFICA 2003 HASTA 2006 TOPE EN ASIGNACION POR POBLACIÓN ATENDIDA 2007 – 2008 UTILIZACION: NIVELACION PARA APROBADAS, ESTUDIO SEGÚN ORDEN CRONOLOGICO DE RECEPCION SOLICITUDES COSTOS ACUMULADOS (SIN INDEXACION NI INTERESES)

50 DOCUMENTOS E INFORMACION PARA TRAMITE:
( i ).- Carta firmada con: el valor de recursos solicitados, periodo al que corresponde, número de beneficiados y documentos soportes remitidos. ( ii ).- Cuadro resumen de la deuda con información por años sobre número de personas y valores, debidamente firmada. En este anexo debe haber una manifestación expresa sobre la veracidad y consistencia de los datos incluidos en la información remitida por medio magnético. ( iii ) .-Anexo: números y las fechas de todos los actos administrativos de reconocimiento de los ascensos en el escalafón que han generado la deuda para la cual se solicitan recursos, ( iv) Anexo en medio magnético de liquidación de ascensos por años y funcionarios, cuyo total debe coincidir con el valor relacionado en la carta mencionada en el punto 1.

51 REPORTE DE INFORMACION
OBJETIVO: verificar que se incorporaron adecuadamente los recursos, que se usaron conforme a las normas y determinación de las fuentes de financiación de los costos acumulados. SINEB ANEXO 31 ARCHIVO 1.- Verificación de los pagos efectuados ANEXO 31 ARCHIVO 5.- Reporte de los ascensos aprobados ANEXO 30 ARCHIVO 1.- Incorporación de los recursos asignados y/o no ejecutados ANEXO 30 ARCHIVO 2.- Verificación de los pagos efectuados FORMATO DE ASCENSOS. Cuadro con información acumulada por años

52 REGLAMENTACION- ESTRATEGIA. DECRETO 028 DE 2008
SEGUIMIENTO AL USO DE RECURSOS - SGP REGLAMENTACION- ESTRATEGIA. DECRETO 028 DE 2008

53 ESTRATEGIA 29/03/2017 OBJETO: Definir la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que ejecutan las entidades territoriales –ET- con recursos del Sistema General de Participaciones –SGP-, para asegurar el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios y el uso adecuado de los recursos. Art. 1 Objeto Art. 2 Campo de aplicación 53

54 ESTRATEGIA 29/03/2017 CAMPO DE APLICACIÓN: las disposiciones serán aplicables a las ET´s y a los responsables de la administración y la ejecución de los recursos de asignación especial del SGP con destino a los resguardos indígenas. Art. 1 Objeto Art. 2 Campo de aplicación 54

55 RESPONSABLES INSTITUCIONALES UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL UAE
ESTRATEGIA 29/03/2017 RESPONSABLES INSTITUCIONALES UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL UAE Con personería jurídica, adscrita a DNP Funciones: Coordinar con los ministerios, el DNP y demás autoridades competentes, la implementación de la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral. Consolidar y evaluar los resultados del monitoreo realizado por ministerios y DNP. Art. 5 Unidad Administrativa Especial Art. 6 Funciones Unidad Administrativa Especial Parágrafo transitorio: En el evento en que resulte necesario, y mientras entra en funcionamiento la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control, el Departamento Nacional de Planeación ejercerá, de manera excepcional y coordinada con los ministerios sectoriales, las funciones atribuidas a dicha Unidad. 55

56 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL UAE
RESPONSABLES INSTITUCIONALES 29/03/2017 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL UAE Funciones: Determinar y ejecutar, directamente o a través de terceros, los procedimientos necesarios para el seguimiento a las ET que evidencien riesgo en el monitoreo. Contratar auditores y coordinadores para la realización de las actividades de seguimiento y control integral. Determinar las ET que deban elaborar planes de desempeño y comunicarles Prestar asistencia técnica a las ET en la formulación del plan de desempeño, viabilizarlo y acompañar su implementación. Ejecutar directamente o por terceros las medidas correctivas y evaluar su cumplimiento. Administrar los recursos de que trata el artículo 23 del Decreto. Diseñar y administrar los sistemas de información necesarios. Art. 5 Unidad Administrativa Especial Art. 6 Funciones Unidad Administrativa Especial Parágrafo transitorio: En el evento en que resulte necesario, y mientras entra en funcionamiento la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control, el Departamento Nacional de Planeación ejercerá, de manera excepcional y coordinada con los ministerios sectoriales, las funciones atribuidas a dicha Unidad. 56

57 ACTIVIDADES DE LOS DEPARTAMENTOS:
RESPONSABLES INSTITUCIONALES Organismos Ejecutores Ministerios Superintendencias DNP En el sector respectivo, desarrolla actividades de Monitoreo UAE en coordinación con DNP, Ministerios y Superintendencia Desarrolla actividades de: Seguimiento Control (Adopción de medidas) Oculta, sólo se llega por hipervinculo ACTIVIDADES DE LOS DEPARTAMENTOS: Acompañaran permanentemente la ejecución de la estrategia de monitoreo, seguimiento y control en municipios de su jurisdicción. 57

58 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES
ESTRATEGIA 29/03/2017 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 1. MONITOREO Recopilación sistemática de información, consolidación, análisis y verificación para el cálculo de indicadores que permitan identificar algún tipo de riesgo que pueda afectar la adecuada ejecución del SGP o el cumplimiento de las metas de cobertura y calidad, y amerite ser objeto de actividades de seguimiento o directamente de control. 58

59 SGP propósito general y asignaciones especiales
DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 29/03/2017 Responsable: MONITOREO SGP salud (MPS) Continuación Se aplica: 32 Deptos 1099 Mun* SGP educación (MEN) SGP agua potable (MAVDT) SGP propósito general y asignaciones especiales (DNP) Incluye prestadores de servicio, según reglamentación de cada Ministerio El monitoreo está previsto en las leyes actuales, 142, 550, 617, 715 y 1122. 59 59

60 MONITOREO Monitoreo ¿CÓMO SE IDENTIFICAN LOS RIESGOS? Ministerios
29/03/2017 ¿CÓMO SE IDENTIFICAN LOS RIESGOS? Monitoreo Ministerios DNP Ministerios DNP 32 Departamentos 1099 Municipios Programación financiera y presupuestal Con base en indicadores se revisarán y evaluarán los proceso de: Identifica ET´s y/o los prestadores de servicios en riesgo, objeto de seguimiento o directamente de adopción de medidas, si es necesario. Aprobación y liquidación del presupuesto Ejecución de los recursos Esta actividad permitirá controlar: El cumplimiento de las disposiciones legales para programación y ejecución del SGP La destinación de recursos en cada sector Las metas de cobertura y calidad Las condiciones de ejecución del objeto contractual para garantizar la prestación de servicio Las condiciones de focalización y demás procedimientos previstos para la ejecución del gasto social Identificación de riesgo en la etapa de monitoreo Con base en los indicadores específicos de cada sector, los responsables de su análisis en los Ministerios y el DNP, identificarán y priorizarán (de acuerdo con su gravedad) las entidades territoriales que presentan riesgos en la prestación del servicio y/o en la ejecución de los recursos. Solicitarán, si es del caso, información adicional a las entidades territoriales Si se confirma la presencia de riesgo, incorpora inmediatamente a la E.T. a la actividad de seguimiento y/o control e informa al DNP. Gestión institucional, administración financiera, presupuestal, contable y de tesorería de la ET Definición y cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad Resultados de la gestión 60

61 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 2. SEGUIMIENTO
ESTRATEGIA 29/03/2017 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 2. SEGUIMIENTO Evaluación y análisis de los procesos administrativos, institucionales, fiscales, presupuestales y contractuales de las ET y/o los prestadores de servicios, para verificar y cualificar la existencia de eventos de riesgo que permitan identificar la necesidad de adoptar las medidas preventivas o los correctivos necesarios. Se aplica a: ET que evidencien riesgo. Responsable: la UAE en conjunto con los ministerios y/o el DNP, dependiendo del sector sobre el que se hará seguimiento. 61

62 SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO ¿CÓMO SE VERIFICAN LOS RIESGOS?
29/03/2017 ¿CÓMO SE VERIFICAN LOS RIESGOS? SEGUIMIENTO Ministerios - DNP Identifica ET´s y/o los prestadores de servicios en riesgo, objeto de seguimiento o directamente de adopción de medidas, si es necesario. Determina acciones de carácter preventivo o correctivo a adoptar en orden e informa a la UAE Realiza evaluaciones a procesos Identifica un problema de reporte de información Identifica un problema en los temas evaluados Esta actividad permitirá controlar: El cumplimiento de las disposiciones legales para programación y ejecución del SGP La destinación de recursos en cada sector Las metas de cobertura y calidad Las condiciones de ejecución del objeto contractual para garantizar la prestación de servicio Las condiciones de focalización y demás procedimientos previstos para la ejecución del gasto social Identificación de riesgo en la etapa de monitoreo Con base en los indicadores específicos de cada sector, los responsables de su análisis en los Ministerios y el DNP, identificarán y priorizarán (de acuerdo con su gravedad) las entidades territoriales que presentan riesgos en la prestación del servicio y/o en la ejecución de los recursos. Solicitarán, si es del caso, información adicional a las entidades territoriales Si se confirma la presencia de riesgo, incorpora inmediatamente a la E.T. a la actividad de seguimiento y/o control e informa al DNP. Solicita información adicional sobre procesos administrativos, institucionales, fiscales, presupuestales y contractuales, para precisar y verificar eventos que afectan la ejecución de los recursos o el cumplimiento de metas FIN 62

63 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES
ESTRATEGIA 29/03/2017 DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 3. CONTROL Comprende la adopción de medidas preventivas y determinación efectiva de los correctivos necesarios respecto de las ET´s y/o los prestadores de los servicios, que de acuerdo con los resultados del seguimiento presenten riesgo. Las medidas están orientadas a asegurar la adecuada ejecución de los recursos del SGP, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios. 63

64 3. CONTROL Se aplica a: ET donde haya riesgos comprobados.
ESTRATEGIA - DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES 29/03/2017 3. CONTROL Se aplica a: ET donde haya riesgos comprobados. Responsable: la Unidad Administrativa Especial –UAE- en coordinación con los ministerios tomará e implementará las medidas. 64 64

65 CONTROL EVENTOS DE RIESGO QUE DAN LUGAR A ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS O CORRECTIVAS No envío de información conforme con las normas o restringir el acceso a ella. Administración contable, y procesos de contratación no ajustado a la Ley. Administración de recursos en cuentas no autorizadas y operaciones financieras no permitidas. No disponer de interventores o supervisores de contratos, mecanismos de participación ciudadana y de rendición de cuentas. Se consideran eventos de riesgo, los siguientes: 6.1. Durante el proceso de programación y ejecución presupuestal: No disponer del Sistema de Identificación de Beneficiarios – SISBEN o de estratificación actualizados y en operación. No envío de información conforme con los plazos, condiciones y formatos indicados por el Gobierno Nacional, y/o haber remitido o entregado información incompleta o errónea. No haber entregado a los encargados de efectuar las auditorias de evaluación, la información y/o soporte requeridos para su desarrollo, en los términos y oportunidad solicitados. Presentar a la corporación de elección popular un presupuesto no ajustado a las normas que rigen la programación y ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones o de las normas presupuestales. Administración de los recursos en cuentas no autorizadas para su manejo o no registradas ante el Ministerio del sector al que correspondan los recursos. Realización de operaciones financieras o de tesorería no autorizadas por la ley. Administración contable de los recursos que no sigue las disposiciones legales vigentes. Procesos de contratación en trámite cuyo objeto o actividades contractuales no se hallen orientados a asegurar la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. No disponer de interventores o supervisores de contratos y convenios y/o de un proceso de evaluación de informes de los interventores y supervisores. No cumplir con la publicación de los actos administrativos, contratos, convenios, informes. No disponer de los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana y de rendición de cuentas. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 6.2. De uso de los recursos del SGP y del cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad de los servicios: Destinación indebida de los recursos en la ejecución definitiva de una vigencia fiscal. Afectación de los recursos del Sistema General de Participaciones con medidas cautelares. No cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios fijadas por la autoridad competente. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Suscripción, modificación o ejecución de contratos cuyo objeto o actividades contractuales no aseguren la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. Incumplimiento de las condiciones de focalización, identificación de beneficiarios de programas sociales, estratificación y demás procedimientos previstos para la adecuada focalización y ejecución del gasto social. El no cumplimiento de las medidas preventivas previstas en el artículo 10 del presente Decreto. Incumplimiento grave e injustificado del plan de desempeño o del programa de gestión, cuando se haya exigido su adopción, conforme lo señalado en el artículo 11 del presente Decreto. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 65

66 CONTROL EVENTOS DE RIESGO QUE DAN LUGAR A ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS O CORRECTIVAS No publicar los actos administrativos, contratos, convenios, informes. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control. Situaciones de inminente riesgo en: prestación del servicio, cumplimiento de metas o que constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado del SGP. SISBEN y subsidios en operación desactualizados. Se consideran eventos de riesgo, los siguientes: 6.1. Durante el proceso de programación y ejecución presupuestal: No disponer del Sistema de Identificación de Beneficiarios – SISBEN o de estratificación actualizados y en operación. No envío de información conforme con los plazos, condiciones y formatos indicados por el Gobierno Nacional, y/o haber remitido o entregado información incompleta o errónea. No haber entregado a los encargados de efectuar las auditorias de evaluación, la información y/o soporte requeridos para su desarrollo, en los términos y oportunidad solicitados. Presentar a la corporación de elección popular un presupuesto no ajustado a las normas que rigen la programación y ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones o de las normas presupuestales. Administración de los recursos en cuentas no autorizadas para su manejo o no registradas ante el Ministerio del sector al que correspondan los recursos. Realización de operaciones financieras o de tesorería no autorizadas por la ley. Administración contable de los recursos que no sigue las disposiciones legales vigentes. Procesos de contratación en trámite cuyo objeto o actividades contractuales no se hallen orientados a asegurar la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. No disponer de interventores o supervisores de contratos y convenios y/o de un proceso de evaluación de informes de los interventores y supervisores. No cumplir con la publicación de los actos administrativos, contratos, convenios, informes. No disponer de los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana y de rendición de cuentas. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 6.2. De uso de los recursos del SGP y del cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad de los servicios: Destinación indebida de los recursos en la ejecución definitiva de una vigencia fiscal. Afectación de los recursos del Sistema General de Participaciones con medidas cautelares. No cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios fijadas por la autoridad competente. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Suscripción, modificación o ejecución de contratos cuyo objeto o actividades contractuales no aseguren la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. Incumplimiento de las condiciones de focalización, identificación de beneficiarios de programas sociales, estratificación y demás procedimientos previstos para la adecuada focalización y ejecución del gasto social. El no cumplimiento de las medidas preventivas previstas en el artículo 10 del presente Decreto. Incumplimiento grave e injustificado del plan de desempeño o del programa de gestión, cuando se haya exigido su adopción, conforme lo señalado en el artículo 11 del presente Decreto. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 66

67 CONTROL EVENTOS DE RIESGO QUE DAN LUGAR A ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS O CORRECTIVAS Ejecución indebida de recursos y contratos. Embargos al SGP atribuibles a ET. Incumplimiento de metas, por mala gestión territorial. Incumplimiento de criterios focalización. Cuando se evidencie inminente riesgo en la prestación del servicio o en la ejecución. Incumplimiento del Plan de Desempeño establecido. Se consideran eventos de riesgo, los siguientes: 6.1. Durante el proceso de programación y ejecución presupuestal: No disponer del Sistema de Identificación de Beneficiarios – SISBEN o de estratificación actualizados y en operación. No envío de información conforme con los plazos, condiciones y formatos indicados por el Gobierno Nacional, y/o haber remitido o entregado información incompleta o errónea. No haber entregado a los encargados de efectuar las auditorias de evaluación, la información y/o soporte requeridos para su desarrollo, en los términos y oportunidad solicitados. Presentar a la corporación de elección popular un presupuesto no ajustado a las normas que rigen la programación y ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones o de las normas presupuestales. Administración de los recursos en cuentas no autorizadas para su manejo o no registradas ante el Ministerio del sector al que correspondan los recursos. Realización de operaciones financieras o de tesorería no autorizadas por la ley. Administración contable de los recursos que no sigue las disposiciones legales vigentes. Procesos de contratación en trámite cuyo objeto o actividades contractuales no se hallen orientados a asegurar la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. No disponer de interventores o supervisores de contratos y convenios y/o de un proceso de evaluación de informes de los interventores y supervisores. No cumplir con la publicación de los actos administrativos, contratos, convenios, informes. No disponer de los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana y de rendición de cuentas. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 6.2. De uso de los recursos del SGP y del cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad de los servicios: Destinación indebida de los recursos en la ejecución definitiva de una vigencia fiscal. Afectación de los recursos del Sistema General de Participaciones con medidas cautelares. No cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios fijadas por la autoridad competente. La imposición de sanciones por parte de los organismos de control relacionadas con el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones o el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios financiados con cargo a estos recursos. Suscripción, modificación o ejecución de contratos cuyo objeto o actividades contractuales no aseguren la prestación del servicio en las condiciones definidas por la normatividad vigente, no cumplan con los fines para los cuales están destinados los recursos, o no aseguren el cumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico. Incumplimiento de las condiciones de focalización, identificación de beneficiarios de programas sociales, estratificación y demás procedimientos previstos para la adecuada focalización y ejecución del gasto social. El no cumplimiento de las medidas preventivas previstas en el artículo 10 del presente Decreto. Incumplimiento grave e injustificado del plan de desempeño o del programa de gestión, cuando se haya exigido su adopción, conforme lo señalado en el artículo 11 del presente Decreto. Aquella situación que del análisis de la información obtenida en cualquier tiempo, resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad en los servicios de educación, salud y agua potable y saneamiento básico, o constituya desviación, uso indebido, ineficiente o inadecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones. 67

68 MEDIDAS PREVENTIVAS: PLAN DE DESEMPEÑO
CONTROL 29/03/2017 MEDIDAS PREVENTIVAS: PLAN DE DESEMPEÑO La Aplicación de medidas preventivas se hará de acuerdo con la valoración que el Ministerio y la UAE efectúe sobre: La causal El cumplimiento de los metas, o El uso del SGP Esta actividad permitirá controlar: El cumplimiento de las disposiciones legales para programación y ejecución del SGP La destinación de recursos en cada sector Las metas de cobertura y calidad Las condiciones de ejecución del objeto contractual para garantizar la prestación de servicio Las condiciones de focalización y demás procedimientos previstos para la ejecución del gasto social Identificación de riesgo en la etapa de monitoreo Con base en los indicadores específicos de cada sector, los responsables de su análisis en los Ministerios y el DNP, identificarán y priorizarán (de acuerdo con su gravedad) las entidades territoriales que presentan riesgos en la prestación del servicio y/o en la ejecución de los recursos. Solicitarán, si es del caso, información adicional a las entidades territoriales Si se confirma la presencia de riesgo, incorpora inmediatamente a la E.T. a la actividad de seguimiento y/o control e informa al DNP. La UAE, con el Ministerio o DNP solicita a la ET La elaboración de un Plan de Desempeño, sí la gravedad de las causales encontradas da para aplicar medidas preventivas Implementación en coordinación de la UAE 68 68

69 CONTROL PLAN DE DESEMPEÑO
29/03/2017 PLAN DE DESEMPEÑO Convenio suscrito entre la ET y/o el prestador y el Gobierno Nacional en el cual: Se fijan metas de mejoramiento de la gestión en cobertura, calidad, fortalecimiento institucional y/o financiero. La ET y/o el prestador asumen compromisos para garantizar la continuidad en la prestación de servicios. Estos compromisos serán acatados por las distintas administraciones mientras el plan de desempeño esté vigente. El incumplimiento del Plan dará lugar a adopción de medidas correctivas. 69

70 CONTROL MEDIDAS CORRECTIVAS CONTROL
29/03/2017 MEDIDAS CORRECTIVAS CONTROL Se tomarán con base en los resultados de las actividades de monitoreo y/o seguimiento y la información de los organismos de control competentes o por la ciudadanía. Se adoptarán, de manera directa, desde el monitoreo, cuando se corroboren causales de extrema gravedad para aplicar medidas correctivas. Esta actividad permitirá controlar: El cumplimiento de las disposiciones legales para programación y ejecución del SGP La destinación de recursos en cada sector Las metas de cobertura y calidad Las condiciones de ejecución del objeto contractual para garantizar la prestación de servicio Las condiciones de focalización y demás procedimientos previstos para la ejecución del gasto social Identificación de riesgo en la etapa de monitoreo Con base en los indicadores específicos de cada sector, los responsables de su análisis en los Ministerios y el DNP, identificarán y priorizarán (de acuerdo con su gravedad) las entidades territoriales que presentan riesgos en la prestación del servicio y/o en la ejecución de los recursos. Solicitarán, si es del caso, información adicional a las entidades territoriales Si se confirma la presencia de riesgo, incorpora inmediatamente a la E.T. a la actividad de seguimiento y/o control e informa al DNP. La UAE, el Ministerio o DNP determina acciones de carácter correctivo a evaluar por Conpes, de acuerdo con la gravedad de las causales encontradas Implementación en coordinación con la UAE 70 70

71 ¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS CORRECTIVAS?
CONTROL 29/03/2017 ¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS CORRECTIVAS? Suspensión de giros a ET Giro directo Asunción temporal de competencias sectoriales Suspensión de procesos contractuales Declaratoria de ineficacia de contratos Ajuste de competencias Declaratoria de inviabilidad institucional del municipio y su fusión. Actualmente es una opción prevista por la Ley 617 de 2000 ante el incumplimiento de los límites de gasto y su inviabilidad fiscal. Si el municipio pierde la competencia simultáneamente en los tres sectores básicos (educación, salud y agua potable) y además hay deficiencias en la administración de recursos de propósito general y asignaciones especiales, se declarará la inviabilidad institucional Asunción de competencias de la E.T. Actualmente es posible en el sector Educativo (Ley 715) y Agua Potable y Saneamiento Básico. (Reglamentación AL 04 de 2007). Se ampliará al sector salud. 71

72 CONTROL SOCIAL CONTROL
29/03/2017 CONTROL SOCIAL Las entidades territoriales presentarán las metas a alcanzar cada año y durante el respectivo periodo de gobierno, a la ciudadanía a través del Consejo Territorial de Planeación (CTP). El Consejo Territorial de Planeación realizará seguimiento semestralmente a las metas fijadas, emitirá concepto y solicitará a la administración territorial los ajustes necesarios en caso de incumplimiento de los compromisos. 72

73 CONTROL SOCIAL CONTROL
29/03/2017 CONTROL SOCIAL Las E.T. realizarán anualmente como mínimo dos rendiciones de cuentas a la ciudadanía sobre los resultados obtenidos de las evaluaciones sectoriales. Las E.T. que sean objeto de medidas preventivas y/o correctivas, presentarán el informe a la ciudadanía con los resultados de los compromisos adquiridos en los planes de desempeño y programas de mejoramiento de la gestión. 73

74 DISPOSICIONES GENERALES
CONTROL 29/03/2017 DISPOSICIONES GENERALES Inembargabilidad de los recursos del SGP. Suministro de información: es deber de las ET´s y/o los prestadores de servicios, cualquiera que sea su régimen jurídico, suministrar información a los responsables institucionales mencionados en el presente Decreto. Financiación: se destinará el 0.05% del SGP, que se descontará de la asignación especial correspondiente al Fonpet. En el evento en que no se ejecute la totalidad de este porcentaje, el saldo se reintegrará al Fonpet. Remisión de medidas a órganos de control para los efectos a que haya lugar. 74


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