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1.1. Desde la antigüedad los hombres en armas recibían

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Presentación del tema: "1.1. Desde la antigüedad los hombres en armas recibían"— Transcripción de la presentación:

1 REFLEXIONES SOBRE EL POR QUÉ DE UN SEMINARIO MAYOR PARA FORMAR A LOS FUTUROS CAPELLANES CASTRENSES

2 1.1. Desde la antigüedad los hombres en armas recibían
1. RECUENTO DE LOS PASOS DADOS POR LA IGLESIA EN BUSCA DE ATENDER MEJOR ESPIRITUALMENTE A LOS MILITARES Y POLICIAS. 1.1. Desde la antigüedad los hombres en armas recibían atención espiritual especial. (Ex., 17,8-9) ( Num., 1,2-4)

3 1.2. LA IGLESIA SIEMPRE HA ATENDIDO ESPIRITUALMENTE A LOS MILITARES Y POLICIAS.
La Constitución Apostólica “Spirituali Militum Curae” inicia recordando como la iglesia, “de conformidad con las variadas circunstancias, ha velado siempre con la mayor solicitud por el cuidado pastoral de los militares”. Se trataba de una asistencia especifica que nacía cuando la situación lo exigía y terminaba cuando dejaba de tener razón de ser.

4 BREVES Y DECRETOS PONTIFICIOS.
Inocencio X el 26 de septiembre de 1.645, por medio de el Breve Apostólico Cum sicut maiestatis, desarraiga a los capellanes de la jurisdicción del obispo del territorio. --- En el año de por el I Edicto de D. Carlos de Borja y Centellas, Arzobispo de Trapisonda y Vicario General de los Ejércitos y Armadas Españas. ---S.S. Clemente XII, en 1.736, en el Breve “Quoniam in exercitibus” S.S. Clemente XIII en el año de 1764, l Breve “ Apostolicae Benignitatis”. --- En febrero de 1779, el Patriarca hace uso de la prerrogativa pontificia: el ayuno.

5 ---En el pontificado de Pio VI, el Breve es renovado cuatro veces.
---S.S Pio VII promulga en el año de 1807 el Breve “Compertum est nobis”. ---Un aspecto digno de tenerse en cuenta es el de la dependencia e independencia de los capellanes. Durante los siglos XVI y XVII , el Capellán militar personifica el entrecruzamiento de los ideales religiosos y militares del Estado español. El capellán pertenece a la jerarquía castrense.

6 1.2. ÉPOCA DE LOS VICARIATOS CASTRENSES ERIGIDOS CANÓNICAMENTE.
El 3 de mayo de 1910, San Pio X, instituye canónicamente el Vicariato Castrense de Chile. Dos documentos de especial importancia produjo la Santa Sede durante es este período: -“La Instrucción “SOLLEMNE SEMPER” del 23 de abril de 1951, que se convierte en la ley fundamental de los vicariatos castrenses. Y -“La instrucción sobre capellanes castrenses religiosos” del 2 de febrero de 1955, que establece una normativa muy concreta y objetiva que compatibiliza la presencia de sacerdotes religiosos en el medio castrense, y garantiza el perfil particular de quienes profesan la vida religiosa, salvaguardando, a la vez, la fidelidad del carisma específico de cada familia religiosa en la iglesia.

7 1.3. DE VICARIATOS CASTRENSES A ORDINARIATOS U OBISPADOS CASTRENSES.
La pastoral castrense así como sus estructuras cada día van tomando una forma más estable y se extiende a varios países El Concilio Vaticano II Gaudiun et Spes. Christus Dominus. EL CELAM Y LA PASTORAL CASTRENSE ---PRIMER CONGRESO MUNDIAL DE VICARIOS CASTRENSES. 1980 -- PROMULGACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO. 1983 ---IV ENCUENTRO LATINOAMERICANO DE PASTORAL CASTRENSE. 1983 PROMULGACION DE LA CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA “SPIRITUALI MILITUM CURAE”.1986

8 2. PUNTOS IMPORTANTES PARA NUESTRO ANALISIS DE LA S.M.C
RAZÓN DE LA S.M.C: “Especiales condiciones de vida”. La jurisdicción castrense: ordinaria-propia-personal- cumulativa- Cuentan con clero propio.(VI,1 y 4) 2.4 “Los Ordinariatos militares que jurídicamente se asimilan a las diócesis”.(IV) “El ordinario militar, con la aprobación de la Santa Sede, puede erigir su propio Seminario y promover a las sagradas ordenes en el Ordinariato a sus alumnos, una vez completada la específica formación espiritual y pastoral”.(VI,3)

9 2.6 “Dentro del ámbito designado a cada uno y sobre las personas que tienen encomendadas, los sacerdotes que en el Ordinariato castrense son nombrados capellanes, gozan de los derechos y están sujetos a las obligaciones de los párrocos, a no ser que por la naturaleza del asunto o por sus estatutos particulares conste otra cosa, siendo su jurisdicción cumulativa con el párroco del lugar”.(VII) 2.7 Fieles del Ordinariato.(X )25

10 3. NECESIDAD DE UN SEMINARIO PARA PREPARAR A LOS CAPELLANES CASTRENSES
3.1. IMPORTANCIA DE LOS SEMINARIOS EN LA IGLESIA. 3.2 Está en la Constitución Apostólica “Spirituali Militum Curae”. La Constitución Apostólica S.M.C, establece en Numeral VI par 1 que “El Ordinario militar, con la aprobación de la Santa Sede, puede erigir seminario y promover a las sagradas órdenes en el ordinariato a los alumnos capacitados con una específica formación espiritual y pastoral”.

11 3.3 El Seminario Castrense debe dar una específica formación espiritual y pastoral.
“El Ordinariato Castrense debe tener su propio Clero, formado con ese fin, para realizar cada vez mejor lo que hoy se considera una misión particular, especializada… Los miembros del Ordinariato tendrán que formarse dentro de esta perspectiva; los futuros sacerdotes tendrán en un Seminario propio esta formación filosófica y teológica que aumentará la fuerza de su Ministerio” Card. Bernardini Gantin

12 4. ¿CUÁL SERÍA LA FORMACIÓN ESPECÍFICA, ESPIRITUAL Y PASTORAL?
Imprimir al Seminarista el sentido de permanencia e identidad con su Iglesia particular de su Obispado Castrense. 2- Dar un conocimiento serio y profundo de la Constitución Apostólica S.M.C. 3- Un conocimiento de las disposiciones propias del Obispado Castrense.

13 4. ¿CUÁL SERÍA LA FORMACIÓN ESPECÍFICA, ESPIRITUAL Y PASTORAL?
4- Delinear en el Alumno el perfil del Capellán Castrense Sacerdote ante todo Espíritu Misionero Sentido de Parroquia Abnegada disponibilidad pastoral Un líder formador Consejero y Asesor Espiritual Conocimientos de la vida Militar y Policial Condiciones especiales de vida

14 5. ¿CÓMO TRANSMITIRLA? 5.1. Cátedra de Pastoral Castrense. OBJETIVO: Preparar al futuro capellán castrense en el conocimiento de la historia de la atención espiritual de la Iglesia a las Fuerzas Armadas, de la Constitución Apostólica “Spirituali Militum Curae”, así como del Plan de pastoral del obispado castrense, del “Directorio de pastoral sacramental y normas administrativas” del respectivo obispado castrense a fin de imprimirle al seminarista el sentido de pertenencia e identidad con su iglesia particular del Obispado Castrense.

15 5.2. REFLEXIÓN SOBRE LAS “ESPECIALES CONDICIONES DE VIDA” DE LOS MILITARES.
5.2.1 MISIÓN Y FUNCIONES DE LOS CUERPOS ARMADOS EN UN PAÍS. INFORMACIÓN MILITAR Y POLICIAL. (ESPECIALES FORMAS DE VIDA.) ORGANIZACIÓN DEL ESTAMENTO MILITAR. LAS FUERZAS MILITARES Y DE LA POLICÍA SON ENTIDADES EMINENTEMENTE JERARQUIZADAS.

16 5. 2. 4 EL CONDUCTO REGULAR- 5. 2. 5 LEGISLACIÓN PROPIA- 5. 2
5.2.4 EL CONDUCTO REGULAR LEGISLACIÓN PROPIA CULTURA MILITAR Y POLICIAL MOVILIDAD Y ATOMIZACIÓN

17 5. 2. 8. CAMBIOS IMPREVISTOS. 5. 2. 9. EL PRESENTE CONFLICTO ARMADO. 5
CAMBIOS IMPREVISTOS EL PRESENTE CONFLICTO ARMADO SÍMBOLOS PATRIOS VIRTUDES MILITARES Y VALORES LA FAMILIA DEL MILITAR Y DEL POLICÍA TIENE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES LOS EJÉRCITOS Y LA POLICÍA CUENTAN CON UNA GRAN MAYORÍA DE PERSONAL JOVEN.

18 5.3 PERFIL DEL MILITAR DEL SIGLO XXI
5.3.1 EL MILITAR: CIUDADANO. SERVIDORES DE LA COMUNIDAD. 5.3.3 GARANTES DE LAS LIBERTADES INDIVIDUALES Y SOCIALES. DEFENSORES DE LA SEGURIDAD NACIONAL. 5.3.5 ARTIFICES DE LA PAZ:

19 5.3.6. COLABORADORES EN LA CONSTRUCCION DE UNA NUEVA SOCIEDAD:
PERSONAS QUE PROPICIAN LA INTEGRACION Y EL ESPIRITU DE TOLERANCIA EDUCADORES Y FORMADORES DE HOMBRES. EL MILITAR LÍDER. NOTA: LOS MILITARES TIENEN UNA SICOLOGÍA ESPECIAL.

20 5. 4. PILARES FUNDAMENTALES EN EL DESEMPEÑO ETICO DEL MILITAR
5.4. PILARES FUNDAMENTALES EN EL DESEMPEÑO ETICO DEL MILITAR. PRIMERA COLUMNA: LA VERDAD. SEGUNDA COLUMNA: LA JUSTICIA. TERCERA COLUMNA: EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y DE LAS NORMAS. CUARTA COLUMNA: PULCRITUD ADMINISTRATIVA

21 6 . APOSTOLADO EN EL MEDIO CASTRENSE

22 EL PRIMER NOMBRAMIENTO CONVIENE QUE SEA JUNTO A UN CAPELLÁN?

23 INDUCCIÓN QUE DEBE RECIBIR UN SACERDOTE ANTES DE RECIBIR UNA CAPELLANIA.
Según el tiempo de que se disponga lo indispensable de lo que recibe un seminarista. -La Const. Apost. S.M.C _Normas del Obispado Castrense. -Plan Pastoral. -Especiales normas de vida de los militares y policías.

24 FORMACIÓN PERMANENTE Los militares y policías se actualizan periódicamente (cursos de ascensos- seminarios-talleres…..) Los sacerdotes deben periódicamente recibir actualizaciones.

25 GRACIAS


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